REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSÉ FÉLIX RIBAS, JOSÉ RAFAEL REVENGA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
La Victoria, Quince (15) de Mayo de Dos Mil Veinticuatro (2024)
213° y 165°
SOLICITUD: T2M-V-860-24
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO
SOLICITANTES: ALLYLIS AYCHELL SILVA RAMÍREZ, LUIS ALBERTO SILVA RAMÍREZ venezolanos, mayores de edad, solteros, titulares de la cédula de identidad Nros V-15.180.949, 16.013.251 respectivamente
ABOGADO ASISTENTE: MARÍA DUARTE, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 212.516
Cumplidos todos los requisitos de Ley y admitida como fue la presente solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, interpuesta por la ciudadana ALLYLIS AYCHELL SILVA RAMÍREZ, actuando en nombre propio y en representación de su hermano LUIS ALBERTO SILVA RAMÍREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros V-15.180.949, 16.013.251 respectivamente, debidamente asistidos por la Abogada MARÍA DUARTE, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 212.516, solicitando se le declare como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del fallecido LUIS TOMAS SILVA, quien fuera venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº V-6.377.154, fallecido Ab- intestato, el día 20 de Febrero del año 2024, en la Dirección Municipal de Salud Municipio José Rafael Revenga Estado Aragua, como se evidencia de Certificación del Acta de Defunción expedida por el Registro Civil y Electoral Revenga El Consejo del Estado Aragua, Acta Nro.010: Folio: 010, Tomo: I, Año 2024. Ésta Sentenciadora una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia promovidas por los solicitantes y evacuada por ante éste mismo Tribunal, dejando a salvo los derechos de terceros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA conforme al artículo 937 del Código de Procedimiento Civil Venezolano, CON LUGAR la Solicitud de Únicos y Universales Herederos, del fallecido LUIS TOMAS SILVA, plenamente identificado, a los ciudadanos ALLYLIS AYCHELL SILVA RAMÍREZ, LUIS ALBERTO SILVA RAMÍREZ, venezolanos, mayores de edad, solteros, titulares de la cédula de identidad Nros V-15.180.949, V-16.013.251, respectivamente, en condición de hijos del De Cujus, como consta en copia simple de las actas de nacimiento Nros. 1441, Tomo Nº 02, Año 1981 expedida por la Prefectura del Municipio Santos Michelena, Las Tejerías, Acta N° 57, Año 1986, expedida por el Registro Civil y Electoral Municipio José Félix Ribas, Estado Aragua, Acta Nº 559, Folio 281, Tomo: Único Año 1983, por el Registro Civil El Consejo Estado Aragua. Y ASÍ SE DECIDE. Expídanse copias certificadas de toda la solicitud, para el archivo en este Tribunal y las que soliciten los interesados. Devuélvanse las actuaciones a los solicitantes.
Publíquese, regístrese y déjese copia
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho de este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSÉ FÉLIX RIBAS y JOSÉ RAFAEL REVENGA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, en La Victoria a los Quince (15) días del mes Mayo de Dos Mil Veinticuatro (2024). Años 213º de la Independencia y 165º de la Federación. -
LA JUEZA
ABG. ROSANGELA DAYANA ROMERO MORGADO.
EL SECRETARIO
ABG. EDWARD HERNÁNDEZ
En la misma fecha siendo las 11:30 a.m. Se publicó, se registró y se dejó copia de la anterior decisión, previo anuncio de Ley a las puertas del Tribunal.
EL SECRETARIO
ABG. EDWARD HERNÁNDEZ
RDRM/EH/yl
SOL. Nº T2M-V-860-24
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