REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MATURÍN, AGUASAY Y SANTA BÁRBARA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS.
EN SU NOMBRE:
214º y 165º


A los fines de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 243 del Código de Procedimiento Civil, se establece que en la presente solicitud intervienen como partes las siguientes personas:

PARTE DEMANDANTE: SOLANGEL DEL CAMEN GIL LOPEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 5.231.850 y de este domicilio.

ABOGADA ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDANTE: ARIADNA LUCES MATA, inscrita en el IPSA bajo el N° 325.012.

PARTE DEMANDADA: AURA DEL CARMEN DE VERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 2.794.801.

MOTIVO: DESALOJO

EXPEDIENTE Nº 17.837
UNICO
En fecha 30 de abril de 2024, mediante auto se insto a la parte accionante a que consignara resultas de haber agotado la vía administrativa del procedimiento por ante el SUNAVI y en la que se habilita la vía judicial, ello dentro de un lapso perentorio de cinco (05) días de despacho. Ahora bien, este Tribunal estima que lo solicitado en el despacho saneador es fundamental a los fines de tramitar la presente solicitud, no habiendo la parte interesada consignado dicho recaudo dentro del lapso otorgado por este Tribunal a tales fines, no le queda más a este Juzgado que Inadmitir la presente acción, por cuanto no cumple con los requisitos de ley para su tramitación. Y así se decide.-
En consecuencia de ello, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MATURÍN, AGUASAY Y SANTA BÁRBARA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la demanda de DESALOJO, intentada por la ciudadana SOLANGEL DEL CAMEN GIL LOPEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 5.231.850 y de este domicilio y de este domicilio, contra la ciudadana AURA DEL CARMEN DE VERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 2.794.801 . Así se decide.-
Publíquese, Regístrese y Déjese Copia debidamente certificada de la presente decisión. Dado, Firmado y sellado en la Sala de este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios, Maturín, Aguasay y Santa Bárbara de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas. En Maturín, a los 13 días del mes de mayo de 2024.- Años 214° de la Independencia y 165° de la Federación.-
LA JUEZ

MAGLENIS RUIZ MERCHAN

LA SECRETARIA

MARIA ALEJANDRA GUZMAN
En esta misma fecha siendo las 3:00 P.M., se dictó y publicó la anterior sentencia interlocutoria con fuerza de definitiva. Conste.-
LA SECRETARIA

MARIA ALEJANDRA GUZMAN




MRM/MAG/Nohemy M.
Expediente Nº 17.837