REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MATURÍN, AGUASAY Y SANTA BÁRBARA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS
MATURÍN, 21 DE MAYO DE 2024
214º Y 165º
A los fines de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 243 del Código de Procedimiento Civil, se establece que en la presente solicitud intervienen como partes las siguientes personas:
PARTE DEMANDANTE: DARWIN JOSE RUIZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V-22.712.357 y de este domicilio.
ABOGADO ASISTENTE: LUIS ANGEL ANIBAL SUAREZ, venezolano, mayor de edad, inscrita en el IPSA bajo el Numero 288.427 y de este domicilio.
PARTE DEMANDADA: YUSMARY JOSE RIVAS MILANO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V-26.085.834 y de este domicilio.
MOTIVO: DIVORCIO POR DESAFECTO
EXPEDIENTE N°: 17.842
UNICO
Vista la demanda recibida por Distribución en fecha 07 de Mayo de 2024 realizada por el ciudadano DARWIN JOSE RUIZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V-22.712.357 y de este domicilio, debidamente asistido por el abogado en Ejercicio LUIS ANGEL ANIBAL SUAREZ, venezolano, mayor de edad, inscrita en el IPSA bajo el Numero 288.427 y de este domicilio, contra la ciudadana YUSMARY JOSE RIVAS MILANO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V-26.085.834 y de este domicilio. Ahora bien este Tribunal previo a su pronunciamiento sobre su admisión o no, dicto auto de fecha 07 de Mayo de 2024 se le dio entrada y se insto a la parte accionante a que CONSIGNE FOTOCOPIA DE CEDULA DE LA DEMANDADA, ellos dentro de un lapso perentorio de Diez (05) días de despacho. Este Tribunal estima que lo solicitado en el despacho saneador es fundamental a los fines de tramitar la presente solicitud, no habiendo la parte interesada consignado dicho recaudo dentro del lapso otorgado por este Tribunal a tales fines, no le queda más a este juzgado que inadmitir la presente acción, por cuanto no cumple con los requisitos de ley para su tramitación. Y así se decide.-
Por todos lo antes expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MATURÍN, AGUASAY Y SANTA BÁRBARA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara INADMISIBLE la acción de DIVORCIO POR DESAFECTO, intentada por el ciudadano DARWIN JOSE RUIZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V-22.712.357 y de este domicilio, debidamente asistido por el abogado en Ejercicio LUIS ANGEL ANIBAL SUAREZ, venezolano, mayor de edad, inscrita en el IPSA bajo el Numero 288.427 y de este domicilio, contra la ciudadana YUSMARY JOSE RIVAS MILANO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V-26.085.834 y de este domicilio. Así decide.-
Publíquese en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia www.tsj.gob.ve así como en la página www.monagas.scc.org.ve. Regístrese y déjese copia de la presente sentencia en los copiadores llevados ante este tribunal.
Dado firmado y sellado en la sala de despacho de este Juzgado Segundo Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín, Aguasay y Santa Bárbara de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas a 21 días del mes de Mayo del año 2024.- Años 214° de la independencia y 165° de la Federación.-
LA JUEZ
MAGLENIS RUIZ MERCHAN
LA SECRETARIA
MARIA ALEJANDRA GUZMAN
En la misma fecha, siendo las 10:00 a.m. se publicó la anterior Sentencia Interlocutoria con Fuerza Definitiva. Conste.-
LA SECRETARIA
MARIA ALEJANDRA GUZMAN
MRM/MAG/GAPM
EXP. 17.842
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