I
ANTECEDENTES

Vista la transacción judicial celebrada en fecha 22 de abril de 2024, la cual fue presentada antes este Juzgado, por una parte, por los ciudadanos MARIA JOSEFINA MARQUEZ DE MARTIN, IVAN JOSE MARQUEZ ALVAREZ, YELITZA SHERLING MARQUEZ DE MENA, titulares de la cédula de identidad Nros. V- 5.278.046, V- 5.277.957 y V- 13.132.127,respectivamente, parte actora en este juicio, debidamente asistidos en este acto por la abogada LAURA RAQUEL RODRIGUEZ OVALLES, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 127.741; y por otra parte, por la ciudadana MIRIAM DEL CARMEN MARQUEZ DE RODRÍGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 3.846.640, en su carácter de demandada, asistida por la abogada MARY ANY BRAVO MACHUCA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 224.193; mediante el cual, las partes intervinientes en este juicio, manifiestan haber convenido en celebrar una Transacción Judicial en la pretensión efectuada.

II
CONSIDERACIONES PARA DECIDIR

Siendo la oportunidad para dictar sentencia, este Tribunal lo hace previa las siguientes consideraciones:

Visto el escrito de la transacción judicial presentado por las partes, como se puede evidenciar en los folios cuarenta y nueve y cincuenta (49 y 50) que riela en la presente causa, le resulta oportuno a esta Juzgadora delimitar lo que la legislación, doctrina y jurisprudencia ha denominado como la TRANSACCION.
De acuerdo con el Código Civil venezolano, en su artículo 1.713, la Transacción es: “un contrato por el cual las partes, mediante recíprocas concesiones, terminan un litigio pendiente o precaven un litigio eventual”.

Por su parte el Código de Procedimiento Civil, establece lo siguiente:

Artículo 255. La transacción tiene entre las partes la misma fuerza que la cosa juzgada.
Artículo 256. Las partes pueden terminar el proceso pendiente, mediante la transacción celebrada conforme a las disposiciones del Código Civil. Celebrada la transacción en el juicio, el Juez la homologará si versare sobre materias en las cuales no estén prohibidas las transacciones, sin lo cual no podrá procederse a su ejecución.

Asimismo, prevé el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, lo siguiente:

“En cualquier estado y grado de la causa puede el demandante desistir de la demanda y el demandado convenir en ella. El Juez dará por consumado el acto, y se procederá como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, sin necesidad del consentimiento de la parte contraria. El acto por el cual desiste el demandante o conviene el demandado en la demanda, es irrevocable, aun antes de la homologación del Tribunal.”

Sobre tal aspecto, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Político-Administrativa, en sentencia Nº 310 de fecha 29 de febrero del 2000, con ponencia del Magistrado Carlos Escarrá, Expediente No.: 5.533, estableció que:

(…) la transacción es un convenio jurídico que, por virtud de concesiones recíprocas entre las partes que lo celebran, pone fin al litigio pendiente antes del pronunciamiento definitivo del juez en el juicio, es decir, tiene la misma fuerza jurídica de una sentencia, y procede su ejecución sin más declaratoria judicial.(…)

Con respecto a dicha figura prevista por el legislador, englobada dentro del género de las denominadas Auto composiciones Procesales o mal llamadas “formas de terminación anormales del proceso”, se encuentra las figuras del desistimiento, el convenimiento y la transacción. Lo normal para algunos teóricos es que los procesos terminen con un pronunciamiento judicial o sentencia.

Por consiguiente, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia, luego de una revisión exhaustiva a las actas que conforman el presente expediente, pudo constatar que ambas partes solicitaron en forma comedida se HOMOLOGUE LA TRANSACCIÓN DE CUENTAS, PARTICIÓN Y LIQUIDACIÓN AMISTOSA DE LA COMUNIDAD HEREDITARIA DE BIENES de los De Cujus BLANCA LUCIA ALVAREZ DE MARQUEZ e IVAN FERNANDO MARQUEZ GARCÍA, por lo que este Juzgado considera homologar dicha transacción, en los términos establecidos en el escrito presentado por las partes intervinientes, los cuales son los siguientes:

(OMISSIS)
1. El bien inmueble constituido por un terreno de 450 Mts2 y la casa de 350 Mts2 aproximadamente, sobre el terreno construida, se encuentra ubicada en la Urbanización Bermúdez, Avenida Principal, N° 42, Parcela N° 26, Maracay, Municipio Girardot estado Aragua, la casa consta de dos (2) plantas que se detalla así: Planta baja, recibo- comedor, estudio, terraza, baño auxiliar, cocina y dependencias de servicio incluido, tendedero y lavadero. Planta alta: cuatro (4) dormitorios, dos (2) baños, hall de distribución y escalera cuyos linderos son los siguientes: Norte: con calle de la misma Urbanización; Sur: con el campo de juego de la Sudamtex; Este; con parcela N°27, y Oeste: con parcela N° 25. El terreno por documento autenticado por ante la Notaria Publica de El Recreo, anotado bajo el N° 13, Tomo 45 de fecha 08 de octubre de 1959, y posteriormente Protocolizado por el Registro Subalterno del Primer Circuito del Municipio Girardot del estado Aragua, bajo el N° 15, Folio 178 al 181 vto, Protocolo Primero, Tomo 09, en fecha 04 de marzo de 1993. Las bienhechurías según título supletorio de fecha 09/02/1971 ante el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Aragua y protocolizado en el Registro Subalterno del Primer Circuito del Municipio Girardot del estado Aragua, bajo el N° 44, Folio 207 al 212, Protocolo Primero, Tomo 08, en fecha 19/05/1971. CINCUENTA POR CIENTO (50%) para MARIA JOSEFINA MARQUEZ DE MARTIN Y CINCUENTA POR CIENTO (50%) IVAN JOSE MARQUEZ ALVAREZ.
2. El bien inmueble constituido por un (01) local comercial denominado C- 1, ubicado en la planta baja o primer piso de la Torre "A" o Norte, Edificio Residencia Pipina, ubicado en la intersección de la calle Carabobo con calle San Miguel, No 51, Sector Santa Rosa, Maracay, municipio Girardot estado Aragua, con un área de OCHENTA Y CINCO METROS CUADRADOS (85 Mts²) en planta a nivel de vías y CUARENTA Y CINCO METROS CUADRADOS (45 Mts²) en MEZZANINA. La planta a nivel de vías formada por un gran salón, salas de depósito, habitación con baño para laboratorio, pasillos, escaleras que conducen a la mezzanina, con los siguientes linderos y medidas: Norte: en Ocho Punto Cincuenta metros (8.50 Mts.) con calle San Miguel; Sur: En Dos punto sesenta metros (2.60 Mts.) con hall de entrada y CINCO PUNTO NOVENTA METROS (5.90 Mts.) con estacionamiento No. 6 de por medio a entada al edificio, Este: En Diez (10 Mts.) con la Avenida Carabobo Sur y. Oeste: En Diez (10 Mts.) con parcela No. 25. La Mezzanina integrada a la planta baja y formada por dos (2) oficinas, cada una con su baño, pasillo y escalera, con los siguientes linderos y medidas: Norte: Cuatro Punto Cincuenta metros (4.50 Mts.) con calle San Miguel, Sur: En Uno punto Treinta metros (1.30 Mts.) de posible acceso y Tres punto Veinte metros (3.20 Mts.) con pasillo de entrada al Edificio, Este: Con el gran salón de la planta baja de DIEZ METROS (10 Mts.) y. Oeste; Con la parcela No. 25 en Diez (10 Mts.) metros. A este comercio le corresponde un (1) sitio de Estacionamiento marcado con el No. 6, a nivel de la calle y frente a la Torre Central Como consta en el documento de Condominio que se encuentra protocolizado por ante El Registro Público del Segundo Circuito de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry, de 24 de noviembre de 1994, inscrito bajo el número 33, Tomo 8, Protocolo Primero, el cual se da aquí por reproducido en su totalidad, al mencionado apartamento le corresponde un porcentaje de Condominio de 20% sobre los derechos y obligaciones de la comunidad. El cien por ciento (100%) es de MIRIAM DEL CARMEN MARQUEZ DE RODRIGUEZ
3. El bien inmueble constituido por un (01) apartamento denominado A1 situado en el Segundo Piso de la Torre Norte o’ A, Residencia Pipina ubicada en la intersección de la calle Carabobo con calle San Miguel No 51, Sector Santa Rosa, Maracay, municipio Girardot estado Aragua con un área de NOVENTA Y CUATRO PUNTO CINCUENTA METROS CUADRADOS (94.50 Mts), compuesto por TRES (3) dormitorios, dos (2) baños, cocina, star-comedor, closet y pasillo de acceso, con los siguientes linderos y medidas. Norte: En NUEVE PUNTO CUARENTA Y CINCO METROS (9.45 Mts.) con calle San Miguel, Sur: En UNO PUNTO TREINTA METROS (1,30 Mts) con pasillo de la Escalera que es su acceso y OCHO PUNTO QUINCE METROS (8,15 Mts.) con pasillo de entrada al Edificio: Este; En DIEZ METROS (10 Mts.) con Avenida Carabobo Sur, y Oeste: En DIEZ (10) Mts: con parcela No. 25, a este apartamento le corresponde el puesto de estacionamiento marcado con el No. 5. Como consta en el documento de Condominio que se encuentra protocolizado por ante El Registro Público del Segundo Circuito de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry, de 24 de noviembre de 1994, inscrito bajo el número 33, Toma 8, Protocolo Primero, el cual se da aquí por reproducido en su totalidad, al mencionado apartamento le corresponde un porcentaje de Condominio de 12% sobre los derechos y obligaciones de la comunidad. El cien por ciento 100% es de IVAN JOSE MARQUEZ ALVAREZ.
4. El bien inmueble constituido por un (01) apartamento denominado A2 situado en el Tercer Piso de la Torre Norte o' A, Residencia Pipina, ubicada en la intersección de la calle Carabobo con calle San Miguel, No 51, Sector Santa Rosa, Maracay, municipio Girardot estado Aragua, con un área de NOVENTA Y CUATRO PUNTO CINCUENTA METROS CUADRADOS (94.50 Mts²), compuesto por TRES (3) dormitorios, dos (2) baños, cocina, star-comedor, closets y pasillo de acceso, con los siguientes linderos y medidas: Norte: En nueve punto cuarenta y cinco metros (9.45 Mts.) con calle San Miguel; Sur: En UNO PUNTO TREINTA METROS (1.30 Mts.) con pasillo de la Escalera que es su acceso y OCHO PUNTO QUINCE METROS (8.15 Mts.) con pasillo de entrada al Edificio; Este: En DIEZ METROS (10 Mts.) con Avenida Carabobo Sur, y Oeste: En DIEZ (10) Mts: con parcela No. 25; a este apartamento le corresponde el puesto de estacionamiento marcado con el No. 4. Como consta en el documento de Condominio que se encuentra protocolizado por ante El Registro Público del Segundo Circuito de los Municipios Girardot y Mario Briceño tragorry, de 24 de noviembre de 1994, inscrito bajo el número 33, Tomo 8, Protocolo Primero, el cual se da aquí por reproducido en su totalidad, al mencionado apartamento le corresponde un porcentaje de Condominio de 12% sobre los derechos y obligaciones de la comunidad. El cien por ciento (100%) es de MIRIAM DEL CARMEN MARQUEZ DE RODRIGUEZ.
5. El bien inmueble constituido por un (01) apartamento denominado PENT HOUSE A, situado en el cuarto Piso de la Torre Norte o' A Residencia Pipina, ubicada en la intersección de la calle Carabobo con calle San Miguel, No 51, Sector Santa Rosa, Maracay, municipio Girardot estado Aragua, con un área de CINCUENTA Y DOS METROS CUADRADOS (52,00 Mts²)) de área cubierta y CUARENTA Y DOS METROS PUNTO CINCUENTA (42.50 Mts²) de patio, compuesto por un dormitorio con su baño, Star-comedor, cocina, dos pérgolas de concreto y pasillo techado de entrada con los siguientes linderos y medidas: Norte: En nueve punto cuarenta y cinco (9.45) metros con calle San Miguel; Sur: Uno punto treinta metros (1,30) metros con pasillos de escalera que es su acceso, y ocho punto quince (8,15) metros con pasillo de entrada al Edificio, Este: En Diez (10) metros con Avenida Carabobo Sur; y Oeste: En Diez metros con parcela No. 25, a este apartamento no le corresponde estacionamiento. Como consta en el documento de Condominio que se encuentra protocolizado por ante El Registro Público del Segundo Circuito de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry, de 24 de noviembre de 1994, inscrito bajo el número 33, Tomo 8, Protocolo Primero, el cual se da aquí por reproducido en su totalidad, al mencionado apartamento le corresponde un porcentaje de Condominio de 7% sobre los derechos y obligaciones de la comunidad. El cien por ciento (100%) es de MARIA JOSEFINA MARQUEZ DE MARTIN.
6. El bien inmueble constituido por un (01) local comercial denominado C- 2, ubicado en la planta baja o primer piso de la Torre Sur o B, Edificio Residencia Pipina, ubicado en la intersección de la calle Carabobo con calle San Miguel, No 51, Sector Santa Rosa, Maracay, municipio Girardot estado Aragua, con dos (02) baños, de una extensión de OCHENTA Y CINCO METROS CUADRADOS (85 Mts²)) con los siguientes linderos y medidas: Norte: en Dos PUNTO SESENTA (2.60 Mts.) METROS con depósito de basura y CINCO PUNTO NOVENTA METROS (5.90 Mts.) con estacionamiento No. 2, Sur: En OCHO PUNTO CINCUENTA (8.50 Mts.) METROS con parcela No. 2 de por medio estacionamiento No. 1 del edificio, Este: Avenida Carabobo Sur en DIEZ (10 Mts.) METROS, y Oeste: con parcela No. 25 en DIEZ (10) metros. A este local le corresponde la utilización del estacionamiento No. 1, con las condiciones que le impongan las autoridades correspondientes Como consta en el documento de Condominio que se encuentra protocolizado por ante El Registro Público del Segundo Circuito de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry, de 24 de noviembre de 1994, inscrito bajo el número 33, Tomo 8, Protocolo Primero, el cual se da aquí por reproducido en su totalidad, al mencionado apartamento le corresponde un porcentaje de Condominio de 12% sobre los derechos y obligaciones de la comunidad. Las ciudadanas MIRIAM DEL CARMEN MARQUEZ DE RODRIGUEZ y YELITZA SHERLING MARQUEZ DE MENA seguirán conservando su dieciséis coma sesenta y siete por ciento (16,67%) cada una, de los derechos que le pertenecen. Por su parte los ciudadanos MARIA JOSEFINA MARQUEZ DE MARTIN e IVAN JOSE MARQUEZ ALVAREZ no poseen derechos sobre el mismo.
7. El bien inmueble constituido por un (01) apartamento identificado con la letra "M", situado en el segundo Piso o Mezanina de la Torre Sur o B, del Edificio Residencia Pipina, ubicado en la intersección de la calle Carabobo con calle San Miguel, No 51, Sector Santa Rosa, Maracay, municipio Girardot estado Aragua, integrado por un (1) dormitorio, Star- comedor, cocina y pasillo, con los siguientes linderos y medidas: Norte: 1,30 Mts. con pasillo de escalera que es su entrada y 8,15 Mts. con estacionamiento No. 2; Sur: Con parcela No. 2 por medio estacionamiento No. 1 en 9,45 Mts.; Este: Avenida Carabobo Sur en DIEZ (10) metros, en medio gran salón de la planta baja del comercio C2 y; Oeste: Parcela No. 25 en DIEZ (10) Metros. Este apartamento no tiene sitio de estacionamiento. Como consta en el documento de Condominio que se encuentra protocolizado por ante El Registro Público del Segundo Circuito de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry, de 24 de noviembre de 1994, inscrito bajo el número 33, Toma 8, Protocolo Primero, el cual se da aquí por reproducido en su totalidad, al mencionado apartamento le corresponde un porcentaje de Condominio de 4% sobre los derechos y obligaciones de la comunidad. El cien por ciento 100% es de IVAN JOSE MARQUEZ ALVAREZ
8. El bien inmueble constituido por un (01) apartamento, denominado B1, situado en el Tercer Piso de la Torre Sur o' B, del Edificio Residencia Pipina, ubicado en la intersección de la calle Carabobo con calle San Miguel, No 51, Sector Santa Rosa, Maracay, municipio Girardot estado Aragua, con un área de NOVENTA Y CUATRO PUNTO CINCUENTA METROS CUADRADO (94.50 Mts), compuesto por tres (3) dormitorios, dos (2) baños, cocina, star-comedor, closets, y pasillos de acceso con los siguientes linderos y medidas: Norte; en 1.30 Mts, con pasillo de escalera que es su acceso y 8.15 Mts. de estacionamiento No. 2; Sur: En 9.45 Mts con parcela No. 2 por medio patio de estacionamiento No. 1. Este; Avenida Carabobo Sur en DIEZ (10 Mts) metros y Oeste: Parcela No. 25 en DIEZ (10) Metros. A este apartamento le corresponde el estacionamiento No. 2. Como consta en el documento de Condominio que se encuentra protocolizado por ante El Registro Público del Segundo Circuito de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry, de 24 de noviembre de 1994, inscrito bajo el número 33, Tomo 8, Protocolo Primero, el cual se da aqui por reproducido en su totalidad, al mencionado apartamento le corresponde un porcentaje de Condominio de 12% sobre los derechos y obligaciones de la comunidad. El cien por ciento (100%) es de MARIA JOSEFINA MARQUEZ DE MARTIN.
9. El bien inmueble constituido por un (01) apartamento, denominado B2, situado en el cuarto Piso de la Torre Sur o' B, del Edificio Residencia Pipina, ubicado en la intersección de la calle Carabobo con calle San Miguel, No 51, Sector Santa Rosa, Maracay, municipio Girardot estado Aragua, con un área de NOVENTA Y CUATRO PUNTO CINCUENTA METROS CUADRADOS (94,50 Mts²)), compuesto por tres (3) dormitorios, dos (2) baños, cocina, star-comedor, closet, y pasillo de acceso con los siguientes linderos y medidas: Norte: en UNO PUNTO TREINTA METROS (1.30 mts.) con pasillo de escalera que es su acceso y OCHO PUNTO QUINCE METROS (8,15 Mts) con Estacionamiento No. 2. Sur: En NUEVE COMA CUARENTA Y CINCO METROS (9,45 Mts) con parcela No. 2 por medio, patio de estacionamiento No. 1. Este: Avenida Carabobo Sur en DIEZ (10) Metros y Oeste: Parcela No. 25 en diez metros (10 Mts). A este apartamento le corresponde el estacionamiento No. 3. Como consta en el documento de Condominio que se encuentra protocolizado por ante El Registro Público del Segundo Circuito de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry, de 24 de noviembre de 1994, inscrito bajo el número 33, Tomo 8. Protocolo Primero, el cual se da aquí por reproducido en su totalidad, al mencionado apartamento le corresponde un porcentaje de Condominio de 12% sobre los derechos y obligaciones de la comunidad. El cien por ciento (100%) es de YELITZA SHERLING MARQUEZ DE MENA.
10. El bien inmueble constituido por un (01) apartamento denominado PENT HOUSE B, situado en el quinto Piso de la Torre Sur o' B, en el Edificio Residencia Pipina, ubicada en la intersección de la calle Carabobo con calle San Miguel, No 51, Sector Santa Rosa, Maracay, municipio Girardot estado Aragua, con un área de CINCUENTA Y DOS (52) METROS de áreas cubiertas y CUARENTA Y DOS COMA CINCUENTA (42,50) metros de patio, compuesto por un (1) dormitorio con baño, star-comedor, cocina, dos pérgolas de concreto y pasillo techado de entrada, con los linderos y medidas siguientes: Norte: en uno coma treinta (1,30) metros con pasillo de escalera que es su acceso y ocho coma quince (8,15) metros con patio estacionamiento No. 2, Sur: En NUEVE COMA CUARENTA Y CINCO METROS (9,45 Mts.) con parcela No. 2 por medio patio de Estacionamiento No. 1; Este: Avenida Carabobo en DIEZ (10) metros y Oeste: Parcela No. 25 en DIEZ (10) metros, a este apartamento no le corresponde estacionamiento. Como consta en el documento de Condominio que se encuentra protocolizado por ante El Registro Público del Segundo Circuito de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry, de 24 de noviembre de 1994, inscrito bajo el número 33, Tomo 8, Protocolo Primero, el cual se da aqui por reproducido en su totalidad, al mencionado apartamento le corresponde un porcentaje de Condominio de 7% sobre los derechos y obligaciones de la comunidad. El cien por ciento (100%) es de MARIA JOSEFINA MARQUEZ DE MARTIN.
11. El fondo de comercio a Nombre del causante IVAN FERNANDO MARQUEZ GARCIA denominado "FARMACIA SANTA ROSA" el cual quedo inscrito por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Aragua en fecha 06/06/1958 bajo el N° 86, Tomo 1, del libro respectivo. El cien por ciento (100%) es de MIRIAM DEL CARMEN MARQUEZ DE RODRIGUEZ.

En este sentido, se observa que los acuerdos efectuados, a través de la TRANSACCIÓN JUDICIAL presentada, no son contrarios al orden público ni a las buenas costumbres, siendo que en armonía con los criterios jurisprudenciales anteriormente citados, son derechos disponibles y que los mismos no se encuentran prohibidos por la Ley, en virtud que el auto de homologación tiene como finalidad darle ejecutoriedad sólo a medios de autocomposición procesal. Y, así se decide.-