PODER JUDICIAL

COORDINACIÓN LABORAL DEL ESTADO MONAGAS
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS
Maturín, Veintiocho (28) de Noviembre de dos mil veinticuatro (2024)
214º y 165º
AUDIENCIA PRELIMINAR
(CONTINUACIÓN)
N° DE EXPEDIENTE: NP11-L-2024-000419
PARTE ACTORA: WILLIAM JOSE GONZALEZ TERAN, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad: N° V-12.438.861.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDANTE: representada por los Abogados: BAUDILIO MEZA Y OSCAR EMILIO ARAGUAYAN MILLÁN, Abogados en Ejercicio, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el N° 84.992, y 30.002, respectivamente.
PARTE DEMANDADA: IMPORTADORA DESEN, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: YULIMAR SIFONTES, AQUILES LOPEZ, ERICKSON JAVIER ARIAS RENGEL Y JESUS JAVIER SIFONTES, Abogados en Ejercicio, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el N° 58.184, 100.688, 243.089, y 114.271, respectivamente.
MOTIVO: COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS

En horas del día de hoy, Jueves veintiocho (28) de Noviembre de 2024, siendo las 09:10 A.m., día fijado, para que tenga lugar, La Continuación de la Audiencia Preliminar, anunciado el acto por la Unidad de Alguacilazgo la continuación de la Audiencia Preliminar, no compareció el demandante ni por sí ni por representante judicial alguno, y por la parte demandada compareció el Abogado: JESUS JAVIER SIFONTES, abogado en ejercicio inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el Nro. 114.271, en su condición de apoderado judicial de la Entidad de trabajo; IMPORTADORA DESEN, C.A., tal y como consta de poder, que cursa en el presente asunto (folios 21 y reverso), en virtud de la incomparecencia del demandante ciudadano WILLIAM JOSE GONZALEZ TERAN ni apoderado judicial alguno se aplicá en este caso el efecto jurídico del Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, es decir queda DESISTIDA, la presente demanda.

DECISIÓN
Vista la incomparecencia a la continuación de la Audiencia Preliminar, de la parte demandante, en este procedimiento, fijada para el día de hoy 28 de Noviembre de 2024, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, el cual establece “si el demandante no compareciere a la audiencia Preliminar se considerará desistido el Procedimiento, terminando el proceso mediante sentencia oral que se reducirá en un acta, la cual deberá publicarse en la misma fecha…” En relación a las pruebas consignadas por las partes al momento de la instalación de la Audiencia Preliminar se ordena agregar las pruebas presentadas por la parte demandante constante de escrito de cinco (05) folios útiles y legajo de anexo de veinticuatro (24) folios y se deja constancia de la devolución en este acto, previa solicitud del representante Judicial de la entidad de trabajo del escrito constante de cuatro (04) folios, y legajo de ocho (08) anexos identificados con la letra “A” constante de un (01) folio, Anexos “B” constante de un folio, Anexo “C” constante de un (01) folio y anexo D constante de cinco (05) folios. Este Juzgado procedió a dictar la decisión en forma Oral cuya constancia queda en la presente Acta y registrada en Sistema Juris, y publicarla de la siguiente forma: este Juzgado Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del nuevo Régimen Procesal del Trabajo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Publíquese y Regístrese. Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, a los veintiocho (28) días del mes de Noviembre de dos mil veinticuatro (2024).
214° de la Independencia y 165° de la Federación. Dios y Federación
LA JUEZA PROVISORIA

ABG. MAYURIS ELENA GONZALEZ


SECRETARIO (A)


LAS PARTES COMPARECIENTES


En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado, siendo las 09:27 A.m.-