REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO (1°) DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS

Caracas, 15 de noviembre de 2024
214° y 165°

ASUNTO: AP21-L-2024-000474

PARTE ACTORA: SERGIO COLMENARES, plenamente identificada en autos.
ASISTIDO POR LA ABOGADA: MARIA INES CORREA RAMIREZ, abogada en ejercicio, inscrita en el Inpre-abogado bajo el Nro. 89.525.-

PARTE DEMANDADA: INGENIERIA GERCON, C.A., plenamente identificada en autos.
APODERADO JUDICIAL: JOSE FRANCISCO HENRIQUEZ PARTIDAS, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpre-abogado bajo el Nro. 114.039.-

MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.-

SENTENCIA: Interlocutoria con Fuerza de Definitiva.

ANTECEDENTES

Se recibió el presente expediente por distribución, proveniente del Juzgado Décimo Sexto (16°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial del Trabajo, en fecha 14 de octubre de 2024.

No sin antes haberse iniciado la presente causa por libelo de demanda presentado en fecha 14 de mayo de 2024, ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial de Trabajo del Área Metropolitana de Caracas.

En fecha 16 de mayo de 2024, el Juzgado Décimo Segundo (12°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, dio por recibida la demanda y en fecha 23 de mayo de 2024, admitió la misma ordenando el emplazamiento de la parte demandada INGENIERIA GERCON C.A.

En fecha 14 de agosto de 2024, el Juzgado Décimo Sexto (16°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, le correspondió por sorteo el conocimiento de la causa para la celebración de la Audiencia Preliminar, dando así inicio al proceso de mediación el cual culminó en fecha 25 de septiembre de 2024, en virtud de no haberse logrado la mediación, se ordenó la incorporación al expediente de las pruebas promovidas por las partes, de conformidad con lo establecido en el artículo 74 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y el día 01 de octubre de 2024, la demandada dio contestación a la demanda y el día 02 de octubre de 2023, se ordenó la remisión del presente expediente al Juzgado de Juicio, correspondiéndole el conocimiento de la causa a este Tribunal Primero (1°) de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial Laboral.

Ahora bien, una vez hecha las actuaciones procesales correspondientes este Tribunal fijó por auto de fecha 21 de octubre de 2024 la oportunidad para la celebración de la Audiencia de Juicio para el día 08 de noviembre de 2024 a las 9:00 am, sin notificación de las partes por cuanto las mismas se encontraban a derecho de conformidad con el articulo 7 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

En fecha 08 de noviembre de 2024, día y hora fijada por este Juzgado para la celebración de la Audiencia Oral y pública, luego de anunciado el acto a las puestas de la Sala, se evidenció la incomparecencia del ciudadano SERGIO COLMENARES (parte actora), sin embrago se dejo constancia de la comparecencia de la abogada MARÍA INES CORREA RAMIREZ, Inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 89.525, evidenciando que en las actuaciones anteriores asistió al demandante, de igual forma se dejo constancia de la comparecencia del abogado JOSÉ FRANCISCO HENRIQUEZ PARTIDAS, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada INGENIERIA GERCON, C.A., en virtud de la incomparecencia de la parte actora, se DECLARÓ: EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO. Ahora bien, estando dentro del lapso para publicar sentencia, este Tribunal pasa a reproducir el fallo en los siguientes términos:

MOTIVACIONES PARA DECIDIR

En el día y hora fijada para la celebración de la audiencia de juicio (viernes 08 de noviembre de 2024 a las 09:00am), fue anunciado el acto a las puertas de la Sala de Audiencias de este Circuito Judicial, no acudiendo la parte del ciudadano SERGIO COLMENARES (parte actora), sin embrago se dejo constancia de la comparecencia de la abogada MARÍA INES CORREA RAMIREZ, Inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 89.525. En tal sentido vista la incomparecencia del demandante, este Juzgado Primero (1°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, declaró DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO en el juicio incoado por el ciudadano SERGIO COLMENARES contra la entidad de trabajo INGENIERIA GERCON, C.A., por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.

DISPOSITIVO

Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Primero (1°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO, en el juicio incoado por el ciudadano SERGIO COLMENARES contra la entidad de trabajo INGENIERIA GERCON, C.A., por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES, en virtud de la incomparecencia de la demandante, a la audiencia de juicio fijada para el día 08 de noviembre de 2024, a las 9:00am. SEGUNDO: No hay condenatoria en costa. TERCERO: El lapso para interponer el recurso en contra de la presente decisión comenzará a partir del día de hoy exclusive.

PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA.-

Dado, sellado y firmado en la Sala de Despacho del Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en la ciudad de Caracas, a los quince (15) días del mes de noviembre de dos mil veinticuatro (2024).

EL JUEZ

ABG. CARLOS MORENO
LA SECRETARIA

ABG. JOHELY CARMONA