ASUNTO: AP41-U-2023-000150 Sentencia interlocutoria N°090/2024
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 19 de noviembre de 2024
214º y 165º

Vista la diligencia presentada el 14 de noviembre del 2024, por el ciudadano Andrés Ramírez Díaz, abogado inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 8.442, actuando en su carácter de apoderado del ciudadano CARLOS EDUARDO CROES HERNÁNDEZ, mediante la cual, desiste de la prueba de testigo promovida en su escrito de promoción de pruebas presentado el 04 de julio de 2024, la cual fue admitida por este Tribunal mediante sentencia interlocutoria número 084/2024 con fecha 06 de agosto de 2024; exponiendo que: “…tal como lo ha informado el Sr. Carlos Croes H., la señora Susan González López, testigo promovido por esta representación, se marchó a residenciarse en el exterior lo cual nos impide su evacuación…”. En tal sentido, este Tribunal HOMOLOGA el desistimiento de dicho medio probatorio, en consecuencia, se deja sin efecto la admisión de la testimonial promovida.
Publíquese, regístrese y notifíquese a la Procuraduría General de la República, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.
Se imprimen dos ejemplares a un mismo tenor, el primero, a los fines de la publicación del presente fallo, el segundo, para que repose en original en el respectivo copiador de sentencias interlocutorias.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario, en Caracas, a los diecinueve (19) días del mes de noviembre del año 2024. Años 214° de la Independencia y 165° de la Federación.
La Juez,

Natasha Valentina Ocanto Socorro
La Secretaria Suplente,

Francela Alejandra Huiza Del Portillo
ASUNTO: AP41-U-2023-000150
NVOS/fah/mba.-


En horas de despacho del día de hoy, diecinueve (19) de noviembre de dos mil veinticuatro (2024), siendo las tres horas y veinte minutos de la tarde (03:20 m), bajo el número 090/2024, se publicó la presente sentencia interlocutoria.
La Secretaria Suplente,

Francela Alejandra Huiza Del Portillo