REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Décimo Quinto (15°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, cuatro (4) de noviembre de dos mil veinticuatro (2024)
214º y 165º
ASUNTO: AP21-L-2024-000363
ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO
PARTE ACTORA: ROGELIS MILANGELA LIRA VARGAS, titular de la cédula de identidad Nº V-25.258,846
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: ELIO CESAR BURGUERA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 104.733
PARTE DEMANDADA: PHONE MARKET STAR, C.A” y solidariamente al ciudadano NELSON ENRIQUE MORA RODRIGUEZ
APODERADOS JUDICIALES DE LA DEMANDADA: JOSÉ ALBERTO MARCANO ARCIA, ÁNGEL JESÚS TAGUARIPANAO, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros 215.038 y 178.232 respectivamente.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONJES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.
En horas de despacho del día de hoy, lunes cuatro (04) de noviembre de 2024, siendo las 09:00 am, hora y oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Oral y Publica, en el juicio por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales que incoara la ciudadana: ROGESLIS MILANGELA LIRA VARGAS, titular de la cédula de identidad Nº V-25.258,846 contra la entidad de trabajo: “PHONE MARKET STAR, C.A” y solidariamente al ciudadano NELSON ENRIQUE MORA RODRIGUEZ. Se anunció el acto a las puertas de la Sala del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas. Se deja constancia de la incomparecencia de la parte actora al presente acto. La ciudadana Jueza declaró iniciado el acto, solicitando al ciudadano Secretario que informara sobre el motivo del mismo y las partes involucradas en el presente juicio que se encuentren presentes, quien lo hizo a viva voz dejando constancia de la INCOMPARECENCIA de la parte actora ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno al presente acto. En este orden de ideas, se deja expresa constancia que la presente audiencia será reproducida en forma audiovisual por una cámara de video, manipulada por un técnico adscrito a la Coordinación Judicial de este Circuito. En este estado, la Jueza del Tribunal, en virtud de la incomparecencia de la parte actora, de conformidad con el articulo 151 de la Ley Orgánica Procesal de Trabajo procedió a dictar formal dispositivo de la siguiente manera: En el presente asunto, la parte actora no compareció a la audiencia oral y publica, tal como lo hiciera constar el Alguacil y el Secretario en la oportunidad correspondiente, por lo que de conformidad con lo establecido en el mencionado dispositivo legal, se entiende desistida la demanda y por ello, Este Tribunal Décimo Quinto (15°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: DESISTIDA LA DEMANDA, en el juicio incoado por la ciudadana ROGESLIS MILANGELA LIRA VARGAS, titular de la cédula de identidad Nº V-25.258,846 contra la entidad de trabajo: “PHONE MARKET STAR, C.A” y solidariamente al ciudadano NELSON ENRIQUE MORA RODRIGUEZ ambas partes debidamente identificadas en los autos. SEGUNDO: Se deja constancia que el lapso para interponer los recursos pertinentes contra esta decisión comenzará a transcurrir a partir del día de hoy exclusive. Así se decide. Cúmplase y déjese copia de la presente decisión. Años 214° y 165°
La Jueza
Abg. Mirianky Zerpa Francia
Apoderados Judiciales de la Parte Demandada
El Secretario
Abg. Angel Pinto Pacheco
En la misma fecha se dictó, publicó y diarizó la presente decisión. En la sala del Juzgado Décimo Quinto (15°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas. El día 4 de noviembre de 2024 Años 214° y 165°. La presente decisión será publicada en la página web del Tribunal Supremo de Justicia, en el sitio denominado TSJ. Regiones.-
El Secretario
Abg. Angel Pinto Pacheco
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