REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.
Maracay, 22 de Noviembre de 2024.
Año 214º y 165º.
EXPEDIENTE Nº T2M-M 14.631-24
SOLICITANTE: YURITZA JOSEFINA CAMACHO SATURNO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-7.211.438y de este domicilio, asistida por la abogada CLAUDYS GRISMELDDY BETANCOURT FLORES, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 196.612.
MOTIVO: RECTIFICACIÓN DE ACTA DE DEFUNCION
DECISION: CON LUGAR LA DEMANDA.
-I-
Vista la anterior solicitud de Rectificación de la Partida de Acta de Defunción presentada por la ciudadana: YURITZA JOSEFINA CAMACHO SATURNO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-7.211.438y de este domicilio, asistida por la abogada CLAUDYS GRISMELDDY BETANCOURT FLORES, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 196.612, quien solicitó por ante este Tribunal la Rectificación del Acta de Defunción de quien en vida fuera su madre; al respecto, este Despacho observa:
La mencionada Acta corre inserta en los Libros de Registro Civil de la Parroquia Joaquín Crespodel Municipio Girardot del Estado Aragua, la cual quedó anotada bajo el Acta Nº 2065, Tomo 05, año 1981, del libro de Defunciones. Los errores denunciados consisten que al asentar el Acta de Defunción dela ciudadana ROSA SATURNO DE CAMACHO,quien en vida fuera titular de la cédula d identidad N° V-2.182.394. En la misma se incurrió en los siguientes errores u omisiones: 1) Al transcribir el nombre de su padre donde dice “viuda de JOSE YSABEL CAMACHO” se escribió mal el segundo nombre, siendo lo correcto “JOSE ISABEL CAMACHO”. Tal como se evidencia en los Datos Filiatorios emanados por el Organismo del SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN, MIGRACIÓN Y EXTRANJERIA (SAIME). 2) Al Transcribir el nombre de su abuelo materno donde dice “HIJA DE PASCUAL SATURNO” se escribió mal el primer nombre y se omitió el segundo apellido, siendo lo correcto “PASQUALE SATURNO CHIRICO”. Talcomo se evidencia en el Acta de Nacimiento emanada de la República de Italia y susDatos Filiatorios emanados por el Organismo del SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN, MIGRACIÓN Y EXTRANJERIA (SAIME) y 3) Al Transcribir el nombre de su difunta hermana está mal escrito, se colocó como “ROSA YSABEL” y lo correcto es “ROSA ISABEL CAMACHO DE NORIEGA” ya que estaba casada.Talcomo se evidencia en su cédula de identidad.
-II¬-
Cuando se inscribe un acta de estado civil ante el Registro Civil correspondiente, ésta puede ser modificada o alterada mediante sentencia definitiva producida en juicio de rectificación de partida, según las normas adjetivas consagradas en el artículo 768 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 149 de la Ley Orgánica del Registro Civil. Por consiguiente, todo nuevo asiento registral, posterior a la inscripción original de la partida, debe constar en nota marginal sobre ella, ordenada por el Juez competente.
Por otra parte, puede el solicitante por disposición del artículo 773 de la Ley Adjetiva Civil, si se tratase de la rectificación de errores materiales cometidos en las actas del registro civil, tales como “cambio de letras, palabras mal escritas o escritas con errores ortográficos, transcripción errónea de apellidos, traducciones de nombre y otros semejantes”, presentar ante el Juzgado de Municipio donde se inscribió el acta su solicitud, cuyo procedimiento se reducirá a demostrar ante el juez la existencia del error, por los medios de pruebas admisibles y el Juez con conocimiento de la causa resolverá lo que considere conveniente de manera sumaria, no contenciosa; pero, si por el contrario la solicitud de rectificación del acta tiene como objetivo subsanar errores u omisiones que afecten el contenido de fondo del acta, como antes se indicó, la competencia corresponderá a los Juzgados de Primera Instancia.
Así las cosas, se observa que en el presente caso lo que se pretende es subsanar el acta de Defunción dela ciudadana ROSA SATURNO DE CAMACHO, en la cual se incurrióenlos siguientes errores u omisiones:1) Al transcribir el nombre de su padre donde dice “viuda de JOSE YSABEL CAMACHO” se escribió mal el segundo nombre, siendo lo correcto “JOSE ISABEL CAMACHO”. Tal como se evidencia en los Datos Filiatorios emanados por el Organismo del SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN, MIGRACIÓN Y EXTRANJERIA (SAIME). 2) Al Transcribir el nombre de su abuelo materno donde dice “HIJA DE PASCUAL SATURNO” se escribió mal el primer nombre y se omitió el segundo apellido, siendo lo correcto “PASQUALE SATURNO CHIRICO”. Tal como se evidencia en el Acta de Nacimiento emanada de la República de Italia y susDatos Filiatorios emanados por el Organismo del SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN, MIGRACIÓN Y EXTRANJERIA (SAIME)y 3) Al Transcribir el nombre de su difunta hermana está mal escrito, se colocó como “ROSA YSABEL” y lo correcto es “ROSA ISABEL CAMACHO DE NORIEGA” ya que estaba casada, para lo cual acompañó a su solicitud el acta de defunción de la de-cujus, así como su acta de nacimiento, datos filiatorios, copia del Acta de Nacimientode la solicitante y copia de la cedula de identidad,donde se evidencia que efectivamente se incurrió en el aludido error material al momento de asentarse en el acta de Defunción, debiendo por consiguiente declararse con lugar la rectificación del acta de Defunción solicitada, conforme lo previsto en los artículos 93 y 149 de la Ley Orgánica de Registro Civil.Y así se decide.
-III-
DECISION
Este Tribunal de conformidad con lo establecido en el Artículo 774 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Rectificación del Acta de Defunción dela ciudadanaROSA SATURNO DE CAMACHO, quien en vida fuera titular de la cédula d identidad N° V-2.182.394, solicitada por laciudadana YURITZA JOSEFINA CAMACHO SATURNO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-7.211.438. SEGUNDO: SE ORDENA oficiar al Registrador Civilde La Parroquia Joaquín Crespo, del Municipio Autónomo Girardot del Estado Aragua., a fin de que estampen la debida nota marginal correspondiente en el Acta de Defunción dela ciudadana ROSA SATURNO DE CAMACHO, quien en vida fuera titular de la cédula d identidad N° V-2.182.394, la cual quedo asentada en el Acta Nº 2065, Tomo 05, año 1981, del libro de Defunciones llevados por ante la Oficina del Registro Civil, en el sentido que efectúen las siguientes correcciones: Al transcribir el nombre de su padre donde dice “viuda de JOSE YSABEL CAMACHO” se escribió mal el segundo nombre, siendo lo correcto “JOSE ISABEL CAMACHO”. Tal como se evidencia en los Datos Filiatorios emanados por el Organismo del SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN, MIGRACIÓN Y EXTRANJERIA (SAIME). 2) Al Transcribir el nombre de su abuelo materno donde dice “HIJA DE PASCUAL SATURNO” se escribió mal el primer nombre y se omitió el segundo apellido, siendo lo correcto “PASQUALE SATURNO CHIRICO”. Tal como se evidencia en el Acta de Nacimiento emanada de la República de Italia y susDatos Filiatorios emanados por el Organismo del SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN, MIGRACIÓN Y EXTRANJERIA (SAIME) y 3) Al Transcribir el nombre de su difunta hermana está mal escrito, se colocó como “ROSA YSABEL” y lo correcto es “ROSA ISABEL CAMACHO DE NORIEGA” ya que estaba casada.
Expídanse por Secretaría las copias certificadas de la Solicitud y de la Sentencia que fueren menester a los interesados y remítanse con oficio a los organismos correspondientes.
Publíquese, regístrese y déjese copia del presente fallo.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en Maracay, Veintidós (22) días del mes deNoviembre de 2024.- Años 214º de la Independencia y 165º de la Federación.
El JUEZ,
DIEGO ARMANDO SEGOVIA ALVAREZ
LA SECRETARIA,
BRIGIDA TERAN MORENO.
En esta misma fecha se publicó y registró la anterior sentencia.
LA SECRETARIA,
BRIGIDA TERAN MORENO
DASA/ BTM/kf
EXP.T2M-M 14.631-2024
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