D E C I S I O N
Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: PROCEDENTE la solicitud de Divorcio por Mutuo Consentimiento formulada por los ciudadanos MARIA EUGENIO PEREZ KEY y JULIO MANUEL FLORES MENDOZA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-9.670.522 y V-8.622.406, respectivamente, y en consecuencia DISUELTO EL VINCULO matrimonial que los unió, desde el día 15 de diciembre del año (2023), por ante el Registro Civil del Municipio Libertador Capital Palo Negro del estado Aragua, según se evidencia de copia certificada bajo el acta Nº 265, Folio 021, del año 2023.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal. Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y FRANCISCO LINARES ALCÁNTARADE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA Palo Negro, a los diecisiete (17) días del mes de octubre del año dos mil veinticuatro (2024). Años: 214° de la Independencia y 165° de la Federación.
LA JUEZ SUPLENTE
JOHANA CASTILLO TORRES
LA SECRETARIA
STEPHANY ANDREINA QUERO BORGES
En esta misma fecha, se publicó la anterior sentencia previo anuncio de Ley a las puertas del Tribunal, siendo las 11: 30 a.m.
LA SECRETARIA
JYCT/sq
Exp. NºTMP-5519-2024
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