D E C I S I O N
Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Libertador y Francisco Linares Alcántara de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: PROCEDENTE la solicitud de Divorcio por Mutuo Consentimiento formulada por los ciudadanos MARIO ALEXANDER MORENO DELGADO y TIRCARA JOSEFINA DIAZ BASTIDA,
venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-10.458.726 y V-7.273.061, respectivamente, y en consecuencia DISUELTO EL VINCULO matrimonial que los unió, en fecha 11 de octubre de 2006, por ante el Registro Civil del Municipio Libertador del estado Aragua, según se evidencia de copia certificada bajo el acta Nº 319, folio 270, tomo 2, del año 2006.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal. Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Libertador y Francisco Linares Alcántara de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, a los (18) días del mes de octubre del año dos mil veinticuatro (2024). Años: 214° de la Independencia y 165° de la Federación.
LA JUEZ SUPLENTE
JOHANA CASTILLO TORRES
LA SECRETARIA STEPHANY ANDREINA QUERO BORGES
En esta misma fecha, se publicó la anterior sentencia previo anuncio de Ley a las puertas del Tribunal, siendo las 10: 00 a.m.
LA SECRETARIA
JYCT/sq
Exp. NºTMP-5527-2024
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