Medidas de los Municipios Libertador y Francisco Linares Alcántara de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE MATRIMONIO, expedida por el Registro Civil de la Parroquia Catedral del Departamento Libertador del Distrito Federal, inserta bajo el Nro. 399, año 1952, de fecha 31 de diciembre de 1952, de los libros de Registro Civil de matrimonio, presentada por la por la abogada JENIFER CLARET OCHOA ZAMBRANO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 132.090, en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana GIORGIANA MARIA LEON SCANAGATTA, venezolana, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº V4.841.801, según consta en poder debidamente autenticado ante la Notaria Publica Primera de Maracay, en fecha 04 de mayo de 2023, quedando asentado bajo el N° 6, tomo 27, folios 19 hasta 20, previamente determinada así: PRIMERO: asentaron el nombre de la cónyuge “PIERINA SCANAGATA” siendo lo correcto “PIERINA SCANAGATTA LONGHIN”. SEGUNDO: asentaron el nombre del padre de la cónyuge como “AILIO SCANAGATA” siendo lo correcto “ATTILIO SCANAGATTA”. TERCERO: asentaron el nombre de la madre de la cónyuge como “BARIA LONGHIN” siendo lo correcto “MARIA LONGHIN”. Así se decide. En consecuencia, estámpese la respectiva nota marginal de la presente decisión en el acta expedida por el Registro Civil de la Parroquia Catedral del Departamento Libertador del Distrito Federal, inserta bajo el Nro. 399, año 1952, de fecha 31 de diciembre de 1952, de los libros de Registro Civil de Matrimonio, expídanse copia certificada de la presente decisión y remítase con oficio al Registro Principal Civil del Distrito Capital y al el Registro Civil de la Parroquia Catedral del Departamento Libertador del Distrito Federal, a los fines de que se estampe la debida Nota Marginal correspondiente.- Líbrense oficios.
LA JUEZ
BERLIX COROMOTO ARIAS LOZADA
LA SECRETARIA
STEPHANY ANDREINA QUERO
En la misma fecha se publicó y registró la anterior decisión, previo anuncio de Ley, siendo la 01:00 p.m.
LA SECRETARIA
EXP. Nº TMP-5563-24.-
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