REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR
DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y JOSÉ ÁNGEL LAMAS
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
Cagua, 28 de octubre de 2024
214° y 165°

ASIENTO NRO: ___.-
SOLICITUD NRO. T1M-C-8022-2024.
PARTE SOLICITANTE: Ciudadana, ANA ANGELINA LOMBANO BOLÍVAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-9.436.041.
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO.

Vista la solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICO UNIVERSAL HEREDERO, presentada por la ciudadana, ANA ANGELINA LOMBANO BOLÍVAR, venezolana, casada, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-9.436.041, debidamente asistida por la abogada VERÓNICA MERCEDES LEE RIVAS, inscrita en el I.P.S.A bajo el Nro. 52.144, donde solicita que sea declarada su persona la ciudadana ANA ANGELINA LOMBANO BOLÍVAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-9.436.041, junto a sus hijos ALVARO DAVID FLORES LOMBANO, RUTH GABRIELA FLORES LOMBANO y ANA GABRIEL FLORES LOMBANO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-21.203.791, V-26.350.555 y V-27.520.334, respectivamente, como “ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS” del de de-cujus, ALONSO DAVID FLORES GONZÁLEZ, quien en vida era venezolano, soltero, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-10.518.772, quien falleció ab-intestato, el día 29/04/2024, según consta el Acta de Defunción Nro. 725, Tomo 3, Folio 225, de fecha 30/04/2024. El Tribunal una vez verificado los recaudos y analizadas las actuaciones que fueron acompañadas en la solicitud en referencia promovidas por la mencionada ciudadana y evacuadas por ante este mismo Tribunal, y por cuanto no compareció persona alguna interesada, el Tribunal dejando a salvo los DERECHOS DE TERCEROS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Declaración de Único y Universal Heredero, y en consecuencia, declara conforme a derecho, a los ciudadanos, ANA ANGELINA LOMBANO BOLÍVAR, ALVARO DAVID FLORES LOMBANO, RUTH GABRIELA FLORES LOMBANO y ANA GABRIEL FLORES LOMBANO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-21.203.791, V-26.350.555 y V-27.520.334, respectivamente, como “ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS”, del de de-cujus, ALONSO DAVID FLORES GONZÁLEZ, quien en vida era venezolano, soltero, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-10.518.772, quien falleció ab-intestato, el día el día 29/04/2024, según consta el Acta de Defunción Nro. 725, Tomo 3, Folio 225, de fecha 30/04/2024. Y así se decide. Devuélvanse las actuaciones originales a la parte solicitante.
Publíquese, regístrese y déjese copia.- Dada, firmada y sellada en la sala de despacho de este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre y José Ángel Lamas de la Circunscripción Judicial del estado Aragua. En Cagua, a los veintiocho (28) días del mes de octubre del año dos mil veinticuatro (2.024). Años 214° de la Independencia y 165° de la Federación.-
LA JUEZ SUPLENTE,


ABG. LIZLLANA CERGELIS RIVAS LEÓN.-
LA SECRETARIA,

ABG. JAHIMIR LÓPEZ.-
En la misma fecha siendo 10:00 am, se publicó, y registró la anterior sentencia, en la página web del Tribunal Supremo de Justicia región Aragua, http://www.tsj.gob.ve
LA SECRETARIA,

ABG. JAHIMIR LÓPEZ.-




Solicitud. N° T1M-C-8022-2024
LCRL/Jl/mm