REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSÉ FÉLIX RIBAS, JOSÉ RAFAEL REVENGA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
La Victoria, Dos (02) de octubre de Dos Mil Veinticuatro (2024)
213° y 164°
SOLICITUD: T2M-V-885-24
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO
SOLICITANTES: ZULAY MARGARITA FIGUEROA de MEZA, venezolana, mayore de edad, titular de la cédula de identidad Nro V-4.421.578.
ABOGADO ASISTENTE: ASDRUVAL RAFAEL SOLANO ESPINOZA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 73.326.
Cumplidos todos los requisitos de Ley y admitida como fue la presente solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, interpuesta por la ciudadana ZULAY MARGARITA FIGUEROA de MEZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro V-4.421.578, actuando en nombre propio y representación de su hijo JESÚS ALBERTO MEZA FIGUEROA, venezolano, mayor de edad, soltero y titular de la cédula de identidad Nº V-15.735.095, debidamente asistida por el Abogado ASDRUVAL RAFAEL SOLANO ESPINOZA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 73.326, solicitando se le declare como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del JESÚS ALBERTO MEZA, quien fuera venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-3.985.855, fallecido Ab- intestato, el día 27 de noviembre del año 2023, en el Ambulatorio Padre Lazo, Municipio José Félix Ribas, como se evidencia de Certificación del Acta de Defunción expedida por el Registro Civil y Electoral del Municipio José Félix Ribas del Estado Aragua, Acta Nro.827, Tomo 04, Folio 077, Año 2023. Ésta Sentenciadora una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia promovidas por la solicitante y evacuada por ante éste mismo Tribunal, dejando a salvo los derechos de terceros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA conforme al artículo 937 del Código de Procedimiento Civil Venezolano, CON LUGAR la Solicitud de Únicos y Universales Herederos, del fallecido JESÚS ALBERTO MEZA, plenamente identificado, a los ciudadanos ZULAY MARGARITA FIGUEROA de MEZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro V-4.421.578 y a JESÚS ALBERTO MEZA FIGUEROA, venezolano, mayor de edad, soltero y titular de la cédula de identidad Nº V-15.735.095, la primera con el carácter de cónyuge, como se constata en copia simple del acta de Matrimonio N° 51, Año 1980 expedida por el Registro Civil Parroquia Altagracia, y el siguiente en su condición de hijo del De Cujus, como consta en copia simple de las actas de nacimiento Nros. 2.400, Año 1982 expedida por el Registro Civil de la Parroquia El Valle, Caracas, que corren insertas del folio siete (07) al folio nueve (09), de la presente solicitud. Y ASÍ SE DECIDE. Expídanse copias certificadas de toda la solicitud, para el archivo en éste Tribunal y las que soliciten los interesados. Devuélvanse las actuaciones a los solicitantes.
Publíquese, regístrese y déjese copia
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho de este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSÉ FÉLIX RIBAS y JOSÉ RAFAEL REVENGA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, en La Victoria a segundo (2do) día del mes octubre de Dos Mil Veinticuatro (2024). Años 213º de la Independencia y 164º de la Federación.
LA JUEZA
ABG. ROSANGELA DAYANA ROMERO MORGADO.
EL SECRETARIO
ABG. EDWARD HERNÁNDEZ
En la misma fecha siendo las 11:30 a.m. Se publicó, se registró y se dejó copia de la anterior decisión, previo anuncio de Ley a las puertas del Tribunal.
EL SECRETARIO
ABG. EDWARD HERNÁNDEZ
RDRM/EH/At
SOL. Nº T2M-V-885-24
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