CAUSA Nº 5C-SOL-5247-24
LA JUEZ: ABG. YACIANI J DIAZ MARCANO
FISCAL 15°:ABG. VICTOR ACACIO
IMPUTADO:POR IDENTIFICAR
SECRETARIO (A): ABG. ENOLA JAIMES
DECISIÓN:CONLUGARELSOBRESEIMIENTO 300 NUMERAL 1°.
VistoelcontenidodelOficioNro.05-F15-1139-24,medianteelcualelABG.VICTOR ACACIO,FiscalProvisorio en la fiscalía 15° MinisterioPublicodelaCircunscripciónJudicialdelestadoAragua,presentosolicituddeSOBRESEIMIENTOdelapresentecausa,segúnconloestablecidoenelartículo300numeral1delCódigoOrgánicoProcesalPenal vigente para la época de la solicitud,afavordelciudadano:POR IDENTIFICAR esteTribunalparadecidirenrelaciónalasolicituddesobreseimientopreviamenteobserva:
DELASOLICITUD
Enlos Capítulos IV y V dedichoescrito,laVindictaPublicasolicitaelSOBRESEIMIENTO,conformealoestablecidoenelartículo300numeral1delCódigoOrgánicoProcesalPenal Vigente para la época de la solicitud, de la siguiente manera:
Efectuando el análisis de las actas que conforman el presente expediente, considera quien suscribe, que los hechos objeto de inquisición, iniciados con ocasión a la aprehensión de los ciudadanos:
CONSIDERACIONESPARADECIDIR
Elsobreseimientoesunainstitucióndeordenpúblicorepresentadoporunadecisiónjurisdiccionaldelacualsedaporterminadoelprocesodemaneradefinitiva,enrazóndeunacausalexpresamenteprevistaenlaleyyqueimpidesuprosecución.Constituyeunadelasformasdeconclusióndelprocesodeinvestigación,mediantelacualsedaporterminadalafasedeinicialdelproceso,talresolucióntienefuerzadedefinitivayportantoproduceefectosdecosajuzgada,porloqueimpidetodanuevapersecucióncontraelimputadoafavordequiensehubieredeclarado.
ComoactoconclusivodelafasepreparatoriaprocedeestaresoluciónasolicituddelMinisterioPublicoanteelJuezdeControldeacuerdoalartículo302delCódigoOrgánicoProcesalPenal,cuando,terminadoelprocedimientopreparatorioestimequeprocedenatalefectounaovariasdelascausalesprevistasenelartículo300ejusdem.
EnlapresentecausaelrepresentantedelMinisterioPublicofundamentasupetitorioenelArtículo318,numeral1,delCódigoOrgánicoProcesalPenal, vigente para la fecha de la solicitud.
ELTRIBUNALDECIDE.
CorrespondeaesteJuzgador,alexaminarlascircunstanciasdelcasoenconcretoytomarsudecisión,quenoesotracosaquetomarencuentalosfundamentosconstitucionalesylegalesdenuestroordenamientojurídicovigente,enelcualellegisladorprevióennuestrogarantistaCódigoOrgánicoProcesalPenal,lafiguradelSOBRESEIMIENTODELACAUSA,previstoenelartículo300 .1delCódigoOrgánicoProcesalPenal,enelcualseñala:
ART.300Sobreseimiento.Elsobreseimientoprocedecuando:
1.-Elhechoobjetodelprocesonoserealizóonopuedeatribuírselealimputadooimputada.
02.-Elhechoimputadonoestípicooconcurreunacausadejustificación,inculpabilidadodenopunibilidad.
3.-Laacciónpenalsehaextinguidooresultaacreditadalacosajuzgada.
4.-Apesardelafaltadecerteza,noexistarazonablementelaposibilidaddeincorporarnuevosdatosalainvestigación,ynohayabasesparasolicitarfundadamenteelenjuiciamientodelimputado.
5.-AsíloestablezcaexpresamenteesteCódigo.
ConsideraesteTribunalqueleasistelarazónalaVindictaPublicaalsolicitarelSobreseimientodelacausaafavordelciudadano: POR IDENTIFICAR TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD V- NO INDICA, porcuantoloshechossolicito al digno tribunal sea admitida la presente solicitud, sea sustanciada conforme a derecho y sea decretado de oficio, según lo estipula el artículo 300 de la norma adjetiva penal, POR IDENTIFICAR TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD V- NO INDICA. de quien se desconocen más datos de conformidad con lo pautado en el articulo 300 numeral 1°, del Código Orgánico Procesal Penal, por lo considerar quienes sobreseen que estamos en presencia de hecho que no se realizo,en tal sentido tomando en consideración que no existen elementos de convicción para sustentar acusación en contra del imputados, se entiende en consecuencia que el hecho objeto de la investigación que fuere imputado en su oportunidad, no pueden ser finalmente atribuidos al imputado ningún delito, porloquesehaceprocedente,DECRETARELSOBRESEIMIENTOdelacausa,instruidaencontradelosciudadanosyamencionados,conformealartículo300, supuesto delnumeral1,delCódigoOrgánicoProcesalPenal.YASIFINALMENTESEDECIDE.-
DISPOSITIVA.
SobrelabasedelosfundamentosdehechoydederechoantesexpuestosesteJuzgadodePrimeraInstanciaenloPenaldelCircuitoJudicialPenaldelEstadoAragua,enFunciónQuintodeControl,AdministrandoJusticiaennombredelaRepúblicaBolivarianadeVenezuelayporautoridaddelaLeyhaceelsiguientepronunciamiento:UNICO:SeacuerdaelSOBRESEIMIENTODELACAUSAafavordelciudadano Imputado;deconformidadaloestablecidoenel artículo300, supuesto delnumeral1,delCódigoOrgánicoProcesalPenal,porcuantoel hecho objeto de la investigación que fuere imputado en su oportunidad, no pueden ser finalmente atribuidos un delito al imputados. Notifíquese.Diaricese.Cúmplase.-.
LAJUEZ,
ABG.YACIANI J DIAZ MARCANO
LASECRETARIA.
ABG. ENOLA JAIMES
CAUSA- 5C-SOL-5247-24
YJDM/mn
|