REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL OCTAVO DE CONTROL
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ARAGUA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA ESTADAL EN FUNCIONES DE CONTROL Nº 08
213° y 165°
MARACAY, 09 DE SEPTIEMBRE DE 2024
CAUSA N°: 8C-19774-12
JUEZ: ANA MARIA BLANCO SANDOVAL
IMPUTADO: ERICK LUIS PULIDO SANCHEZ
VICTIMA: DESCONOCIDO
FISCAL 2º: ABG. ZURITA DIAZ EDGAR y ABG. NAYESTH BETANIA CACERES MENDOZA
DECISIÓN: SOBRESEIMIENTO
Compete a este Tribunal de Instancia, conforme a lo establecido en el artículo 66 del Código Orgánico Procesal Penal, conocer de la presente causa y dictar la decisión correspondiente, en base a la solicitud de sobreseimiento interpuesta por los ABG. ZURITA DIAZ EDGAR, en su carácter de FISCAL PROVISORIO DE LA FISCALÍA SEGUNDA DEL MINISTERIO PÚBLICO DEL ESTADO ARAGUA y ABG. NAYESTH BETANIA CACERES MENDOZA, FISCAL AUXILIAR INTERINO DE LA FISCALÍA SEGUNDA DEL MINISTERIO PÚBLICO DEL ESTADO ARAGUA, de conformidad con el artículo 300 Ordinal 2° del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia, esta Juzgadora procedió a decidir, una vez revisadas las actuaciones que conforman el presente proceso y verificar si es procedente o no la solicitud de Sobreseimiento de la Causa, presentada, pasa a dictar la siguiente decisión:
HECHOS Y CIRCUNSTANCIAS OBJETO DE LA INVESTIGACIÓN
“…Es el caso que en fecha 31 de octubre del 2012, en horas de la tarde, el funcionario oficial (PA) SALAZAR YEISON, adscrito a la ESTACIÓN POLICIAL EL CONSEJO DE LA POLICÍA DE ARAGUA, encontrándose desempeñando servicio de vigilancia y patrullaje en punto de control específicamente en la carretera panamericana sector trapiche del medio Municipio José Rafael Revenga, en compañía del funcionario oficial GONZÁLEZ WILMER, lograron avistar un ciudadano quien venía en sentido Las Tejerías-La Victoria a bordo de un vehículo moto de color amarillo, mostrando una actitud nerviosa, por lo que se le indico que estacionara su vehículo, se procedió a verificar ante el sistema SIIPOL, arrojando que se encontraba REQUERIDO por la Sub Delegación DEL CICPC, Maracay División de captura, de fecha 10-03-2004, por el delito de robo, según memo 15501, régimen de presentaciones transitorias, orden de captura Nº 011, emanada del Tribunal 1º de Control del estado Aragua…”
LOS FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO
Ahora bien, manifiesta la Vindicta Pública que en el presente caso, no existe la comisión de hecho punible alguno, de los elementos se evidencia efectivamente que el hecho investigado no es tipico. Por lo que estando así la situación, es criterio de esta Juzgadora, que el hecho objeto del proceso, no puede atribuírsele a persona alguna, lo procedente y ajustado a derecho decretar el SOBRESEIMIENTO de conformidad con lo establecido en el Artículo 300 Ordinal 2° del Código Orgánico Procesal Penal, y así se decide.
DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial del estado Aragua en Función de Control Nº 08, administrando Justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa, y en consecuencia la extinción de la Acción Penal, en la causa signada con el N° 8C-19774-12, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 300 Ord. 2° del Código Orgánico Procesal Penal. Se ordena en consecuencia remitir la causa al Archivo Central para su Archivo Definitivo. Notifíquese a las partes. Regístrese la presente decisión. Remítase. Cúmplase.-
LA JUEZ,
ABG. ANA MARIA BLANCO SANDOVAL
LA SECRETARIA,
ABG. MIGYERLYN OJEDA
En esta misma fecha se dio cumplimiento con lo ordenado y se libraron Boletas Nº 1813-24 y 1814-24.
LA SECRETARIA,
ABG. MIGYERLYN OJEDA
CAUSA N° 8C-19774-12
AMBS/NV.-