REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DÉCIMO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO, BANCARIO Y MARÍTIMO CON SEDE EN LA CIUDAD
DE CARACAS.
Caracas, 16 de septiembre de 2024
Años: 214º y 165º

Mediante escrito de fecha trece (13) de agosto de 2024, presentado de manera conjunta por la ciudadana Ana Luisa Gutiérrez Picón, titular de la cédula de identidad N° V-13.309.650, debidamente asistida por los abogados en ejercicio Jennifer Mariño Gutiérrez y Jean Carlos Corrales Salvatierra, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 145.735 y 299.141, respectivamente, y por el ciudadano Carmelo Giuseppe Segreto Cocchiara, titular de la cédula de identidad N° V-11.666.433, debidamente asistido por el abogado en ejercicio Miguel Ángel Centeno Adrian, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 93.922, realizaron partición amistosa de bienes, donde la parte actora cede y traspasa los derechos como comunera de un bien inmueble y la parte demandada realiza el pago de cantidades líquidas de dinero de la cesión y traspaso acordada en la transacción; asimismo la parte demandada realiza la cesión y traspaso a la parte actora de un vehículo; por lo que este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA la partición amistosa celebrada entre la ciudadana Ana Luisa Gutiérrez Picón y el ciudadano Carmelo Giuseppe Segreto Cocchiara, en los términos contenidos en su escrito, y por tanto, DECLARA terminado el proceso.
Es todo.-

EL JUEZ

MARCOS DE ARMAS ARQUETA
LA SECRETARIA

MARYORY TORRES TORRES




MDAA/mtt.-
Expediente Nº 2023-001199