Vista la solicitud formulada por el ciudadano: MIGUEL ANGEL UTRERA VELASQUEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, y titular de la cédula de identidad Nº V-10.754.485, debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 200.819, actuando en su propio nombre, en la que solicita le sea declarado título suficiente de propiedad sobre unas bienhechurías ubicadas sobre un lote de terreno propio, signada con CERTIFICADO CATASTRAL 05-11-01-U01-008-018-040-000-000-000, en la siguiente dirección: Parroquia Santiago Mariño, Sector Turmero, Callejón Cañafistola, Parcela Nº 30-2, Turmero, Municipio Santiago Mariño del estado Aragua, la cual tiene una superficie de terreno de DOSCIENTOS CINCUENTA Y DOS CON CUARENTA Y DOS METROS CUADRADOS (252,42 MTS2), con un área de construcción de SETENTA Y CINCO CON CINCO METROS CUADRADOS (75,05 MTS2), cuyas medidas y linderos son los siguientes: NORTE: Callejón Cañafistola; SUR: Lote de terreno asignado a Víctor Pérez Velásquez; ESTE: Calle Villa Castin y OESTE: Lote de terreno asignado a José Abel Pérez Velásquez. Y vistas igualmente las declaraciones de los (as) ciudadanos(as): SALAS LIEBANO MAURA CAROLINA y GARCIA BELLORIN YASMELYS NAKARY venezolanas, mayores de edad, titulares de las cedulas de Identidad Nº V-9.435.990 y V-15.428.999, respectivamente. Este Tribunal Declara Titulo Supletorio, a favor de la ciudadana: MIGUEL ANGEL UTRERA VELASQUEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, y titular de la cédula de identidad Nº V-10.754.485, debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 200.819, a los solos fines de efectuar el trámite respectivo por ante el ente correspondiente; DEJÁNDOSE SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS, de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.- Devuélvanse los originales de estas Actuaciones a la parte interesada. Expídanse copias certificadas que fueren menester al interesado, conforme lo establecido en los artículos 111 y 112 Ejusdem. Cúmplase.
LA JUEZA
ISNELDA LOURDES MENDIA VILLEGAS.
LA SECRETARIA
ARIADNA A. CHIONIS M.
En esta misma fecha, se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede y se devuelve constante de ____________ folios útiles.-
LA SECRETARIA
SOLICITUD N° ST-599-24.-
ILMV/Achm.-
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