D I S P O S I T I V O
Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Francisco Linares Alcántara de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO POR DESAFECTO, presentada por los ciudadanos CHRISMARY CAROLINA CARPIIO QUINTERO y BRYAN XAVIER GOMEZ DIAZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedula de identidad Nros V-27.050.710 y V-24.523.067, respectivamente, fundamentada en los mencionados principios, la Sala Constitucional de este tribunal Supremo de Justicia, mediante sentencia 693 de fecha 02 de Junio de 2.015 en el artículo 185 del Código Civil. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo conyugal contraído en fecha 27 de Abril del año 2018 por ante el Registro Civil de la Parroquia Francisco de Miranda del Municipio Francisco Linares Alcántara del estado Aragua; tal y como consta en acta anotada bajo el Nro.40, folio Nº 41, tomo I del año 2018, del Libro de Registro Civil de Matrimonios llevados por dicho Registro. -
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Francisco Linares Alcántara de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. En Palo Negro a los diecinueve (19) días del mes de septiembre del 2024. Años 214° de la Independencia y 165° de la Federación.
LA JUEZ
BERLIX COROMOTO ARIAS LOZADA
LA SECRETARIA
STEPHANY ANDREINA QUERO BORGES
En esta misma fecha, se publicó la anterior sentencia previo anuncio de Ley a las puertas del Tribunal, siendo las 10: 00 a.m.
TMP-5411-24
|