REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA. -
Maracay, 04 de Abril de 2.025
214º y 166º

Expediente: 43.226 (Nomenclatura interna de este Tribunal).
PARTE ACTORA:VÍCTOR ABDALA GUZMÁN AYUB, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.-22.294.356.
ABOGADO ASISTENTE:DESIREE YOMAR ROJAS DIAZ,inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 131.539.
PARTE ACCIONADA:Asociación Civil Pro-vivienda “VILLAS EL ÁNGEL”,inscrita en fecha doce (12) de marzo de 1997 en la Oficina Subalterna del Segundo Circuito de Registro de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry del Estado Aragua, bajo el N° 26, Tomo 25, Protocolo Primero, representada por el ciudadano DAVID EDUARDO ALCALÁ REYES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V.-10.300.678, en su carácter de presidente de esta.
MOTIVO:COBRO DE BOLIVARES VÍA EJECUTIVA
SENTENCIA INTERLOCUTORIA (DECRETO DE MEDIDA DE EMBARGO EJECUTIVO).-

-I-
NARRATIVA

Seinició juicio de Cobro de Bolívares vía ejecutiva, incoado por el ciudadano VÍCTOR ABDALA GUZMÁN AYUB, dirigiendo su pretensión en contra de la Asociación Civil Pro-vivienda “VILLAS EL ÁNGEL”; todos plenamente identificados en el encabezado del presente fallo.

Previo sorteo de distribución correspondió conocer para la sustanciación del presente juicio; dándosele entrada en fecha 27 de abril de 2023. Posteriormente consignado los instrumentos que fundamentan el escrito libelar en fecha 28 de abril de 2023, este Juzgado mediante auto inserto a los folios 120 y 121, previa revisión de los recaudos acompañados junto con la demanda admite la misma, y ordena la apertura del cuaderno de medidas a los fines de pronunciarse sobre la solicitud realizada por la parte actora, la cual es del siguiente tenor:

“…(omisis)… el préstamo que se trata esta demanda es: i) un instrumento público, con efectos iuris et de iure; ii) donde consta la obligación clara y cierta del demandado de pagar la cantidad líquida con plazo cumplido de TRESCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS OCHENTA Y SEIS dólares de los Estados Unidos de Norteamérica (U.S.$ 379.586,00); y, iii) de pagar los intereses causados durante la vigencia del préstamo, a la tasa del 12% anual, cuyo monto estimado es la cantidad de VEINTIDÓS MIL SETECIENTOS SETENTA Y CINCO MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMERICA, CON DIECISEIS CENTAVOS (U.S.$ 22.775,16)
Así mismo, dicho préstamo tiene garantía hipotecaria sobre cuarenta inmuebles ofrecidos por la deudora para garantizar el pago, constituida sobre las parcelas de terreno distinguidas con los números: 3, 7 , 13, 21, 22, 24, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 57, 63, 65, 66, 68, 69, 70, 72, 74, 85, 87, 88, 89, 92, 93, 95, 96, 97, 101, 103, 107, 109, 115 y 117, y las respectivas casas-quinta sobre ellas, construidas, que forman parte del Parcelamiento denominado URBANIZACIÓN VILLAS EL ÁNGEL, situado en la calle Leonardo Ruiz Pineda del Asentamiento Campesino La Morita II, en jurisdicción del Municipio Autónomo Santiago Mariño del estado Aragua, en tal virtud conforme se establece en el dispositivo del artículo 630 del Código de Procedimiento Civil, se solicita a este tribunal proceda a decretar ab initio con carácter de urgencia la medida de embargo ejecutivo sobre los bienes hipotecados abriendo el respectivo cuaderno de medidas.
El lote de terreno integrado sobre el cual se encuentra construido el desarrollo urbanístico este distinguido con el N° 69 y con numero catastral 05-17-01-90; tiene una superficie aproximada de VEINTICINCO MIL CUATROSCIENTOS SETENTA CINCO METROS CUADRADOS CON SETENTA Y OCHO DECÍMETROS CUADRADOS (25.745,78M2), cuyas características y demás determinaciones constan en el Documento de Parcelamientomás adelante señalado, que se dan aquí por reproducidas en su totalidad. Los linderos y medidas de las CUARENTA (40) parcelas de terreno distinguidas con los números: 3, 7, 13, 21, 22, 24, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 57, 63, 65, 66, 68, 69, 70, 72, 74, 85, 87, 88, 89, 92, 93, 95, 96, 97, 101, 103, 107, 109, 115 y 117, son las siguientes: PARCELA Nro. 03: tiene una superficie aproximada de Ciento Veinte metros Cuadrados (120Mts2) y se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas particulares: NORTE: Con la parcela Nro. 02 en doce metros (12 mts). SUR: Con la parcela Nro. 04 en doce metros (12 mts). ESTE: Con la avenida Nro 1 de la Urbanización Villas el Angel en diez metros (10 mts). OESTE: Con la parcela Nro. 68 de Francisco Fraiz en diez metros (10 mts). PARCELA NRO. 07: Tiene una superficie aproximada de Ciento Veinte metros Cuadrados (120Mts2) y se encuentra comprendida de los siguientes linderos y medidas particulares: NORTE: Con la parcela Nro. 06 en doce metros (12 mts). SUR: Con la parcela Nro. 08 en doce metros (12 mts). ESTE: Con la avenida Nro. 1 de la Urbanización Villas el Angel en diez metros (10 mts). OESTE: Con la parcela Nro. 68 de Francisco Fraiz en diez metros (10 mts). PARCELA Nro. 13: Tiene una superficie aproximada de Ciento Veinte metros Cuadrados (120Mts2) y se encuentra comprendida dentrp de los siguientes linderos y medidas particulares. NORTE: con la parcela Nro. 12 en doce mtros (12 mts). SUR: Con la parcela Nro. 14 en doce metros (12 mts). ESTE: Con la avenida Nro. 1 de la Urbanización Villas el Ángel en diez metros (10 mts). PARCELA Nro. 21: tiene una superficie de Ciento Veinte metros Cuadrados (120Mts2 alinderado asi: NORTE: Con la parcela Nro. 20 en doce metros (12 mts). SUR: Con la parcela Nro. 22 en doce metros (12 mts). ESTE: Con la avenidaNro. 1 de la Urbanización Villas el Ángel en diez metros (10 mts). OESTE: Con la Parcela Nro. 68 de Francisco Fraiz en diez metros (10 mts). PARCELA Nro. 22: Tiene una superficie de Ciento Veinte Metros Cuadrados (120 Mts2) alinderado así: NORTE: Con la parcela Nro. 21 en doce metros (12 mts). SUR: Con la parcela Nro. 23 en doce metros (12 mts). ESTE: Con la Avenida Nro. 1 de la Urbanización Villas el Ángel en diez metros (10 mts). OESTE: Con la Parcela Nro. 68 de Francisco Fraiz en diez metros (10 mts). PARCELA Nro. 24: Tiene una superficie aproximada de Ciento Veinte Metros Cuadrados (120 Mts2) y se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas particulares: NORTE: Con la parcela Nro. 23 en doce metros (12 mts) SUR: Con la parcela Nro. 25 en doce metros (12 mts). ESTE: Con la Avenida Nro. 1 de la Urbanización Villas el Ángel en diez metros (10 mts). OESTE: Con la Parcela Nro. 68 de Francisco Fraiz en diez metros (10 mts), PARCELA Nro. 29: Tiene una superficie aproximada de Ciento Veinte Metros Cuadrados (120 Mts2) y se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas particulares: NORTE: Con la parcela Nro. 28 en doce metros (12 mts). SUR: Con la parcela Nro. 30 en doce metros (12 mts). ESTE: Con la Avenida Nro. 1 de la Urbanización Villas el Ángel en diez metros (10 mts). OESTE: Con la Parcela Nro. 68 de Francisco Fraiz en diez metros (10 mts). PARCELA Nro. 30: Tiene una superficie aproximada de Ciento Veinte Metros Cuadrados (120 Mts2) y se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas particulares:NORTE:Con la parcela Nro. 29 en doce metros (12 mts). SUR:Con la parcela Nro. 31 en doce metros (12 mts). ESTE: Con la Avenida Nro. 1 de la Urbanización Villas el Ángel en diez metros (10 mts.) OESTE: Con la Parcela Nro. 68 de Francisco Fraiz en diez metros (10 mts). PARCELA Nro. 31: Tiene una superficie aproximada de Ciento Veinte Metros Cuadrados (120 Mts2) y se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas particulares: NORTE: Con la parcela Nro. 30 en doce metros (12 mts). SUR: Con la parcela Nro. 32 en doce metros (12 mts). ESTE: Con la Avenida Nro. 1 de la Urbanización Villas el Ángel en diez metros (10 mts). OESTE: Con la Parcela Nro. 68 de Francisco Fraiz en diez metros (10 mts). PARCELA Nro. 32: Tiene una superficie aproximada de Ciento Veinte Metros Cuadrados (120 Mts2) y se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas particulares: NORTE: Con la parcela Nro. 31 en doce metros (123 mts). SUR: Con la parcela Nro. 33 en doce metros (12 mts). ESTE: Con la Avenida Nro. 1 de la Urbanización Villas el Ángel en diez meteros (10 mts). OESTE: Con la Parcela Nro.68 de Francisco Fraiz en diez metros (10 mts). PARCELA Nro. 33: Tiene una superficie aproximada de Ciento Ochenta Metros Cuadrados (180 Mts2) y se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas particulares: NORTE: Con la parcela Nro. 32 en doce (12 mts), SUR: Con la parcela Nro. 34 en doce metros (12 mts). ESTE: Con la Avenida Nro. 1 de la Urbanización Villas el Ángel en quince metros (15 mts). OESTE: Con la Parcela Nro. 68 de Francisco Fraiz en quince metros (15 mts). PARCELA Nro. 34: Tiene una superficie aproximada de Ciento Ochenta Metros Cuadrados (180 Mts2) y se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas particulares: NORTE: Con la parcela Nro. 33 en doce metros (12 mts). SUR: Con la parcela Nro. 35 en doce metros (12 mts). ESTE:Con la Avenida Nro. 1 de la Urbanización Villas el Ángel en quince metros (15 mts). OESTE: Con la Parcela Nro. 68 de Francisco Fraiz en quince metros (15 mts). PARCELA Nro. 35: Tiene una superficie aproximada de Doscientos Setenta Metros Cuadrados (270 Mts2) y se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas particulares: NORTE: Con la ´parcela Nro. 34 en doce metros (12 mts). SUR: Con los terrenos de Ana María Morales Carvajal en diecinueve metros (19 mts). ESTE: Con la parcela Nro. 36 en doce metros (12 mts). OESTE: Con la Parcela Nro. 68 de Francisco Fraiz en quince metros con ochenta centímetros (15,8 mts). PARCELA Nro. 36: Tiene una superficie aproximada de Ciento Vente Metros Cuadrados (120 Mts2) y se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas particulares: NORTE: Con la quinta transversal en diez metros (10 mts). SUR: Con terrenos de Ana María Morales Carvajal en diez metros (10 mts). ESTE: Con la parcela Nro. 37 en doce metros (12 mts). OESTE: Con la Parcela Nro. 35 en doce metros (12 mts). PARCELA Nro. 37:Tiene una superficie aproximada de Ciento Veinte Metros Cuadrados (120 Mts2) y se encentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas particulares: NORTE: Con la quinta transversal en diez metros (10 mts). SUR: Con terrenos de Ana Maria Morales Carvajal en diez metros (10 mts). ESTE: Con la parcela Nro. 38 en doce metros (123 mts). OESTE: Con la Parcela Nro. 36 en doce metros (12 mts). PARCELA Nro. 38: Tiene una superficie aproximada de Ciento Veinte Metros Cuadrados (120 Mts2) y se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas particulares: NORTE: Con la quinta transversal en diez metros (10 mts). SUR: Con terrenos de Ana María Morales Carvajal en diez metros (10 mts). ESTE: Con la parcela Nro. 39 en doce metros (12 mts). OESTE: Con la Parcela Nro. 37 en doce metros (12 mts). PARCELA Nro. 57: Tiene una superficie de Ciento Ochenta Metros Cuadrados (180 Mts2) alinderado así: NORTE Con la parcela Nro. 58 en doce metros (12 mts). SUR: Con la parcela Nro. 56 en doce metros (12 mts). ESTE: Con el Barrio el Paraiso en quince metros (15 mts). OESTE: Con la Avenida Nro. 2 de la Urbanización Villas el Ángel en quince metros (15 mts). PARCELA Nro. 63: Tiene una superficie aproximada de Ciento Veinte Metros Cuadrados (120 Mts2) y se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas particulares: NORTE: Con la parcela Nro. 64 en doce metros (12 mts). SUR: Con la parcela Nro. 62 en doce metros (12 mts). ESTE: Con el Barrio el Paraíso en diez metros (10 mts). ESTE: Con la Avenida Nro. 2 de la Urbanización Villas el Ángel en diez metros (10 mts). PARCELA Nro. 65: Tiene una superficie de Ciento Ochenta Metros Cuadrados (180 Mts2) y se encuentra comprendida dentro de los siguiente4s linderos y medidas particulares: NORTE: Con la parcela Nro. 66 en doce metros (12 mts). SUR: Con la parcela Nro. 64 en doce metros (12 mts). ESTE: Con el Barrio el Paraíso en quince metros (15 MTS). OESTE: Con la Avenida Nro. 2 de la Urbanización Villas el Ángel en quince metros (15 mts). PARCELA Nro. 66: Tiene una superficie de Ciento Ochenta Metros Cuadrados (180 Mts2) y se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas particulares: NORTE: Con la parcela Nro. 67 en doce metros (12 mts). SUR: Con la parcela Nro. 65 en doce metros (12 mts). ESTE: Con el Barrio el Paraíso en quince metros (15 mts). OESTE: Con la Avenida Nro. 2 de la Urbanización Villas el Ángel en quince metros (15 mts). PARCELA Nro. 68: Tiene una superficie aproximada de Ciento Veinte Metros Cuadrados (120 Mts2) y se encentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas particulares: NORTE: Con la parcela Nro. 69 en doce metros (12 mts). SUR: Con la parcela Nro. 67 en doce metros (12 mts). ESTE: Con el Barrio el Paraíso en diez metros (10 mts). OESTE: Con la Avenida Nro. 2 de la Urbanización Villas el Ángel en diez metros (10 mts). PARCELA Nro. 69: Tiene una superficie aproximada de Ciento Veinte Metros Cuadrados (120 Mts2) y se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas particulares: NORTE: Con la parcela Nro. 70 en doce metros (12 mts). SUR: Con la parcela Nro. 68 en doce metros (12 mts). ESTE: Con el Barrio el Paraíso en diez metros (10 mts). PARCELA Nro. 70: Tiene una superficie aproximada de Ciento Veinte Metros Cuadrados (120 Mts2) y se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas particulares: NORTE: Con la parcela Nro. 71 en doce metros (12 mts). SUR: Con la parcela Nro. 69 en doce metros (12 mts). ESTE: Con el Barrio el Paraíso en diez metros (10 mts). OESTE: Con la Avenida Nro. 2 de la Urbanización Villas el Ángel en diez metros (10 mts). PARCELA Nro. 72: Tiene una superficie aproximada de Ciento Veinte Metros Cuadrados (120 Mts2) y se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas particulares: NORTE: Con la parcela Nro. 73 en doce metros (10 mts). OESTE: Con la Avenida Nro. 2 de la Urbanización Villas el Ángel en diez metros (10 mts). PARCELA Nro. 74: Tiene una superficie aproximada de Ciento Ochenta Metros Cuadrados (180 Mts2) y se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas particulares: NORTE: Con terrenos de Jesús Eli Morales Carvajal en doce metros (12 mts). SUR: Con la parcela Nro. 73 en doce metros (12 mts). ESTE: Con el Barrio el Paraíso en quince metros (15 mts). OESTE: Con la Avenida Nro. 2 de la Urbanización Villas el Ángel en quince metros (15 mts). PARCELA Nro. 85: Tiene una superficie aproximada de Ciento Veinte y Nueve Metros Cuadrados (129 Mts2) y se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas particulares: NORTE: Con la parcela Nro. 83 en once punto cinco metros (11,5 mts). SUR: Con la parcela Nro. 87 en once punto seis metros (11,6 mts). ESTE: Con la Avenida Nro. 2 de la Urbanización Villas el Ángel en once punto cinco metros (11,5 mts). OESTE: Con la parcela Nro. 88 en once punto cinco metros (11,5 mts). PARCELA Nro. 87: Tiene una superficie aproximada de Ciento Veinte y Dos Metros Cuadrados (122 Mts2) y se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas particulares: NORTE: Con la parcela Nro. 85 en once punto seis metros (11.6 mts). SUR: Con la parcela Nro. 89 en once punto ocho metros (11,8 mts). ESTE: Con la Avenida Nro. 2 de la Urbanización Villas el Ángel en diez punto cinco metros (10,5 mts). OESTE: Con la parcela Nro. 90 en diez punto cinco metros (10,5 mts). PARCELA Nro. 88: Tiene una superficie aproximada de Ciento Veinte y Nueve Metros Cuadrados (129 Mts2) y se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas particulares: NORTE: Con la parcela Nro. 86 en once punto cinco metros (11,5 mts). SUR: Con la parcela Nro. 90 en once punto seis metros (11,6 mts).- ESTE: Con la parcela Nro. 86 en once punto cinco metros (11,5 mts). OESTE: Con Avenida Nro. 1 de la Urbanización Villas el Ángel en once punto cinco metros (11,5 mts).OESTE: Con Avenida Nro. 1 de la Urbanización Villas el Ángel en once punto cinco metros (11,5 mts). PARCELA Nro. 89: Tiene una superficie aproximada de Ciento Veinte y Cuatro Metros Cuadrados (124 Mts2) y se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas particulares: NORTE: Con la parcela Nro. 87 en once punto ocho metros (11,8 mts). SUR: Con la parcela Nro. 91 en doce metros (12 mts). ESTE: Con Avenida Nro. 2 de la Urbanización Villas el Ángel en diez punto cinco metros (10,5 mts). OESTE: Con la parcela Nro. 92 en once punto cinco metros (11,5 mts). PARCELA Nro. 92: Tiene una superficie de Ciento Veinte y Cuatro Metros Cuadrados (124 Mts2) y se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas particulares: NORTE: Con la parcela Nro. 90 en once punto tres metros (11,3 mts). SUR: Con la parcela Nro. 94 en doce metros (12 mts). ESTE: Con la parcela Nro. 89 en diez punto cinco metros (10,5 mts). OESTE: Con la Avenida Nro. 1 de la Urbanización Villas el Ángel en diez punto cinco metros (10,5 mts). PARCELA Nro. 93: Tiene una superficie aproximada de Ciento Veinte y Siete Metros Cuadrados (127 Mts2) alinderado así: NORTE: Con la parcela Nro. 91 en doce punto dos metros (12,2 mts). SUR: Con la parcela Nro. 95 en doce punto tres metros (12.3 mts). ESTE: Con la Avenida Nro. 2 de la Urbanización Villas el Ángel en diez punto cinco metros (10,5 mts). OESTE: Con la parcela Nro. 96 en diez punto cinco metros (10,5 mts). PARCELA Nro. 95: Tiene una superficie de Ciento Veinte y Nueve Metros Cuadrados (129 Mts2) alinderado así: NORTE: Con la parcela Nro. 93 en doce punto tres metros (12,3 mts). SUR: Con la parcela Nro. 97 en doce punto cuatro metros (12, 4 mts). ESTE: Con la Avenida Nro. 2 de la Urbanización Villas el Ángel en diez punto cinco metros (10,5 mts). OESTE: Con la parcela Nro. 98 en diez punto cinco metros (10,5 mts). PARCELA Nro. 96: Tiene una superficie de Ciento Veinte y Siete Metros Cuadrados (127 Mts2) alinderado así: NORTE: Con la parcela Nro. 94 en doce punto dos metros (12,2 mts). SUR: Con la parcela Nro. 98en doce punto tres metros (12.3 mts). ESTE: Con la parcela Nro. 93 en diez punto cinco metros (10,5 mts). OESTE: Con la Avenida Nro. 1 de la Urbanización Villas el Ángel en diez punto cinco metros (10, 5 mts). PARCELA Nro. 97: Tiene una superficie de Ciento Treinta y Uno punto Cinco Metros Cuadrados (131,5 Mts2) alinderado así: NORTE: Con la parcela Nro. 95 en doce punto cuatro metros (12,4 mts). SUR: Con la parcela Nro. 99 en doce punto cinco metros (12,5 mts). ESTE: Con la Avenida Nro. 2 de la Urbanización Villas el Angel en diez punto cinco metros (10,5 mts). OESTE: Con la parcela Nro. 100 EN DIEZ PUNTO CINCO METROS (10,5 mts). PARCELA Nro. 101: Tiene una superficie de Ciento Treinta y Tres Metros Cuadrados con Sesenta Centímetros Cuadrados (113,6 Mts2) alinderado así: NORTE: Con la parcela Nro. 99 en doce punto seis metros (12,6 mts). SUR: Con la cuarta transversal en doce punto ocho metros (12,8 mts). ESTE: Con la Avenida Nro. 2 de la Urbanización Villas el Angel en diez punto cinco metros (10,5 mts). OESTE: Con la parcela Nro. 104 en diez punto cinco metros (10,5 mts). PARCELA Nro. 103: Tiene una superficie aproximada de Ciento Treinta Metros Cuadrados con Cincuenta Centímetros Cuadrados (130,5 Mts2) y se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas particulares: NORTE: Con la cuarta transversal en trece metros (13 mts) SUR: Con la parcela Nro. 105 en trece punto dos metros (13,2 mts). ESTE: Con la Avenida Nro. 2 de la Urbanización Villas el Ángel en diez metros (10 mts). OESTE: Con a parcela Nro. 106 en nueve punto seis metros (9,6 mts). PARCELA Nro. 107: Tiene una superficie aproximada de Ciento Treinta y Tres Metros Cuadrados (133 Mts2) y se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas particulares: NORTE: Con la parcela Nro. 105 en trece punto cuatro metros (13,4 mts). SUR: Con la parcela Nro. 109 en trece punto cinco metros (13,5mts). ESTE: Con la Avenida Nro. 2 de la Urbanización Villas el Ángel en diez metros (10 mts). OESTE: Con la parcela Nro. 108 en diez metros (10 mts). PARCELA Nro. 109: Tiene una superficie aproximada de Ciento treinta y Tres Punto Cinco Metros Cuadrados (133,5 Mts2) y se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas particulares: NORTE: Con la parcela Nro. 107 en trece punto cinco metros (13,5 mts). SUR: Con la parcela Nro. 111 en trece punto seis metros (13,6 mts). ESTE: Con la Avenida Nro. 2 de la urbanización Villas el Ángel en diez metros (10 mts). OESTE: Con la parcela Nro. 110 en diez metros (10 mts). PARCELA Nro. 115: Tiene una superficie aproximada de Ciento Cuarenta Metros Cuadrados (140 Mts2) y se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas particulares: NORTE: Con la parcela Nro. 113 en catorce metros (14 mts). SUR: Con la parcela Nro. 117 en catorce punto dos metros (14,2 mts). ESTE: Con la Avenida Nro. 2 de la Urbanización Villas el Ángel en diez metros (10 mts). OESTE: Con la parcela Nro. 116 en diez metros (10 mts). PARCELA Nro. 117: Tiene una superficie aproximada de Ciento Cuarenta Metros Cuadrados con Cincuenta centímetros cuadrados (140,5 Mts2) y se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas particulares: NORTE: Con la parcela Nro. 115 en catorce punto dos metros (14,2 mts). SUR: Con la parcela Nro. 119 en catorce punto cuatro metros (14,4 mts). ESTE: Con la Avenida Nro. 2 de la Urbanización Vilas el Ángel en diez metros (10 mts). OESTE: Con la parcela Nro. 118 en diez metros (10 mts). Las señaladas parcelas de terreno constan suficientemente en Documento de Parcelamiento protocolizado en fecha 15 de junio de 1998 ante la Oficina Subalterna de Registro de los Municipios Santiago Mariño y Libertador del estado Aragua, inscrito bajo el N° 47, Protocolo Primero, Tomo 13…”.

En virtud de tal solicitud de medida de embargo ejecutivo, la parte solicitante acompaña como instrumentos fundamentales los siguientes:

• Copia simple de Documento de Préstamo Hipotecario protocolizado por ante el Registro Subalterno de los Municipios Santiago Mariño y Libertador del Estado Aragua, bajo el Nro. 14, Folio 90 al 99, Protocolo Primero, Tomo Quinto, Primer Trimestre del año 2003, de los libros llevados por esa oficina registral. (Marcado con la letra B)
• Copia Simple de Sentencia dictada por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y Del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, dictada en fecha 09 de abril de 2009
• Copia Simple de Sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, dictada en fecha 04 de Febrero de 2014.
• Copia Simple de Resolución emitido en el expediente D-AR/GCIA/0130-5-2014 de fecha 06 de mayo de 2014 por la Dirección Ministerial del Ministerio de Poder Popular para Vivienda y Hábitat en el Estado Aragua.
• Copia Simple de Documento de Parcelamiento de la urbanización“VILLAS EL ANGEL”.

Documentales estas que como se explano anteriormente fueron valoradas por la Juzgadora de turno en atención a lo establecido en el artículo630 del Código de Procedimiento Civil, admitiendoprimeramente la demanda objeto del presente expediente, pero posteriormente en fecha 21 de Junio de 2023, la misma juzgadora dictó Sentencia Interlocutoria con Fuerza Definitiva declarando la inadmisibilidad de la demanda objeto de la presente causa. Por otra parte, se evidencia que corre inserta a las actas que conforman el presente expediente en los folios 120 al 156 sentencia dictada en fecha 29 de noviembre de 2024 por el Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, mediante la cual los siguientes particulares en su dispositivo:

“Con fundamento en las consideraciones de hecho, de derecho y expuestas ut supra, ESTE TRIBUNAL SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR los recursos de apelación interpuestos por la parte accionada en fecha 27.06.2023 y por la parte accionante en fecha 29.06.2024, contra la sentencia proferida en fecha 21.06.2024 por el Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con Motivo de Juicio por COBRO DE BOLIVARES (VÍA EJECUTIVA), incoado por VÍCTOR ABDALA GUZMÁN AYUB, titular de la cédula de identidad N° V.- 22.294.356, contra la Asociación Civil Provivienda, “VILLAS EL ANGEL”, inscrita en fecha 12 de marzo de 1997 en la Oficina Subalterna del Segundo Circuito de Registro de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry del estado Aragua, bajo el No. 26, Tomo 25, Protocolo Primero, representada legalmente por el ciudadano DAVID EDUARDO ALCALÁ REYES, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V-10.300.678, sustanciado en el Expediente No. 43.226 (nomenclatura de ese juzgado)
SEGUNDO: SE REVOCA la sentencia proferida en fecha 21.06.2024 por el Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con Motivo de Juicio por COBRO DE BOLIVARES (VÍA EJECUTIVA), incoado por VÍCTOR ABDALA GUZMÁN AYUB, titular de la cédula de identidad N° V.- 22.294.356, contra la Asociación Civil Provivienda, “VILLAS EL ANGEL”, inscrita en fecha 12 de marzo de 1997 en la Oficina Subalterna del Segundo Circuito de Registro de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry del estado Aragua, bajo el No. 26, Tomo 25, Protocolo Primero, representada legalmente por el ciudadano DAVID EDUARDO ALCALÁ REYES, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V-10.300.678, sustanciado en el Expediente No. 43.226 (nomenclatura de ese juzgado)
TERCERO: SE ORDENA tribunal seguir sustanciando la presente causa, y emitir auto de certeza del estado procesal en que se encuentra la causa a los fines de evitar un posible desorden procesal.”

Tal como puede desprenderse del fallo parcialmente trascrito, la Jueza del Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, revoco la sentencia proferida por este Juzgado relativa a la inadmisibilidad de la demanda, y ordeno que continuara la tramitación de esta, previa emisión de auto de certeza, a los fines de evitar un posible desorden procesal, es por todo lo anterior que se decide lo siguiente.

-II-
CONSIDERACIONES PARA DECIDIR

Explanado lo anterior, y vista la orden del Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, de continuar la tramitación de la presente causa,procede entonces este Juzgador a revisar la solicitud de embargo ejecutivo realizada por la parte actora, junto con los recaudos con los cuales fundamenta su pretensión, siendo necesario mencionar las definiciones que, sobre la Vía Ejecutiva, varios autores han dado:

Para Cabanellas; la vía ejecutiva constituye “un expedito procedimiento judicial del pago, que busca la conversión en dinero de los bienes del deudor reacio, mediante el previo embargo de bienes bastante”. Por otra parte, Moros; define la Vía Ejecutiva como “un procedimiento especial mediante el cual el acreedor, valiéndose de instrumento público o autentico, vale o instrumento privado reconoce legalmente, que prueba una obligación morosa de dar o hacer, lograr bienes suficientemente a su deudor para que le garantice las posteriores resultas del juicio cobro.”

No obstante, el Código de Procedimiento Civil señala que la Vía Ejecutiva es el procedimiento especial mediante el cual el acreedor valiéndose de instrumento público o autenticado, vale o instrumento privado reconocido legalmente, que pruebe a una obligación del demandado de pagar una cantidad de dinero con plazo cumplido, permite lograr embargar bienes suficientes a su deudor para que le garantice las posteriores resultas de juicio, incluyendo las costas.Al respecto, el Magistrado ANTONIO RAMIREZ JIMENEZ en su ponencia (Exp. Nº 02-873, decisión Nº 278); señala que:

“La Vía Ejecutiva la consagra el legislador como uno de los procedimientos especiales contenciosos y cuya especialidad, con respecto al juicio ordinario radica en que desde que se inicia el juicio el acreedor tiene derecho al embargo y demás actos anticipados de ejecución, con excepción del remate, para lo cual deberá esperarse la sentencia definitivamente firme que decidirá si debe ultimarse o no la ejecución, tramitándose ésta en cuaderno separado del expediente del juicio principal. Por tanto, la Vía Ejecutiva, es característicamente un procedimiento “in executives” dentro del juicio ordinario, del cual se diferencia porque en ella son procedentes de inmediato medidas ejecutivas sobre los bienes del deudor antes de la sentencia. Pero, cosa distinta son el procedimiento, inicial ejecutivo y la fase de ejecución de la sentencia con las incidencias que ella posibilita.”

Por otra parte, el Magistrado CARLOS OBERTO VELEZ en su ponencia (Exp. Nº 99-1030, decisión Nº 117), indica:

“A mayor abundamiento, la Sala observa que la especialidad de la Vía Ejecutiva consiste en que paralelamente a la cuestión de fondo, se adelantan y substancian en cuaderno separado, medidas de ejecución: embargo de bienes, publicación de carteles, justiprecios, fianzas destinadas a lograr la ejecución anticipada. Por tanto, los vicios o errores en que se incurra en alguno de los dos procedimientos, que marchan desligados, no afectan al otro; se corrigen separadamente como si se tratara de litigios distintos. Las incidencias surgidas en el expediente sobre la cuestión de fondo (pruebas, tercerías, apelaciones, recursos de hecho), nada tienen que ver con las actuaciones habidas en el cuaderno de ejecución y viceversa. Por consiguiente, si en el procedimiento de la Vía Ejecutiva hay oposición, se siguen dos tramitaciones paralelas, la del juicio ordinario y a de ejecución, por lo que mal podría el Juez pronunciarse sobre una oposición formulada en un procedimiento sustanciado de manera separada al principal.”

También, el Magistrado CARLOS TREJO PADILLA (Caso: Sociedad Financiera de Occidente, C.A. y Otros contra Aluminios de Occidente, C.A. ALDOCA), señala:

“El procedimiento de la Vía Ejecutiva opera como la anticipación de la fase de ejecución de la sentencia, en virtud de la presentación por el actor de un documento público, u otro instrumento auténtico que pruebe clara y ciertamente la obligación del demandado de pagar alguna cantidad liquida con plazo cumplido, o cuando acompañe vale o instrumento privado reconocido por el deudor. Además, el Magistrado Trejo indica que la Vía Ejecutiva es un procedimiento anexo y paralelo al ordinario, en que para seguridad del acreedor, desde que éste instaura su acción se procede como si ya hubiese recaído sentencia ejecutoriada contra el deudor, continuándose la ejecución hasta el estado de sacarse a remate los bienes depositados y deteniéndose allí hasta que, según lo disponga la sentencia definitivamente firme que se dicte en el procedimiento ordinario paralelo deba ultimarse o no la ejecución. El decreto que abre la Vía Ejecutiva es dictado luego de un proceso de cognición sumaria que el Juez realiza del título que le está presentando el actor.”

En este mismo orden de ideas, resulta menester traer a colación lo establecido en el Artículo 630 del Código de Procedimiento Civil, respecto a la vía ejecutiva, el cual expresa:

“Cuando el demandante presente instrumento público u otro instrumento auténtico que pruebe clara y ciertamente la obligación del demandado de pagar alguna cantidad líquida con plazo cumplido; o cuando acompañe vale o instrumento privado reconocido por el deudor, el Juez examinará cuidadosamente el instrumento y si fuere de los indicados, a solicitud del acreedor acordará inmediatamente el embargo de bienes suficientes para cubrir la obligación y las costas, prudentemente calculadas.” (Subrayado y Negrita del Tribunal)

auténtico que pruebe clara y ciertamente la obligación del demandado de pagar alguna
cantidad líquida con plazo cumplido; o cuando acompañe vale o instrumento privado
reconocido por el deudor, el Juez examinará cuidadosamente el instrumento y si fuere de
Como puede desprenderse de lo antes plasmado, el procedimiento de cobro de bolívares por vía ejecutiva se inicia con la presentación de la demanda, y el examen que el Juez hace de misma así como los instrumentos presentados, para determinar si procede o no la misma, y en caso de ser afirmativo,el Juez admite la demanda y DEBE decretar a solicitud de la parte actorael embargo ejecutivo de bienes del deudor en cantidad suficiente para cubrir la obligación y las costas prudencialmente calculadas, es decir, la especialidad de la vía ejecutiva viene dada por el adelanto de los actos de ejecución de sentencia mediante el embargo ejecutivo, por lo que el Juzgador debe analizar cuidadosamente la pretensión y los recaudos acompañados por el actor en su libelo de la demanda, a los fines de admitir la misma por el procedimiento bajo estudio, y así se advierte.

En tal sentido, como se explano líneas arriba, la Juez de turno para el año 2023, previa revisión de la presente demanda junto con los recaudos acompañados con la misma ADMITIÓ en fecha 04 de Mayo de 2.023 la demanda de cobro de bolívares por vía ejecutiva, considerando esta que estaban llenos los extremos establecidos en el artículo 630 del Código de Procedimiento Civil, sin haber decretado el embargo ejecutivo sobre bienes propiedad del demandado, posteriormente en fecha 21 de Junio de 2023este Juzgado declara inadmisible la demanda, recurriendo ambas partes de dicha decisión, y en fecha 29 de noviembre de 2024 el Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial revoca la decisión emanada de este Tribunal, ratificando la admisibilidad de la demanda de la parte actora, yordenandola continuidad de la sustanciacióndel presente juicio,es decir, la presente decisión no es más que un complemento al auto de admisión de fecha 04 de Mayo de 2023 antes mencionado, ya que como se explicó en párrafos anteriores, una vez examinado los extremos legales para la procedencia de la vía ejecutiva y admitida la demanda, si la parte actora lo peticiona,se debe decretar el embargo ejecutivo de bienes propiedad del demandado hasta cubrir la cantidad suficiente para cubrir con la obligación adquirida, y así se declara.

Aunado a lo anterior, como se explano líneas arriba, para el caso de marras, la parte actora fundamenta su pretensión en un contrato de préstamo con garantía hipotecaria, por lo que se hace necesario traer a colación el contenido del artículo 632 del Código de Procedimiento Civil, el cual reza:

“Cuando los bienes embargados no estén hipotecados para el pago que se reclame, podrá el acreedor pedir el embargo de otros bienes del deudor, y en este caso quedarán libres de embargo los que se hayan embargado antes, si del justiprecio de los últimos resultare que éstos son suficientes para cubrir la deuda y los gastos de la cobranza. Podrá también pedirse el embargo de otros bienes, si del justiprecio de los embargados resultaren no ser bastantes para el pago del todo.”

Como puede desprenderse del antes citado artículo, solo en los casos en que los bienes no estén hipotecados puede pedir el actor embargo de otros bienes del demandado, y como quiera que para el caso de marras los antes mencionados bienes inmuebles fueron dados en garantía de hipoteca,y vista la petición de la parte actora que se dicte la respectiva medida ejecutiva, es por lo que este Tribunal de conformidad con el artículo 630 del Código de Procedimiento CivilMEDIDA DE EMBARGOEJECUTIVOsobre cuarenta parcelas de terreno y las casas quinta sobre ellas construidas en un lote de terreno integrado sobre el cual se encuentra construido el desarrollo urbanístico esta distinguido con el N° 69 y con numero catastral 05-17-01-90; tiene una superficie aproximada de VEINTICINCO MIL CUATROSCIENTOS SETENTA CINCO METROS CUADRADOS CON SETENTA Y OCHO DECÍMETROS CUADRADOS (25.745,78M2), cuyas características y demás determinaciones constan en el Documento de Parcelamiento, las cuales están distinguidas con los números: 3, 7, 13, 21, 22, 24, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 57, 63, 65, 66, 68, 69, 70, 72, 74, 85, 87, 88, 89, 92, 93, 95, 96, 97, 101, 103, 107, 109, 115 y 117, cuyas medidas y linderos son los siguientes: son las siguientes: PARCELA Nro. 03: tiene una superficie aproximada de Ciento Veinte metros Cuadrados (120Mts2) y se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas particulares: NORTE: Con la parcela Nro. 02 en doce metros (12 mts). SUR: Con la parcela Nro. 04 en doce metros (12 mts). ESTE: Con la avenida Nro 1 de la Urbanización Villas el Angel en diez metros (10 mts). OESTE: Con la parcela Nro. 68 de Francisco Fraiz en diez metros (10 mts). PARCELA NRO. 07: Tiene una superficie aproximada de Ciento Veinte metros Cuadrados (120Mts2) y se encuentra comprendida de los siguientes linderos y medidas particulares: NORTE: Con la parcela Nro. 06 en doce metros (12 mts). SUR: Con la parcela Nro. 08 en doce metros (12 mts). ESTE: Con la avenida Nro. 1 de la Urbanización Villas el Ángel en diez metros (10 mts). OESTE: Con la parcela Nro. 68 de Francisco Fraiz en diez metros (10 mts). PARCELA Nro. 13: Tiene una superficie aproximada de Ciento Veinte metros Cuadrados (120Mts2) y se encuentra comprendida dentrp de los siguientes linderos y medidas particulares. NORTE: con la parcela Nro. 12 en doce mtros (12 mts). SUR: Con la parcela Nro. 14 en doce metros (12 mts). ESTE: Con la avenida Nro. 1 de la Urbanización Villas el Angel en diez metros (10 mts). PARCELA Nro. 21: tiene una superficie de Ciento Veinte metros Cuadrados (120Mts2 alinderado asi: NORTE: Con la parcela Nro. 20 en doce metros (12 mts). SUR: Con la parcela Nro. 22 en doce metros (12 mts). ESTE: Con la avenida Nro. 1 de la Urbanización Villas el Ángel en diez metros (10 mts). OESTE: Con la Parcela Nro. 68 de Francisco Fraiz en diez metros (10 mts). PARCELA Nro. 22: Tiene una superficie de Ciento Veinte Metros Cuadrados (120 Mts2) alinderado así: NORTE: Con la parcela Nro. 21 en doce metros (12 mts). SUR: Con la parcela Nro. 23 en doce metros (12 mts). ESTE: Con la Avenida Nro. 1 de la Urbanización Villas el Ángel en diez metros (10 mts). OESTE: Con la Parcela Nro. 68 de Francisco Fraiz en diez metros (10 mts). PARCELA Nro. 24: Tiene una superficie aproximada de Ciento Veinte Metros Cuadrados (120 Mts2) y se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas particulares: NORTE: Con la parcela Nro. 23 en doce metros (12 mts) SUR: Con la parcela Nro. 25 en doce metros (12 mts). ESTE: Con la Avenida Nro. 1 de la Urbanización Villas el Ángel en diez metros (10 mts). OESTE: Con la Parcela Nro. 68 de Francisco Fraiz en diez metros (10 mts), PARCELA Nro. 29: Tiene una superficie aproximada de Ciento Veinte Metros Cuadrados (120 Mts2) y se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas particulares: NORTE: Con la parcela Nro. 28 en doce metros (12 mts). SUR: Con la parcela Nro. 30 en doce metros (12 mts). ESTE: Con la Avenida Nro. 1 de la Urbanización Villas el Ángel en diez metros (10 mts). OESTE: Con la Parcela Nro. 68 de Francisco Fraiz en diez metros (10 mts). PARCELA Nro. 30: Tiene una superficie aproximada de Ciento Veinte Metros Cuadrados (120 Mts2) y se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas particulares: NORTE: Con la parcela Nro. 29 en doce metros (12 mts). SUR: Con la parcela Nro. 31 en doce metros (12 mts). ESTE: Con la Avenida Nro. 1 de la Urbanización Villas el Ángel en diez metros (10 mts.) OESTE: Con la Parcela Nro. 68 de Francisco Fraiz en diez metros (10 mts). PARCELA Nro. 31: Tiene una superficie aproximada de Ciento Veinte Metros Cuadrados (120 Mts2) y se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas particulares: NORTE: Con la parcela Nro. 30 en doce metros (12 mts). SUR: Con la parcela Nro. 32 en doce metros (12 mts). ESTE: Con la Avenida Nro. 1 de la Urbanización Villas el Ángel en diez metros (10 mts). OESTE: Con la Parcela Nro. 68 de Francisco Fraiz en diez metros (10 mts). PARCELA Nro. 32: Tiene una superficie aproximada de Ciento Veinte Metros Cuadrados (120 Mts2) y se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas particulares: NORTE: Con la parcela Nro. 31 en doce metros (123 mts). SUR: Con la parcela Nro. 33 en doce metros (12 mts). ESTE: Con la Avenida Nro. 1 de la Urbanización Villas el Ángel en diez meteros (10 mts). OESTE: Con la Parcela Nro.68 de Francisco Fraiz en diez metros (10 mts). PARCELA Nro. 33: Tiene una superficie aproximada de Ciento Ochenta Metros Cuadrados (180 Mts2) y se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas particulares: NORTE: Con la parcela Nro. 32 en doce (12 mts), SUR: Con la parcela Nro. 34 en doce metros (12 mts). ESTE: Con la Avenida Nro. 1 de la Urbanización Villas el Ángel en quince metros (15 mts). OESTE: Con la Parcela Nro. 68 de Francisco Fraiz en quince metros (15 mts). PARCELA Nro. 34: Tiene una superficie aproximada de Ciento Ochenta Metros Cuadrados (180 Mts2) y se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas particulares: NORTE: Con la parcela Nro. 33 en doce metros (12 mts). SUR: Con la parcela Nro. 35 en doce metros (12 mts). ESTE: Con la Avenida Nro. 1 de la Urbanización Villas el Ángel en quince metros (15 mts). OESTE: Con la Parcela Nro. 68 de Francisco Fraiz en quince metros (15 mts). PARCELA Nro. 35: Tiene una superficie aproximada de Doscientos Setenta Metros Cuadrados (270 Mts2) y se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas particulares: NORTE: Con la ´parcela Nro. 34 en doce metros (12 mts). SUR: Con los terrenos de Ana María Morales Carvajal en diecinueve metros (19 mts). ESTE: Con la parcela Nro. 36 en doce metros (12 mts). OESTE: Con la Parcela Nro. 68 de Francisco Fraiz en quince metros con ochenta centímetros (15,8 mts). PARCELA Nro. 36: Tiene una superficie aproximada de Ciento Vente Metros Cuadrados (120 Mts2) y se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas particulares: NORTE: Con la quinta transversal en diez metros (10 mts). SUR: Con terrenos de Ana Maria Morales Carvajal en diez metros (10 mts). ESTE: Con la parcela Nro. 37 en doce metros (12 mts). OESTE: Con la Parcela Nro. 35 en doce metros (12 mts). PARCELA Nro. 37: Tiene una superficie aproximada de Ciento Veinte Metros Cuadrados (120 Mts2) y se encentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas particulares: NORTE: Con la quinta transversal en diez metros (10 mts). SUR: Con terrenos de Ana Maria Morales Carvajal en diez metros (10 mts). ESTE: Con la parcela Nro. 38 en doce metros (123 mts). OESTE: Con la Parcela Nro. 36 en doce metros (12 mts). PARCELA Nro. 38: Tiene una superficie aproximada de Ciento Veinte Metros Cuadrados (120 Mts2) y se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas particulares: NORTE: Con la quinta transversal en diez metros (10 mts). SUR: Con terrenos de Ana María Morales Carvajal en diez metros (10 mts). ESTE: Con la parcela Nro. 39 en doce metros (12 mts). OESTE: Con la Parcela Nro. 37 en doce metros (12 mts). PARCELA Nro. 57: Tiene una superficie de Ciento Ochenta Metros Cuadrados (180 Mts2) alinderado así: NORTE Con la parcela Nro. 58 en doce metros (12 mts). SUR: Con la parcela Nro. 56 en doce metros (12 mts). ESTE: Con el Barrio el Paraiso en quince metros (15 mts). OESTE: Con la Avenida Nro. 2 de la Urbanización Villas el Ángel en quince metros (15 mts). PARCELA Nro. 63: Tiene una superficie aproximada de Ciento Veinte Metros Cuadrados (120 Mts2) y se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas particulares: NORTE: Con la parcela Nro. 64 en doce metros (12 mts). SUR: Con la parcela Nro. 62 en doce metros (12 mts). ESTE: Con el Barrio el Paraíso en diez metros (10 mts). ESTE: Con la Avenida Nro. 2 de la Urbanización Villas el Ángel en diez metros (10 mts). PARCELA Nro. 65: Tiene una superficie de Ciento Ochenta Metros Cuadrados (180 Mts2) y se encuentra comprendida dentro de los siguiente4s linderos y medidas particulares: NORTE: Con la parcela Nro. 66 en doce metros (12 mts). SUR: Con la parcela Nro. 64 en doce metros (12 mts). ESTE: Con el Barrio el Paraíso en quince metros (15 MTS). OESTE: Con la Avenida Nro. 2 de la Urbanización Villas el Ángel en quince metros (15 mts). PARCELA Nro. 66: Tiene una superficie de Ciento Ochenta Metros Cuadrados (180 Mts2) y se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas particulares: NORTE: Con la parcela Nro. 67 en doce metros (12 mts). SUR: Con la parcela Nro. 65 en doce metros (12 mts). ESTE: Con el Barrio el Paraíso en quince metros (15 mts). OESTE: Con la Avenida Nro. 2 de la Urbanización Villas el Ángel en quince metros (15 mts). PARCELA Nro. 68: Tiene una superficie aproximada de Ciento Veinte Metros Cuadrados (120 Mts2) y se encentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas particulares: NORTE: Con la parcela Nro. 69 en doce metros (12 mts). SUR: Con la parcela Nro. 67 en doce metros (12 mts). ESTE: Con el Barrio el Paraíso en diez metros (10 mts). OESTE: Con la Avenida Nro. 2 de la Urbanización Villas el Ángel en diez metros (10 mts). PARCELA Nro. 69: Tiene una superficie aproximada de Ciento Veinte Metros Cuadrados (120 Mts2) y se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas particulares: NORTE: Con la parcela Nro. 70 en doce metros (12 mts). SUR: Con la parcela Nro. 68 en doce metros (12 mts). ESTE: Con el Barrio el Paraíso en diez metros (10 mts). PARCELA Nro. 70: Tiene una superficie aproximada de Ciento Veinte Metros Cuadrados (120 Mts2) y se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas particulares: NORTE: Con la parcela Nro. 71 en doce metros (12 mts). SUR: Con la parcela Nro. 69 en doce metros (12 mts). ESTE: Con el Barrio el Paraíso en diez metros (10 mts). OESTE: Con la Avenida Nro. 2 de la Urbanización Villas el Ángel en diez metros (10 mts). PARCELA Nro. 72: Tiene una superficie aproximada de Ciento Veinte Metros Cuadrados (120 Mts2) y se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas particulares: NORTE: Con la parcela Nro. 73 en doce metros (10 mts). OESTE: Con la Avenida Nro. 2 de la Urbanización Villas el Ángel en diez metros (10 mts). PARCELA Nro. 74: Tiene una superficie aproximada de Ciento Ochenta Metros Cuadrados (180 Mts2) y se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas particulares: NORTE: Con terrenos de Jesús Eli Morales Carvajal en doce metros (12 mts). SUR: Con la parcela Nro. 73 en doce metros (12 mts). ESTE: Con el Barrio el Paraíso en quince metros (15 mts). OESTE: Con la Avenida Nro. 2 de la Urbanización Villas el Ángel en quince metros (15 mts). PARCELA Nro. 85: Tiene una superficie aproximada de Ciento Veinte y Nueve Metros Cuadrados (129 Mts2) y se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas particulares: NORTE: Con la parcela Nro. 83 en once punto cinco metros (11,5 mts). SUR: Con la parcela Nro. 87 en once punto seis metros (11,6 mts). ESTE: Con la Avenida Nro. 2 de la Urbanización Villas el Ángel en once punto cinco metros (11,5 mts). OESTE: Con la parcela Nro. 88 en once punto cinco metros (11,5 mts). PARCELA Nro. 87: Tiene una superficie aproximada de Ciento Veinte y Dos Metros Cuadrados (122 Mts2) y se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas particulares: NORTE: Con la parcela Nro. 85 en once punto seis metros (11.6 mts). SUR: Con la parcela Nro. 89 en once punto ocho metros (11,8 mts). ESTE: Con la Avenida Nro. 2 de la Urbanización Villas el Ángel en diez punto cinco metros (10,5 mts). OESTE: Con la parcela Nro. 90 en diez punto cinco metros (10,5 mts). PARCELA Nro. 88: Tiene una superficie aproximada de Ciento Veinte y Nueve Metros Cuadrados (129 Mts2) y se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas particulares: NORTE: Con la parcela Nro. 86 en once punto cinco metros (11,5 mts). SUR: Con la parcela Nro. 90 en once punto seis metros (11,6 mts).- ESTE: Con la parcela Nro. 86 en once punto cinco metros (11,5 mts). OESTE: Con Avenida Nro. 1 de la Urbanización Villas el Ángel en once punto cinco metros (11,5 mts).OESTE: Con Avenida Nro. 1 de la Urbanización Villas el Ángel en once punto cinco metros (11,5 mts). PARCELA Nro. 89: Tiene una superficie aproximada de Ciento Veinte y Cuatro Metros Cuadrados (124 Mts2) y se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas particulares: NORTE: Con la parcela Nro. 87 en once punto ocho metros (11,8 mts). SUR: Con la parcela Nro. 91 en doce metros (12 mts). ESTE: Con Avenida Nro. 2 de la Urbanización Villas el Ángel en diez punto cinco metros (10,5 mts). OESTE: Con la parcela Nro. 92 en once punto cinco metros (11,5 mts). PARCELA Nro. 92: Tiene una superficie de Ciento Veinte y Cuatro Metros Cuadrados (124 Mts2) y se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas particulares: NORTE: Con la parcela Nro. 90 en once punto tres metros (11,3 mts). SUR: Con la parcela Nro. 94 en doce metros (12 mts). ESTE: Con la parcela Nro. 89 en diez punto cinco metros (10,5 mts). OESTE: Con la Avenida Nro. 1 de la Urbanización Villas el Ángel en diez punto cinco metros (10,5 mts). PARCELA Nro. 93: Tiene una superficie aproximada de Ciento Veinte y Siete Metros Cuadrados (127 Mts2) alinderado así: NORTE: Con la parcela Nro. 91 en doce punto dos metros (12,2 mts). SUR: Con la parcela Nro. 95 en doce punto tres metros (12.3 mts). ESTE: Con la Avenida Nro. 2 de la Urbanización Villas el Ángel en diez punto cinco metros (10,5 mts). OESTE: Con la parcela Nro. 96 en diez punto cinco metros (10,5 mts). PARCELA Nro. 95: Tiene una superficie de Ciento Veinte y Nueve Metros Cuadrados (129 Mts2) alinderado así: NORTE: Con la parcela Nro. 93 en doce punto tres metros (12,3 mts). SUR: Con la parcela Nro. 97 en doce punto cuatro metros (12, 4 mts). ESTE: Con la Avenida Nro. 2 de la Urbanización Villas el Ángel en diez punto cinco metros (10,5 mts). OESTE: Con la parcela Nro. 98 en diez punto cinco metros (10,5 mts). PARCELA Nro. 96: Tiene una superficie de Ciento Veinte y Siete Metros Cuadrados (127 Mts2) alinderado así: NORTE: Con la parcela Nro. 94 en doce punto dos metros (12,2 mts). SUR: Con la parcela Nro. 98en doce punto tres metros (12.3 mts). ESTE: Con la parcela Nro. 93 en diez punto cinco metros (10,5 mts). OESTE: Con la Avenida Nro. 1 de la Urbanización Villas el Ángel en diez punto cinco metros (10, 5 mts). PARCELA Nro. 97: Tiene una superficie de Ciento Treinta y Uno punto Cinco Metros Cuadrados (131,5 Mts2) alinderado así: NORTE: Con la parcela Nro. 95 en doce punto cuatro metros (12,4 mts). SUR: Con la parcela Nro. 99 en doce punto cinco metros (12,5 mts). ESTE: Con la Avenida Nro. 2 de la Urbanización Villas el Angel en diez punto cinco metros (10,5 mts). OESTE: Con la parcela Nro. 100 EN DIEZ PUNTO CINCO METROS (10,5 mts). PARCELA Nro. 101: Tiene una superficie de Ciento Treinta y Tres Metros Cuadrados con Sesenta Centímetros Cuadrados (113,6 Mts2) alinderado así: NORTE: Con la parcela Nro. 99 en doce punto seis metros (12,6 mts). SUR: Con la cuarta transversal en doce punto ocho metros (12,8 mts). ESTE: Con la Avenida Nro. 2 de la Urbanización Villas el Angel en diez punto cinco metros (10,5 mts). OESTE: Con la parcela Nro. 104 en diez punto cinco metros (10,5 mts). PARCELA Nro. 103: Tiene una superficie aproximada de Ciento Treinta Metros Cuadrados con Cincuenta Centímetros Cuadrados (130,5 Mts2) y se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas particulares: NORTE: Con la cuarta transversal en trece metros (13 mts) SUR: Con la parcela Nro. 105 en trece punto dos metros (13,2 mts). ESTE: Con la Avenida Nro. 2 de la Urbanización Villas el Ángel en diez metros (10 mts). OESTE: Con a parcela Nro. 106 en nueve punto seis metros (9,6 mts). PARCELA Nro. 107: Tiene una superficie aproximada de Ciento Treinta y Tres Metros Cuadrados (133 Mts2) y se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas particulares: NORTE: Con la parcela Nro. 105 en trece punto cuatro metros (13,4 mts). SUR: Con la parcela Nro. 109 en trece punto cinco metros (13,5mts). ESTE: Con la Avenida Nro. 2 de la Urbanización Villas el Ángel en diez metros (10 mts). OESTE: Con la parcela Nro. 108 en diez metros (10 mts). PARCELA Nro. 109: Tiene una superficie aproximada de Ciento treinta y Tres Punto Cinco Metros Cuadrados (133,5 Mts2) y se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas particulares: NORTE: Con la parcela Nro. 107 en trece punto cinco metros (13,5 mts). SUR: Con la parcela Nro. 111 en trece punto seis metros (13,6 mts). ESTE: Con la Avenida Nro. 2 de la urbanización Villas el Ángel en diez metros (10 mts). OESTE: Con la parcela Nro. 110 en diez metros (10 mts). PARCELA Nro. 115: Tiene una superficie aproximada de Ciento Cuarenta Metros Cuadrados (140 Mts2) y se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas particulares: NORTE: Con la parcela Nro. 113 en catorce metros (14 mts). SUR: Con la parcela Nro. 117 en catorce punto dos metros (14,2 mts). ESTE: Con la Avenida Nro. 2 de la Urbanización Villas el Ángel en diez metros (10 mts). OESTE: Con la parcela Nro. 116 en diez metros (10 mts). PARCELA Nro. 117: Tiene una superficie aproximada de Ciento Cuarenta Metros Cuadrados con Cincuenta centímetros cuadrados (140,5 Mts2) y se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas particulares: NORTE: Con la parcela Nro. 115 en catorce punto dos metros (14,2 mts). SUR: Con la parcela Nro. 119 en catorce punto cuatro metros (14,4 mts). ESTE: Con la Avenida Nro. 2 de la Urbanización Vilas el Ángel en diez metros (10 mts). OESTE: Con la parcela Nro. 118 en diez metros (10 mts). Lo cual se desprendede Documento de Parcelamiento protocolizado en fecha 15 de junio de 1998 ante la Oficina Subalterna de Registro de los Municipios Santiago Mariño y Libertador del estado Aragua, inscrito bajo el N° 47, Protocolo Primero, Tomo 13, y así se declara.

Declarado lo anterior, este Tribunal visto el uso de los inmuebles antes señalados, considera necesario traer a colación lo establecido en la Resolución del expediente D-AR/GCIA/0130-5-2014 de fecha 06 de mayo de 2014 por la Dirección Ministerial del Ministerio de Poder Popular para Vivienda y Hábitat en el Estado Aragua, el cual cursa a las actas a los folios 98 al 109 ambos inclusive, expresándose lo siguiente:

“Aunado a lo anterior, se observa que los instrumentos públicos registrados antes identificados mediante los cuales se otorgan los préstamos con garantías hipotecarias (anexo A y A-1) fueron convenidos sin destinar los préstamos a un uso específico, tal como la construcción, autoconstrucción, adquisición remodelación o mejora de viviendas, por lo cual no puede deducirse su uso para vivienda principal, esto en virtud de que la ASOCIACION CIVIL PROVIVIENDA VILLAS EL ANGEL, como persona jurídica, tiene facultades para realizar cualesquiera otros actos de comercio lícitos conforme a sus estatuto y normas internas.
Asimismo, los procedimientos judiciales declarados inadmisibles que intento el solicitante, o los que opte por intentar si bien pudieran conducir finalmente al remate de los bienes dados en garantía hipotecaria no implicarían el desalojo de personas natrales ya sea directa o indirectamente en virtud de que el remate, como resarcimiento de acreencia, solo conduce a un cambio de titular del derecho de propiedad y no a la desocupación del inmueble.
Adicionalmente, de la documentación anexada se observa que el solicitante VICTOR ABDALA GUZMAN AYUB como acreedor hipotecario no tiene el derecho de desalojar ni de recuperar los inmuebles constituidos en garantía hipotecaria, por no ser ni haber sido poseedor, tenedor o propietario lo cual le impide pedir restitución de la posesión o tenencia o reivindicación de los mismos. En vitad de que la ASOCIACION CIVIL PROVIVIENDA VILLAS EL ANGEL es la propietaria y única capaz de reivindicarlos.
De cualquier forma, como consecuencia de una acción judicial concluida en remate, el nuevo titular del inmueble rematado deberá actuar contra quienes alguien posesión o tenencia legitima del inmueble que estuviere destinado a vivienda principal y es el quien deberá agotar el procedimiento administrativo previo a las demandad, el juico consiguiente y el procedimiento de desalojo posterior, contemplados en los artículos °5 y siguientes los artículos °12 y siguientes del decreto N° 8.190 respectivamente.”

Tal como puede desprenderse del fragmento de la Resolución emanada del órgano competente, la pretensión de la parte actora NO genere como derecho el desalojo ni recuperación de los bienes dados en garantía de hipoteca, por lo que embargo aquí decretado deberá realizarse de conformidad con lo establecido en el artículo 535 del Código de Procedimiento, haciéndose del conocimiento de las partes, que la presente decisión NO comporta en modo alguno el desalojo o perdida de la posesión de los inmuebles previamente identificados por parte de las personas que pudieran estar habitando los mismos, ya que el embargo ejecutivo de los bienes inmuebles sujeto a hipoteca se realiza mediante oficio dirigido al Registrador del Municipio donde estén situados los inmuebles, indicando sus linderos y demás circunstancias que lo determinen distintamente, a fin de que se abstenga de registrar toda escritura que verse sobre gravamen o enajenación del inmueble embargado,y de producirse posterior a la emisión de la presente decisióncualquier situación que pudiera afectar la posesión de las personas que habiten los inmuebles sujetos a hipoteca, se deberá agotar previamente el respectivo procedimiento administrativo de conformidad con Decreto con Rango, Valor y Fuerza de la Ley Contra el Desalojo y la Desocupación Arbitraria de Vivienda, ratificándose que la presente decisión NO afecta en modo alguno la posesión de las personas que pudieran ocupar los bienes inmuebles daos en garantía de hipoteca antes descritos, y así se declara.

En tal sentido, se acuerda comisionar al TRIBUNAL DISTRIBUIDOR DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO SANTIAGO MARIÑO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA; a los fines que el Tribunal que corresponda conocer de la presente comisión previo sorteo respectivo se sirva practicar la Medida de Embargo Ejecutivo decretada tomando en consideración lo establecido en la presente decisión, debiendo dar cumplimiento a las demás disposiciones establecidas en el Código de Procedimiento Civil sobre la vía ejecutiva, debiendo garantizar el pleno cumplimiento de lo establecido en la presente decisión, ordenándose igualmente anexar al respectivo despacho de comisión, copia certificada del presente auto,resolución del expediente D-AR/GCIA/0130-5-2014 de fecha 06 de mayo de 2014 por la Dirección Ministerial del Ministerio de Poder Popular para Vivienda y Hábitat en el Estado Aragua, contrato de préstamo con garantía de hipoteca, documento de parcelamiento, auto de admisión dictado en fecha 04/05/2023 y Sentencia del Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua en fecha 29/11/2024 a los fines legales consiguiente. Es todo.Líbrese el correspondiente oficio y despacho, y demás actuaciones aquí ordenadas.
-III-
DISPOSITIVA

Con fundamento en las consideraciones de hecho, de derecho y jurisprudencial ut supra, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SE DECRETA MEDIDA DE EMBARGOEJECUTIVOsobre cuarenta parcelas de terreno y las casas quinta sobre ellas construidas dadas en garantía de hipoteca en un lote de terreno integrado sobre el cual se encuentra construido el desarrollo urbanístico esta distinguido con el N° 69 y con numero catastral 05-17-01-90; tiene una superficie aproximada de VEINTICINCO MIL CUATROSCIENTOS SETENTA CINCO METROS CUADRADOS CON SETENTA Y OCHO DECÍMETROS CUADRADOS (25.745,78M2), cuyas características y demás determinaciones fueron plasmados en la motiva de la presente decisión, y que igualmente constan en el Documento de Parcelamiento que reposa en el expediente, las cuales están distinguidas con los números: 3, 7 , 13, 21, 22, 24, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 57, 63, 65, 66, 68, 69, 70, 72, 74, 85, 87, 88, 89, 92, 93, 95, 96, 97, 101, 103, 107, 109, 115 y 117.
SEGUNDO:Como consecuencia del particular anterior SE ORDENA comisionarAL TRIBUNAL DISTRIBUIDOR DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO SANTIAGO MARIÑO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA; a los fines que el Tribunal que corresponda conocer de la presentecomisión previo sorteo respectivose sirva practicar la Medida de Embargo Ejecutivo decretada tomando en consideración lo establecido en la presente decisión, debiendo dar cumplimiento a las demás disposiciones establecidas en el Código de Procedimiento Civil sobre la vía ejecutiva, debiendo garantizar el pleno cumplimiento de lo establecido en la presente decisión.
Publíquese, Diaricese y Regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia www.tsj.gob.ve; déjese copia de la presente decisión de conformidad con lo establecido en los artículos 248 del Código de Procedimiento Civil.Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA,en Maracay a loscuatro (04) días del mes de Abril del año dos mil veinticinco (2.025).Años: 214º de la Independencia y 166° de la Federación.-
EL JUEZ SUPLENTE,
HECTOR ENRIQUE TABARES AGNELLI
LA SECRETARIA
MIRIAMNY LIZMAR JIMENEZ PADRINO
En esta misma fecha, se publicó la anterior sentencia previo anuncio de Ley a las puertas del Tribunal, siendo las 11:30 a.m. Se libró oficio Nro._______- 2025.-
LA SECRETARIA
MIRIAMNY LIZMAR JIMENEZ PADRINO
EXP. N° 43.226
HT/MJ
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.-.
HACE SABER A:
TRIBUNAL DISTRIBUIDOR DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDA DEL MUNICIPIO SANTIAGO MARIÑO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA

Que este Tribunal en el Expediente signado con el N° 43.226, nomenclatura interna de este Tribunal, contentivo de la Demanda por Cobro de Bolívares Vía Ejecutiva, presentada por el ciudadano VÍCTOR ABDALA GUZMÁN AYUB, venezolano por naturalización según Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 5.718 extraordinario de fecha dos (2) de julio de 2004, titular de la cédula de identidad Nro. V.-22.294.356, (antes E.-81.270.516); asistido por la profesional del derecho abogada DESIREÉ YOMAR ROJAS DÍAZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 131.539,dirigiendo su pretensión contra la ASOCIACIÓN CIVIL PROVIVIENDA “VILLAS DEL ÁNGEL”, y que fue admitido en fecha 04 de Mayo de 2023, y posteriormente ratificada la admisión de la demanda y ordenada ordenado la continuación del juicio mediante sentencia dictada en fecha 29 de Noviembre de 2024 por el Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, por lo que a los fines de dar cumplimiento al mandato del Juzgado Superior, se decretó MEDIDA DE EMBARGO EJECUTIVO, sobre cuarenta parcelas de terreno y las casas quinta sobre ellas construidas dadas en garantía de hipoteca, en un lote de terreno integrado sobre el cual se encuentra construido el desarrollo urbanístico esta distinguido con el N° 69 y con numero catastral05-17-01-90; tiene una superficie aproximada de VEINTICINCO MIL CUATROSCIENTOS SETENTA CINCO METROS CUADRADOS CON SETENTA Y OCHO DECÍMETROS CUADRADOS (25.745,78M2), las cuales están distinguidas con los números: 3, 7, 13, 21, 22, 24, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 57, 63, 65, 66, 68, 69, 70, 72, 74, 85, 87, 88, 89, 92, 93, 95, 96, 97, 101, 103, 107, 109, 115 y 117, cuyas medidas y linderos son los siguientes: son las siguientes: PARCELA Nro. 03: tiene una superficie aproximada de Ciento Veinte metros Cuadrados (120Mts2) y se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas particulares: NORTE: Con la parcela Nro. 02 en doce metros (12 mts). SUR: Con la parcela Nro. 04 en doce metros (12 mts). ESTE: Con la avenida Nro 1 de la Urbanización Villas el Angel en diez metros (10 mts). OESTE: Con la parcela Nro. 68 de Francisco Fraiz en diez metros (10 mts). PARCELA NRO. 07: Tiene una superficie aproximada de Ciento Veinte metros Cuadrados (120Mts2) y se encuentra comprendida de los siguientes linderos y medidas particulares: NORTE: Con la parcela Nro. 06 en doce metros (12 mts). SUR: Con la parcela Nro. 08 en doce metros (12 mts). ESTE: Con la avenida Nro. 1 de la Urbanización Villas el Ángel en diez metros (10 mts). OESTE: Con la parcela Nro. 68 de Francisco Fraiz en diez metros (10 mts). PARCELA Nro. 13: Tiene una superficie aproximada de Ciento Veinte metros Cuadrados (120Mts2) y se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas particulares. NORTE: con la parcela Nro. 12 en doce metros (12 mts). SUR: Con la parcela Nro. 14 en doce metros (12 mts). ESTE: Con la avenida Nro. 1 de la Urbanización Villas el Ángel en diez metros (10 mts). PARCELA Nro. 21: tiene una superficie de Ciento Veinte metros Cuadrados (120Mts2 alinderado asi: NORTE: Con la parcela Nro. 20 en doce metros (12 mts). SUR: Con la parcela Nro. 22 en doce metros (12 mts). ESTE: Con la avenida Nro. 1 de la Urbanización Villas el Ángel en diez metros (10 mts). OESTE: Con la Parcela Nro. 68 de Francisco Fraiz en diez metros (10 mts). PARCELA Nro. 22: Tiene una superficie de Ciento Veinte Metros Cuadrados (120 Mts2) alinderado así: NORTE: Con la parcela Nro. 21 en doce metros (12 mts). SUR: Con la parcela Nro. 23 en doce metros (12 mts). ESTE: Con la Avenida Nro. 1 de la Urbanización Villas el Ángel en diez metros (10 mts). OESTE: Con la Parcela Nro. 68 de Francisco Fraiz en diez metros (10 mts). PARCELA Nro. 24: Tiene una superficie aproximada de Ciento Veinte Metros Cuadrados (120 Mts2) y se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas particulares: NORTE: Con la parcela Nro. 23 en doce metros (12 mts) SUR: Con la parcela Nro. 25 en doce metros (12 mts). ESTE: Con la Avenida Nro. 1 de la Urbanización Villas el Ángel en diez metros (10 mts). OESTE: Con la Parcela Nro. 68 de Francisco Fraiz en diez metros (10 mts), PARCELA Nro. 29: Tiene una superficie aproximada de Ciento Veinte Metros Cuadrados (120 Mts2) y se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas particulares: NORTE: Con la parcela Nro. 28 en doce metros (12 mts). SUR: Con la parcela Nro. 30 en doce metros (12 mts). ESTE: Con la Avenida Nro. 1 de la Urbanización Villas el Ángel en diez metros (10 mts). OESTE: Con la Parcela Nro. 68 de Francisco Fraiz en diez metros (10 mts). PARCELA Nro. 30: Tiene una superficie aproximada de Ciento Veinte Metros Cuadrados (120 Mts2) y se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas particulares: NORTE: Con la parcela Nro. 29 en doce metros (12 mts). SUR: Con la parcela Nro. 31 en doce metros (12 mts). ESTE: Con la Avenida Nro. 1 de la Urbanización Villas el Ángel en diez metros (10 mts.) OESTE: Con la Parcela Nro. 68 de Francisco Fraiz en diez metros (10 mts). PARCELA Nro. 31: Tiene una superficie aproximada de Ciento Veinte Metros Cuadrados (120 Mts2) y se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas particulares: NORTE: Con la parcela Nro. 30 en doce metros (12 mts). SUR: Con la parcela Nro. 32 en doce metros (12 mts). ESTE: Con la Avenida Nro. 1 de la Urbanización Villas el Ángel en diez metros (10 mts). OESTE: Con la Parcela Nro. 68 de Francisco Fraiz en diez metros (10 mts). PARCELA Nro. 32: Tiene una superficie aproximada de Ciento Veinte Metros Cuadrados (120 Mts2) y se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas particulares: NORTE: Con la parcela Nro. 31 en doce metros (123 mts). SUR: Con la parcela Nro. 33 en doce metros (12 mts). ESTE: Con la Avenida Nro. 1 de la Urbanización Villas el Ángel en diez meteros (10 mts). OESTE: Con la Parcela Nro.68 de Francisco Fraiz en diez metros (10 mts). PARCELA Nro. 33: Tiene una superficie aproximada de Ciento Ochenta Metros Cuadrados (180 Mts2) y se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas particulares: NORTE: Con la parcela Nro. 32 en doce (12 mts), SUR: Con la parcela Nro. 34 en doce metros (12 mts). ESTE: Con la Avenida Nro. 1 de la Urbanización Villas el Ángel en quince metros (15 mts). OESTE: Con la Parcela Nro. 68 de Francisco Fraiz en quince metros (15 mts). PARCELA Nro. 34: Tiene una superficie aproximada de Ciento Ochenta Metros Cuadrados (180 Mts2) y se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas particulares: NORTE: Con la parcela Nro. 33 en doce metros (12 mts). SUR: Con la parcela Nro. 35 en doce metros (12 mts). ESTE: Con la Avenida Nro. 1 de la Urbanización Villas el Ángel en quince metros (15 mts). OESTE: Con la Parcela Nro. 68 de Francisco Fraiz en quince metros (15 mts). PARCELA Nro. 35: Tiene una superficie aproximada de Doscientos Setenta Metros Cuadrados (270 Mts2) y se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas particulares: NORTE: Con la ´parcela Nro. 34 en doce metros (12 mts). SUR: Con los terrenos de Ana María Morales Carvajal en diecinueve metros (19 mts). ESTE: Con la parcela Nro. 36 en doce metros (12 mts). OESTE: Con la Parcela Nro. 68 de Francisco Fraiz en quince metros con ochenta centímetros (15,8 mts). PARCELA Nro. 36: Tiene una superficie aproximada de Ciento Vente Metros Cuadrados (120 Mts2) y se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas particulares: NORTE: Con la quinta transversal en diez metros (10 mts). SUR: Con terrenos de Ana Maria Morales Carvajal en diez metros (10 mts). ESTE: Con la parcela Nro. 37 en doce metros (12 mts). OESTE: Con la Parcela Nro. 35 en doce metros (12 mts). PARCELA Nro. 37: Tiene una superficie aproximada de Ciento Veinte Metros Cuadrados (120 Mts2) y se encentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas particulares: NORTE: Con la quinta transversal en diez metros (10 mts). SUR: Con terrenos de Ana Maria Morales Carvajal en diez metros (10 mts). ESTE: Con la parcela Nro. 38 en doce metros (123 mts). OESTE: Con la Parcela Nro. 36 en doce metros (12 mts). PARCELA Nro. 38: Tiene una superficie aproximada de Ciento Veinte Metros Cuadrados (120 Mts2) y se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas particulares: NORTE: Con la quinta transversal en diez metros (10 mts). SUR: Con terrenos de Ana María Morales Carvajal en diez metros (10 mts). ESTE: Con la parcela Nro. 39 en doce metros (12 mts). OESTE: Con la Parcela Nro. 37 en doce metros (12 mts). PARCELA Nro. 57: Tiene una superficie de Ciento Ochenta Metros Cuadrados (180 Mts2) alinderado así: NORTE Con la parcela Nro. 58 en doce metros (12 mts). SUR: Con la parcela Nro. 56 en doce metros (12 mts). ESTE: Con el Barrio el Paraíso en quince metros (15 mts). OESTE: Con la Avenida Nro. 2 de la Urbanización Villas el Ángel en quince metros (15 mts). PARCELA Nro. 63: Tiene una superficie aproximada de Ciento Veinte Metros Cuadrados (120 Mts2) y se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas particulares: NORTE: Con la parcela Nro. 64 en doce metros (12 mts). SUR: Con la parcela Nro. 62 en doce metros (12 mts). ESTE: Con el Barrio el Paraíso en diez metros (10 mts). ESTE: Con la Avenida Nro. 2 de la Urbanización Villas el Ángel en diez metros (10 mts). PARCELA Nro. 65: Tiene una superficie de Ciento Ochenta Metros Cuadrados (180 Mts2) y se encuentra comprendida dentro de los siguiente4s linderos y medidas particulares: NORTE: Con la parcela Nro. 66 en doce metros (12 mts). SUR: Con la parcela Nro. 64 en doce metros (12 mts). ESTE: Con el Barrio el Paraíso en quince metros (15 MTS). OESTE: Con la Avenida Nro. 2 de la Urbanización Villas el Ángel en quince metros (15 mts). PARCELA Nro. 66: Tiene una superficie de Ciento Ochenta Metros Cuadrados (180 Mts2) y se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas particulares: NORTE: Con la parcela Nro. 67 en doce metros (12 mts). SUR: Con la parcela Nro. 65 en doce metros (12 mts). ESTE: Con el Barrio el Paraíso en quince metros (15 mts). OESTE: Con la Avenida Nro. 2 de la Urbanización Villas el Ángel en quince metros (15 mts). PARCELA Nro. 68: Tiene una superficie aproximada de Ciento Veinte Metros Cuadrados (120 Mts2) y se encentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas particulares: NORTE: Con la parcela Nro. 69 en doce metros (12 mts). SUR: Con la parcela Nro. 67 en doce metros (12 mts). ESTE: Con el Barrio el Paraíso en diez metros (10 mts). OESTE: Con la Avenida Nro. 2 de la Urbanización Villas el Ángel en diez metros (10 mts). PARCELA Nro. 69: Tiene una superficie aproximada de Ciento Veinte Metros Cuadrados (120 Mts2) y se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas particulares: NORTE: Con la parcela Nro. 70 en doce metros (12 mts). SUR: Con la parcela Nro. 68 en doce metros (12 mts). ESTE: Con el Barrio el Paraíso en diez metros (10 mts). PARCELA Nro. 70: Tiene una superficie aproximada de Ciento Veinte Metros Cuadrados (120 Mts2) y se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas particulares: NORTE: Con la parcela Nro. 71 en doce metros (12 mts). SUR: Con la parcela Nro. 69 en doce metros (12 mts). ESTE: Con el Barrio el Paraíso en diez metros (10 mts). OESTE: Con la Avenida Nro. 2 de la Urbanización Villas el Ángel en diez metros (10 mts). PARCELA Nro. 72: Tiene una superficie aproximada de Ciento Veinte Metros Cuadrados (120 Mts2) y se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas particulares: NORTE: Con la parcela Nro. 73 en doce metros (10 mts). OESTE: Con la Avenida Nro. 2 de la Urbanización Villas el Ángel en diez metros (10 mts). PARCELA Nro. 74: Tiene una superficie aproximada de Ciento Ochenta Metros Cuadrados (180 Mts2) y se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas particulares: NORTE: Con terrenos de Jesús Eli Morales Carvajal en doce metros (12 mts). SUR: Con la parcela Nro. 73 en doce metros (12 mts). ESTE: Con el Barrio el Paraíso en quince metros (15 mts). OESTE: Con la Avenida Nro. 2 de la Urbanización Villas el Ángel en quince metros (15 mts). PARCELA Nro. 85: Tiene una superficie aproximada de Ciento Veinte y Nueve Metros Cuadrados (129 Mts2) y se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas particulares: NORTE: Con la parcela Nro. 83 en once punto cinco metros (11,5 mts). SUR: Con la parcela Nro. 87 en once punto seis metros (11,6 mts). ESTE: Con la Avenida Nro. 2 de la Urbanización Villas el Ángel en once punto cinco metros (11,5 mts). OESTE: Con la parcela Nro. 88 en once punto cinco metros (11,5 mts). PARCELA Nro. 87: Tiene una superficie aproximada de Ciento Veinte y Dos Metros Cuadrados (122 Mts2) y se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas particulares: NORTE: Con la parcela Nro. 85 en once punto seis metros (11.6 mts). SUR: Con la parcela Nro. 89 en once punto ocho metros (11,8 mts). ESTE: Con la Avenida Nro. 2 de la Urbanización Villas el Ángel en diez punto cinco metros (10,5 mts). OESTE: Con la parcela Nro. 90 en diez punto cinco metros (10,5 mts). PARCELA Nro. 88: Tiene una superficie aproximada de Ciento Veinte y Nueve Metros Cuadrados (129 Mts2) y se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas particulares: NORTE: Con la parcela Nro. 86 en once punto cinco metros (11,5 mts). SUR: Con la parcela Nro. 90 en once punto seis metros (11,6 mts).- ESTE: Con la parcela Nro. 86 en once punto cinco metros (11,5 mts). OESTE: Con Avenida Nro. 1 de la Urbanización Villas el Ángel en once punto cinco metros (11,5 mts). PARCELA Nro. 89: Tiene una superficie aproximada de Ciento Veinte y Cuatro Metros Cuadrados (124 Mts2) y se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas particulares: NORTE: Con la parcela Nro. 87 en once punto ocho metros (11,8 mts). SUR: Con la parcela Nro. 91 en doce metros (12 mts). ESTE: Con Avenida Nro. 2 de la Urbanización Villas el Ángel en diez punto cinco metros (10,5 mts). OESTE: Con la parcela Nro. 92 en once punto cinco metros (11,5 mts). PARCELA Nro. 92: Tiene una superficie de Ciento Veinte y Cuatro Metros Cuadrados (124 Mts2) y se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas particulares: NORTE: Con la parcela Nro. 90 en once punto tres metros (11,3 mts). SUR: Con la parcela Nro. 94 en doce metros (12 mts). ESTE: Con la parcela Nro. 89 en diez punto cinco metros (10,5 mts). OESTE: Con la Avenida Nro. 1 de la Urbanización Villas el Ángel en diez punto cinco metros (10,5 mts). PARCELA Nro. 93: Tiene una superficie aproximada de Ciento Veinte y Siete Metros Cuadrados (127 Mts2) alinderado así: NORTE: Con la parcela Nro. 91 en doce punto dos metros (12,2 mts). SUR: Con la parcela Nro. 95 en doce punto tres metros (12.3 mts). ESTE: Con la Avenida Nro. 2 de la Urbanización Villas el Ángel en diez punto cinco metros (10,5 mts). OESTE: Con la parcela Nro. 96 en diez punto cinco metros (10,5 mts). PARCELA Nro. 95: Tiene una superficie de Ciento Veinte y Nueve Metros Cuadrados (129 Mts2) alinderado así: NORTE: Con la parcela Nro. 93 en doce punto tres metros (12,3 mts). SUR: Con la parcela Nro. 97 en doce punto cuatro metros (12, 4 mts). ESTE: Con la Avenida Nro. 2 de la Urbanización Villas el Ángel en diez punto cinco metros (10,5 mts). OESTE: Con la parcela Nro. 98 en diez punto cinco metros (10,5 mts). PARCELA Nro. 96: Tiene una superficie de Ciento Veinte y Siete Metros Cuadrados (127 Mts2) alinderado así: NORTE: Con la parcela Nro. 94 en doce punto dos metros (12,2 mts). SUR: Con la parcela Nro. 98en doce punto tres metros (12.3 mts). ESTE: Con la parcela Nro. 93 en diez punto cinco metros (10,5 mts). OESTE: Con la Avenida Nro. 1 de la Urbanización Villas el Ángel en diez punto cinco metros (10, 5 mts). PARCELA Nro. 97: Tiene una superficie de Ciento Treinta y Uno punto Cinco Metros Cuadrados (131,5 Mts2) alinderado así: NORTE: Con la parcela Nro. 95 en doce punto cuatro metros (12,4 mts). SUR: Con la parcela Nro. 99 en doce punto cinco metros (12,5 mts). ESTE: Con la Avenida Nro. 2 de la Urbanización Villas el Angel en diez punto cinco metros (10,5 mts). OESTE: Con la parcela Nro. 100 EN DIEZ PUNTO CINCO METROS (10,5 mts). PARCELA Nro. 101: Tiene una superficie de Ciento Treinta y Tres Metros Cuadrados con Sesenta Centímetros Cuadrados (113,6 Mts2) alinderado así: NORTE: Con la parcela Nro. 99 en doce punto seis metros (12,6 mts). SUR: Con la cuarta transversal en doce punto ocho metros (12,8 mts). ESTE: Con la Avenida Nro. 2 de la Urbanización Villas el Angel en diez punto cinco metros (10,5 mts). OESTE: Con la parcela Nro. 104 en diez punto cinco metros (10,5 mts). PARCELA Nro. 103: Tiene una superficie aproximada de Ciento Treinta Metros Cuadrados con Cincuenta Centímetros Cuadrados (130,5 Mts2) y se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas particulares: NORTE: Con la cuarta transversal en trece metros (13 mts) SUR: Con la parcela Nro. 105 en trece punto dos metros (13,2 mts). ESTE: Con la Avenida Nro. 2 de la Urbanización Villas el Ángel en diez metros (10 mts). OESTE: Con la parcela Nro. 106 en nueve punto seis metros (9,6 mts). PARCELA Nro. 107: Tiene una superficie aproximada de Ciento Treinta y Tres Metros Cuadrados (133 Mts2) y se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas particulares: NORTE: Con la parcela Nro. 105 en trece punto cuatro metros (13,4 mts). SUR: Con la parcela Nro. 109 en trece punto cinco metros (13,5mts). ESTE: Con la Avenida Nro. 2 de la Urbanización Villas el Ángel en diez metros (10 mts). OESTE: Con la parcela Nro. 108 en diez metros (10 mts). PARCELA Nro. 109: Tiene una superficie aproximada de Ciento treinta y Tres Punto Cinco Metros Cuadrados (133,5 Mts2) y se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas particulares: NORTE: Con la parcela Nro. 107 en trece punto cinco metros (13,5 mts). SUR: Con la parcela Nro. 111 en trece punto seis metros (13,6 mts). ESTE: Con la Avenida Nro. 2 de la urbanización Villas el Ángel en diez metros (10 mts). OESTE: Con la parcela Nro. 110 en diez metros (10 mts). PARCELA Nro. 115: Tiene una superficie aproximada de Ciento Cuarenta Metros Cuadrados (140 Mts2) y se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas particulares: NORTE: Con la parcela Nro. 113 en catorce metros (14 mts). SUR: Con la parcela Nro. 117 en catorce punto dos metros (14,2 mts). ESTE: Con la Avenida Nro. 2 de la Urbanización Villas el Ángel en diez metros (10 mts). OESTE: Con la parcela Nro. 116 en diez metros (10 mts). PARCELA Nro. 117: Tiene una superficie aproximada de Ciento Cuarenta Metros Cuadrados con Cincuenta centímetros cuadrados (140,5 Mts2) y se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas particulares: NORTE: Con la parcela Nro. 115 en catorce punto dos metros (14,2 mts). SUR: Con la parcela Nro. 119 en catorce punto cuatro metros (14,4 mts). ESTE: Con la Avenida Nro. 2 de la Urbanización Vilas el Ángel en diez metros (10 mts). OESTE: Con la parcela Nro. 118 en diez metros (10 mts). Lo cual se desprendede Documento de Parcelamiento protocolizado en fecha 15 de junio de 1998 ante la Oficina Subalterna de Registro de los Municipios Santiago Mariño y Libertador del estado Aragua, inscrito bajo el N° 47, Protocolo Primero, Tomo 13.
Que a los fines de hacer efectiva la Medida de Embargo Ejecutivo Decretada, se ordenó librar el presente Mandamiento de Ejecución al TRIBUNAL DISTRIBUIDOR DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDA DEL MUNICIPIO SANTIAGO MARIÑO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 630 y siguientes del Código de Procedimiento Civil venezolano. Librándose el presente Despacho de Comisión anexo a Oficio, y anexándose igualmente copia certificada de la decisión que acordó el embargo ejecutivo, resolución del expediente D-AR/GCIA/0130-5-2014 de fecha 06 de mayo de 2014 por la Dirección Ministerial del Ministerio de Poder Popular para Vivienda y Hábitat en el Estado Aragua, contrato de préstamo con garantía de hipoteca y documento de parcelamiento.
Que la ejecución del presente embargo ejecutivo NO debe afectar en modo alguno la posesión por parte de las personas que pudieran estar ocupando los inmuebles antes descritos, debiéndose dar estricto cumplimiento a lo establecido por este Juzgado mediante decisión de esta misma fecha que se anexa junto con el presente despacho de comisión, la Dirección Ministerial del Ministerio de Poder Popular para Vivienda y Hábitat en el Estado Aragua, yel Código de Procedimiento Civil sobre la vía ejecutiva, y demás disposiciones que rigen la materia.
Que en caso de producirse posterior a la emisión de la presente decisión cualquier situación que pudiera afectar la posesión de las personas que habiten los inmuebles sujetos a hipoteca, se deberá agotar previamente el respectivo procedimiento administrativo de conformidad con Decreto con Rango, Valor y Fuerza de la Ley Contra el Desalojo y la Desocupación Arbitraria de Vivienda, ratificándose que la presente decisión NO afecta en modo alguno la posesión de las personas que pudieran ocupar los bienes inmuebles dados en garantía de hipoteca antes descritos.
Que para la práctica de la medida decretada ha sido comisionado amplia y suficientemente ese Tribunal, facultándosele de ser necesario para nombrar y prestar juramento a la Depositaria Judicial y perito avaluador conforme a la Ley.
Que una vez cumplida la presente comisión se sirva devolver su original a este Tribunal con sus resultas.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de éste Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, en Maracay, a losCuatro (04) días del mes de Abril de dos mil veinticinco (2025) Años: 214º de la Independencia y 166° de la Federación.-
EL JUEZ SUPLENTE


Abg. HECTOR ENRIQUE TABARES AGNELLI


LA SECRETARIA,


Abg. MIRIAMNY LIZMAR JIMENEZ PADRINO









Expediente N° 43.226
HT/MJ.-