D IS PO SITIV O
Tazones anteriormente expuestas este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor
Lduldas de los Municipios Libertador vñ Francisco Linares Alcántara de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivarıana de
Venezuela y por autoridad de la a Ley, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE
DVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO. Fomulada por los ciudadanos AURA ELENA
IONTILLA y LUIS ALBERTO BRICEÑO RIV AS. Venezolanos, mayores de edad, titulares de
Tas cedulas de identidad Nros. V-10.259,938 y V-19.276.363, respectivamente, debidamente asistidos por la abogada MARIBEL ARAUJO, inscrita en el Instituto de Previsión del abogado
Bajo el N° 191.747, fundamentada en los mencionados principios, la Sala Constitucional de este
Mbunal Supremo de Justicia, mediante sentencia 693 de fecha 02 de Junio de 2.015. En
Consecuencia, se declara disuelto el Vinculo Matrimonial que los une, contraido por ante el
Registro Civil del Municipio Libertador del estado Aragua, en fecha: 20 de noviembre de 2015;
Según consta en acta anotada bajo el N° 356, folio N° 106 del año 2015, del Libro de Registro
Civil de Matrimonios llevados por dicho Registro.

PUBLÍQUESE Y REGİSTRESE
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Tribunal de Municipio Ordinarioy
Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Francisco Linares Alcántara de la
Circunscripción Judicial gel Eştado Aragua. En Palo Negro, al primer (01) día del mes de Abril
De 2025./Ấħos 214° de /Independencia y 165° de la Federación.-