DIS PO SITIV O
Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor
De Medidas de los Municipios Libertador y Francisco Linares Alcántara de la Circunscripcion judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de
Venezuela y por autoridad de la Ley. DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE
DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO, formulada por los ciudadanos WILMEr
YOVARAY CANELON PEREZ y ROSA AURA TIAPA R0JAS, venezolanos, mayores de
Edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-14.882.453 y V-15.472.054. respectivamente.
Debidamente asistidos por la abogada MARIBEL ARAUJO, inscrita en el nstituto de Prevision
Del abogado bajo el N° 191.747, fundamentada en los mencionados principios, la Sala
Constitucional de este tribunal Supremo de Justicia, mediante sentencia 693 de fecha 02 de Junio
De 2.015. En consecuencia, se declara disuelto el Vínculo Matrimonial que los une. Contraido por
Ante el Registro Civil de la Parroquia Monseñor Feliciano Gonzalez del Municipio Francisco
Linares Alcántara del estado Aragua, en fecha: 16 de julio de 2009; según consta en acta anotada
Bajo elN° 095, folio N° 192 del año 2009, del Libro de Registro Civil de Matrimonios llevados
Por dicho Registro.
PUBLİQUESE Y REGÍSTRESE
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Tribunal de Municipio Ordinario y
Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertadory Francisco Linares Alcảntara de la
Circunscripción Judicial del Estado Aragua. En Palo Negro, al primer (01) dia del mes de Abril De 2025Aos 214°e la Independencia y 165° de la Federación