DISPOSITIVO
por las razones anteriormente expuestas este Tribunal de Municipio Ordinario y
Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Francisco Linares Alcántara de la
Circunscripción Judicial del Estado Aragua.
República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Lev, declara CON LUGAR, la
Aragua. Administrando Justicia en nombre de la
DEL ERTA
solicitud de RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE NACIMIENTO, llevada por el kegistro
del Municipio Santiago Mariño del estado Aragua: la cual corre inserta bajo el Nro.
392 del año 1962 de los libros de Registro Civil respectivos; presentada por la ciudadana
MILAGROS DEL VALLE DA SILVA ALARCON, venezolana, mayor de edad, titular de
la cédula de identidad N° V-7.220.637. La cual previamente determinada queda asi; por
error material involuntario asentaron PRIMERO: por error involuntario fue asentado el
nombre del padre de la solicitante como JUAN LUIS DA SILVA", cuando lo correcto es
*"JOAO LUIZ DA SILVA". En consecuencia, estámpese la respectiva nota marginal de la
presente decisión en el acta por llevada por el Registro Civil del Municipio Santiago
Mariño. la cual corre inserta bajo el Nro. 392 del año 1962, expídanse copia certificada de
la presente decisión y remítase con oficio al Registro Principal del Estado Aragua y al
Registro Civil del Santiago Mariño del estado Aragua a los fines de que se estampe la
debida Nota Marginal correspondiente. - Líbrense oficios.