REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.-
Maracay, 28 de Abril de 2025
214º y 165º

Vista la anterior solicitud formulada por la ciudadana SIMONA JEANNETTE SUAREZ NOGALES, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-4.551.770, en su nombre y representación de los ciudadanos NELSON ALEJANDRO SUAREZ NOGALES (fallecido), GUILLERMO FEDERICO SUAREZ NOGALES (fallecido), ORLANDO JOSE SUAREZ NOGALES (fallecido), EDUARDO EMIRO SUAREZ NOGALES, MEUDIS MARGARITA SUAREZ NOGALES, SIMON ANTONIO SUAREZ NOGALES, IRENE AMELIA SUAREZ NOGALES, MIREYA GENOVEVA SUAREZ NOGALES Y MORELA OFELIA SUAREZ NOGALES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nº V-3.436.907, V-2.853.799, V-3.744.458, V-3.232.980, V-3.844.602, V-4.567.845, V-5.280.894, V-7.182.269 y V-7.199.575, respectivamente, y vista igualmente las declaraciones rendidas por las declaraciones de los ciudadanos: CARLOS TOVAR y LUIS CRUZ venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de Identidad Nº V-10.458.730 y V-9.673.308, respectivamente, de este domicilio; este Tribunal, DEJANDO A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS, de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA a los ciudadanos: SIMONA JEANNETTE SUAREZ NOGALES, NELSON ALEJANDRO SUAREZ NOGALES (fallecido), GUILLERMO FEDERICO SUAREZ NOGALES (fallecido), ORLANDO JOSE SUAREZ NOGALES (fallecido), EDUARDO EMIRO SUAREZ NOGALES, MEUDIS MARGARITA SUAREZ NOGALES, SIMON ANTONIO SUAREZ NOGALES, IRENE AMELIA SUAREZ NOGALES, MIREYA GENOVEVA SUAREZ NOGALES Y MORELA OFELIA SUAREZ NOGALES, antes identificados, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de los derechos dejados por la causante DOMINGA NOGALES DE SUAREZ, venezolano, mayor de edad, quien en vida era el titular de la cédula de identidad Nº V-3.129.483. Devuélvanse originales de las presentes actuaciones.
LA JUEZA PROVISORIA
ABG. YESSIKA GABRIELA TREMON REBOLLEDO.
LA SECRETARIA ACC
ABG. ARIADNA A. CHIONIS M.
En esta misma fecha, se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede y se devuelve constante de ____________ folios útiles.-
LA SECRETARIA

Solicitud Nº T5M-S-1463-25.-
YGTR/Achm/ag.-