REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSÉ FÉLIX RIBAS, JOSÉ RAFAEL REVENGA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
La Victoria, Treinta (30) de Abril de Dos Mil Veinticinco (2025)
213° y 165°
SOLICITUD: T2M-V-955-25.-
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO
SOLICITANTE: OLGA QUIROZ DE PEREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro V-4.369.151.-
ABOGADO ASISTENTE: MARIA DUARTE, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 212.516
Cumplidos todos los requisitos de Ley y admitida como fue la presente solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, interpuesta por la ciudadana OLGA QUIROZ DE PEREZ actuando en nombre propio y en representación de sus nietos GONZALEZ PEREZ ISMAEL FELIPE, GONZALEZ PEREZ LUIS FELIPE, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nº V-28.496.035, 30.091.259, respectivamente, debidamente asistidos por la Abogada MARIA DUARTE, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 212.516, solicitando se le declare como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la fallecida ANA MARIA PEREZ QUIROZ, quien fuera venezolana, mayor de edad, casada, titular de la Cédula de Identidad Nº V-14.086.158, fallecida Ab- intestato, el día 27 de Octubre del año 2024, en el Centro de Diagnostico Integral (C.D.I) Hugo Chávez Fría Municipio José Félix Ribas del Estado Aragua, como se evidencia de Certificación del Acta de Defunción expedida por el Registro Civil y Electoral del Estado Aragua, Municipio José Félix Ribas, Parroquia Juan U Bolívar, Acta Nro. 678: Folio: 178, Año 2024. Ésta Sentenciadora una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia promovidas por los solicitantes y evacuada por ante éste mismo Tribunal, dejando a salvo los derechos de terceros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA conforme al artículo 937 del Código de Procedimiento Civil Venezolano, CON LUGAR la Solicitud de Únicos y Universales Herederos, de la fallecida ANA MARIA PEREZ QUIROZ, plenamente identificada, a los ciudadanos OLGA QUIROZ DE PEREZ, GONZALEZ PEREZ ISMAEL FELIPE, GONZALEZ PEREZ LUIS FELIPE, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros V-4.369.151, 28.496.035 respectivamente, en condición de abuela de los ciudadanos antes identificados, como consta en copia simple de las actas de nacimiento Nro. 555, Libro: 01, Año: 1980, expedida por el Consejo Nacional Electoral Comisión de Registro Civil y Electoral Municipio José Félix Ribas del Estado Aragua, Acta Nro.1339, Libro: 02, Año: 2001, expedida por el Consejo Nacional Electoral Comisión de Registro Civil y Electoral Municipio José Félix Ribas del Estado Aragua Acta Nro. 906, Libro: 02, Año: 2003. Y ASÍ SE DECIDE. Expídanse copias certificadas de toda la solicitud, para el archivo en este Tribunal y las que soliciten los interesados. Devuélvanse las actuaciones a los solicitantes.
Publíquese, regístrese y déjese copia
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho de este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSÉ FÉLIX RIBAS y JOSÉ RAFAEL REVENGA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, en La Victoria a los Treinta (30) días del mes Abril de Dos Mil Veinticinco (2025). Años 213º de la Independencia y 165º de la Federación. -
LA JUEZA
ABG. ROSANGELA DAYANA ROMERO MORGADO.
EL SECRETARIO
ABG. EDWARD HERNÁNDEZ
En la misma fecha siendo las 11:45 a.m. Se publicó, se registró y se dejó copia de la anterior decisión, previo anuncio de Ley a las puertas del Tribunal.
EL SECRETARIO
ABG. EDWARD HERNÁNDEZ
RDRM/EH/yl
SOL. Nº T2M-V-955-25.-
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