En relación a la solicitud presentado por el ciudadano EMILIO JAVIER MENDOZA RUIZ, mayor de edad, venezolano, titular de la cedula de identidad N° V-7.236.174, asistido por la abogada MARILU CAICEDO, Defensora Publica Primera, en el área integral de Civil, Mercantil y Transito, adscrita a la Unidad de Defensa Publica de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, inscrita en inpreabogado N° 166.865, donde solicita que se declaren a los ciudadanos EMILIO JAVIER MENDOZA RUIZ, EMILY AYARI MENDOZA MOLINA, GI mayores de edad, venezolanos, titulares de la cedula de identidad N° V-14.692.974, V-14.692.975, V-19.417.794, V-7.236.174, respectivamente, como “ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS” del de-cujus, YRMA YOLANDA MARTINEZ PARRA, quien falleció en fecha 07-07-2021, y en vida fue venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 6.104.790.
No compareció persona alguna interesada, el Tribunal dejando a salvo los derechos de terceros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Únicos y Universales Herederos, y en consecuencia, declara conforme a los autos a los ciudadanos JOSE GREGORIO PACHECO MARTINEZ, GREIMA DANELIS PACHECO MARTINEZ, GREGORY TEIDY PACHECO MARTINEZ Y EMILIO JAVIER MENDOZA RUIZ, mayores de edad, venezolanos, titulares de la cedula de identidad N° V-14.692.974, V-14.692.975, V-19.417.794, V-7.236.174, respectivamentecomo “ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS” del de-cujus, YRMA YOLANDA MARTINEZ PARRA, quien falleció en fecha 07-07-2021. Y así se decide. Expídanse copias certificadas de la solicitud, del auto de admisión y del presente decreto a los interesados. Devuélvanse las actuaciones a los solicitantes.
Publíquese, regístrese y déjese copia.-
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho de este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Francisco Linares Alcántara de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. En Palo Negro, a los trece (13) días del mes de agosto de 2025. Años 214° de la Independencia y 165° de la Federación.
LA JUEZ,
BERLIX COROMOTO ARIAS LOZADA
LA SECRETARIA
STEPHANY QUERO
En la misma fecha siendo las 09:30 a.m., se publicó, se registró y se dejó copia de la anterior decisión.
LA SECRETARIA
Solicitud Nro. 7745-25
BA/SQ/RM
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