Se recibió SOLICITUD DE TITULO SUPLETORIO, presentada por la ciudadana ALEXANDRA CARLEANA BUSTAMANTE QUINONEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 26.596.138 y el ciudadano ALEXIS JOSE BUSTAMANTE QUIÑONEZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 28.277.687, representado por la ciudadana ROXANDRI ANDREINA MELO LA CRUZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 30.026.872, asistidos por la profesional ZOILA GONZALEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N°298.186, y tras una revisión detallada esta Juzgadora observa, que existe incongruencia en los documentos requeridos y deben consignar sus originales o copia certificada, también se observa que falta la postulación debido a que solo podrán ejercer poderes en juicio quienes sean abogados en ejercicio conforme a las disposiciones de la ley de abogados según el articulo 166 del código de procedimiento civil, en consecuencia, este Tribunal INSTA a la parte a subsanar los recaudos correspondientes, a los fines de su admisión y Pronunciamiento de Ley. Así se declara. Publíquese, regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal de conformidad con los artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Francisco Linares Alcántara de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. En Palo Negro a los (14) días del mes de Agosto del (2025) Año$ 214° de la Independencia y 165° de la Federación.
LA JUEZ
BERLIX COROMOTO ARIAS LOZADA
LA SECRETARIA
STEPHANY QUERO
En esta misma fecha, se publicó la anterior sentencia previo anuncio de Ley a las puertas del Tribunal, siendo las 09: 00 a.m.
LA SECRETARIA
TMP-7769-25
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