En relación a la solicitud presentada por la ciudadana JULEIDA RAQUEL CASTRO PEÑA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.669.281, actuando en nombre propio y representación del ciudadano NELSON JOSÉ FUNES GONZALEZ, venezolano, titular de la cedula de identidad Nº V-10.271.238; debidamente asistida por el abogado ELIAS ANTONIO CASTRO GUERRA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 167.829, donde solicita que sean declarados como “ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS” del de-cujus, NELSON GABRIEL FUNES CASTRO, quien en vida fue venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-27.204.863, fallecido ab-intestado en fecha 22 de Julio de 2025. El Tribunal una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia, promovidas por la mencionada ciudadana y evacuadas por ante este mismo Tribunal y por cuanto no compareció persona alguna interesada, el Tribunal dejando a salvo los derechos de terceros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Únicos y Universales Herederos, y en consecuencia, declara conforme a los autos a los ciudadanos JULEIDA RAQUEL CASTRO PEÑA y NELSON JOSÉ FUNES GONZALEZ, antes identificados, como “ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS” del de-cujus, NELSON GABRIEL FUNES CASTRO, quien en vida fue venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-27.204.863, fallecido ab-intestado en fecha 22 de Julio de 2025, según consta en acta de defunción N° 329, folio Nº 079 de fecha 23 de Julio de 2025, expedida por el Registro Civil de la Parroquia Palo Negro, Municipio Libertador del estado Aragua. Y así se decide. Expídanse copias certificadas de la solicitud, del auto de admisión y del presente decreto a los interesados. Devuélvanse las actuaciones a los solicitantes.
Publíquese, regístrese y déjese copia. -
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho de este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Francisco Linares Alcántara de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. En Palo Negro, a los ocho (08) días del mes de Agosto de 2025. Años 215 ° de la Independencia y 166° de la Federación.
LA JUEZ
BERLIX COROMOTO ARIAS LOZADA
LA SECRETARIA
STEPHANY ANDREINA QUERO BORGES
En esta misma fecha se le dio cumplimiento al auto que antecede y se devuelve constante de ( ) folios utiles.-
LA SECRETARIA
Solicitud. N° TMP-7815-25. -
BA/SQ/lp.-
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