REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY

En el día de hoy, 05 de Agosto de 2025, se ha presentado ante este Tribunal una persona que legalmente juramentada dijo ser y llamarse ENDY YOLIMAR PEREZ ROCHE, quien es venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-14.943.867. Impuesta del motivo de su comparecencia de los generales de la Ley referente a testigos manifestó no tener impedimento para declarar acerca de los particulares contenidos en la solicitud y contestó al: PRIMERO: Si, conocí en vida al de cujus ciudadano ALFREDO JASPE desde hace muchos años SEGUNDO: Si se y me consta que el ciudadano ALFREDO JASPE, falleció el día 07 de NOVIEMBRE de 1991 TERCERO: Si se y me consta que el ciudadano ALFREDO JASPE, deja tres (03) hijos de nombres: MARY CARMEN JASPE BARRANCAS, WILL JOSE JASPE BARRANCAS y SIMON ALFREDO JASPE BARRANCAS, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-13.245.832, V-11.413.093 y V- 11.408.382 respectivamente, quienes son los únicos y universales herederos. CUARTO: Si se y me consta que era esposo de la ciudadana IRIS DEL CARMEN BARRANCAS DE JASPE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.314.032. Es todo, se leyó y conformes firman:

EL JUEZ,


DIEGO ARMANDO SEGOVIA ALVAREZ

LA TESTIGO,


LA SECRETARIA,

BRIGIDA TERAN MORENO

Sol T2M-M 133-25
DASA/btm/ps



En el día de hoy, 05 de Agosto de 2025, se ha presentado ante este Tribunal una persona que legalmente juramentada dijo ser y llamarse JORGE LUIS RIBAS, quien es venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-11.795.571. Impuesta del motivo de su comparecencia de los generales de la Ley referente a testigos manifestó no tener impedimento para declarar acerca de los particulares contenidos en la solicitud y contestó al: PRIMERO: Si, conocí en vida al de cujus ciudadano ALFREDO JASPE desde hace muchos años SEGUNDO: Si se y me consta que el ciudadano ALFREDO JASPE, falleció el día 07 de NOVIEMBRE de 1991 TERCERO: Si se y me consta que el ciudadano ALFREDO JASPE, deja tres (03) hijos de nombres: MARY CARMEN JASPE BARRANCAS, WILL JOSE JASPE BARRANCAS y SIMON ALFREDO JASPE BARRANCAS, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-13.245.832, V-11.413.093 y V- 11.408.382 respectivamente, quienes son los únicos y universales herederos. CUARTO: Si se y me consta que era esposo de la ciudadana IRIS DEL CARMEN BARRANCAS DE JASPE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.314.032. Es todo, se leyó y conformes firman:

EL JUEZ,


DIEGO ARMANDO SEGOVIA ALVAREZ

EL TESTIGO,


LA SECRETARIA,

BRIGIDA TERAN MORENO

Sol T2M-M 133-25
DASA/btm/ps







EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA

Maracay, 05 de Agosto de 2025
215º y 166º

Vista la solicitud de únicos y universales herederos presentada, así como la justificación de los testigos promovida y evacuada, este Tribunal, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, Declara: ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos: IRIS DEL CARMEN BARRANCAS DE JASPE, MARY CARMEN JASPE BARRANCAS, WILL JOSE JASPE BARRANCAS y SIMON ALFREDO JASPE BARRANCAS, venezolanos, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-5.314.032, V-13.245.832, V-11.413.093 y V-11.408.382 respectivamente, en su carácter de causahabientes del ciudadano: ALFREDO JASPE quien en vida fuera venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-2.152.288, quien falleció en fecha 07 de Noviembre de 1991 tal como se desprende del Acta de Defunción expedida por el Registro Civil de Defunción, del Municipio Girardot, Parroquia Joaquín Crespo, Maracay Estado Aragua, inscrita bajo el Nro. 2203, Tomo 6to de los libros de Registro Civil de defunción del año 1991; todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho.
Devuélvase a los solicitantes en original todas las actuaciones que conforman la presente solicitud, dejándose copia certificada del presente Decreto y constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal. Cúmplase.
EL JUEZ,

DIEGO ARMANDO SEGOVIA ALVAREZ
LA SECRETARIA,

BRIGIDA TERAN MORENO

SOL. N° T2M-M 133-25
DASA/BTM/ps



EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA

Maracay, 05 de Agosto de 2025
215º y 166º

Por recibida en fecha 05 de Agosto de 2025, en el marco del operativo Tribunales Móviles del estado Aragua, y vista la anterior solicitud de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS constante de Dos (02) folios útiles y sus anexos presentado por la ciudadana IRIS DEL CARMEN BARRANCAS DE JASPE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.314.032, debidamente asistida por la profesional del derecho YNDIRA BALDUZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 74.203, désele entrada y evácuese la justificación promovida en ella y con sus resultas se proveerá.
EL JUEZ,

DIEGO ARMANDO SEGOVIA ALVAREZ
LA SECRETARIA,

BRIGIDA TERAN MORENO






Sol T2M-M 133-25
DASA/btm/ps