REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
Maracay, 13 de Agosto de 2.025
215° y 166°
Vista la anterior solicitud formulada por el ciudadano JOSÉ ISAI BRAVO IDROGO, titular de la cédula de identidad N° V.- 9.641.644 y las declaraciones rendidas por los ciudadanos CARLOS ALBERTO VERGARA GONZALEZ, titular de la cédula de identidad N° V.- 5.263.648 e ISBELIA JOSEFINA FLORES, titular de la cédula de identidad N° V.- 10.618.884; este Tribunal, como se pide y dejando a salvo los derechos de Terceros declara de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dichas pruebas suficientes para asegurar al ciudadano JOSÉ ISAI BRAVO IDROGO, su condición de constructor y poseedor de las bienhechurías existentes descritas en la presente solicitud, las cuales se encuentran construidas sobre un terreno de su propiedad, según documento debidamente protocolizado por ante el Registro Público del Segundo Circuito de los Municipios Girardot, Mario Briceño Iragorry y Costa de Oro del estado Aragua, en fecha 23 de Marzo de 2012, bajo el N° 2010.7781, Asiento Registral 5 del Inmueble matriculado con el N° 282.4.13.2.791 y correspondiente al Libro de Folio Real del año 2010, ubicado en la Calle 07, Sector 02, distinguida con el N° 16 de la Urbanización Caña de Azúcar, Municipio Mario Briceño Iragorry del estado Aragua, identificada con el numero catastral 05-08-02-U-02-07-16. Devuélvase el original con sus resultas y expídanse las copias certificadas que solicite la parte interesada.
LA JUEZA SUPLENTE,
ABG. MARÍA VIRGINIA ROMERO RAMÍREZ
LA SECRETARIA
ABG. JANETH PÉREZ
Sol. N° T3M-M-87-2025
MVRR/JP/BM