REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
Maracay, 05 de Agosto de 2.025
215° y 166°
Vista la anterior solicitud formulada por el ciudadano OMAR JOSÉ PRINCE MONTENEGRO, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nro. V-9.647.593 y de este domicilio, actuando en nombre propio y en representación sin poder de la SUCESIÓN MARIA CRISTINA MONTENEGRO DE PRINCE de conformidad con el artículo 168 del Código de Procedimiento Civil, debidamente asistido por la abogada en libre ejercicio MORIEMP EMPERATRIZ RAMIREZ PEREZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nro. V-14.607.628 e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el Nro. 116.775; e igualmente vistas las declaraciones rendidas por los ciudadanos FREDDY ALFONZO ARVELLO CLEER y JOSUE NEHEMIAS VENERO PEREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-16.129.932 y V-20.895.763 respectivamente, este Tribunal, como se pide y dejando a salvo los derechos de Terceros, declara de conformidad con lo establecido en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, dichas pruebas suficientes para asegurar a los ciudadanos Omar José Prince Montenegro y Daniella Prince Montenegro, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-9.647.593 y V-12.138.569 respectivamente, su condición de Únicos y Universales Herederos de la causante, la ciudadana MARÍA CRISTINA MONTENEGRO DE PRINCE, quien en vida fuera, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-3.742.924, falleció ab-intestato el 06 de julio del 2025. Devuélvase original con sus resultas y expídanse copia certificada las que solicite la parte interesada. CÚMPLASE LO ORDENADO.
LA JUEZ SUPLENTE,
ABG. MARÍA VIRGINIA ROMERO RAMÍREZ
LA SECRETARIA.,
ABG. JANETH PÉREZ
Sol. N° T3M-M-76-2.025
MVRR/JP/LB.-