REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
Maracay, 08 de Agosto de 2.025
215° y 166°
Vista la anterior solicitud formulada por el ciudadano MAURICIO ANTONIO OLAVARRIA CHAVERO, titular de la cédula de identidad N° V.- 9.667.387 y las declaraciones rendidas por los ciudadanos CARLOS ALBERTO VERGARA GONZALEZ, titular de la cédula de identidad N° V.- 5.263.648 e ISBELIA JOSEFINA FLORES, titular de la cédula de identidad N° V.- 10.618.884; este Tribunal, como se pide y dejando a salvo los derechos de Terceros declara de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dichas pruebas suficientes para asegurar a los ciudadanos MAURICIO ANTONIO OLAVARRIA CHAVERO e ISADORA GONZALEZ ARAGORT, su condición de constructores y poseedores de las bienhechurías existentes descritas en la presente solicitud, las cuales se encuentran construidas sobre un terreno del cual es propietario el ciudadano MAURICIO ANTONIO OLAVARRIA CHAVERO, según documento debidamente protocolizado por ante el Registro Inmobiliario del Primer Circuito del Municipio Girardot del estado Aragua, en fecha 20 de Diciembre de 2005, bajo el N° 10, Folios 70 al 75 Vto. 1, Tomo 28, identificada con el numero catastral 01-05-03-01-U1-006-006-001-000-000-000. Devuélvase el original con sus resultas y expídanse las copias certificadas que solicite la parte interesada.
LA JUEZA SUPLENTE,
ABG. MARÍA VIRGINIA ROMERO RAMÍREZ
LA SECRETARIA
ABG. JANETH PÉREZ
Sol. N° T3M-M-78-2025
MVRR/JP/BM