REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.-
Maracay, 12 de Agosto del 2.025
215º y 166º

Vista la anterior solicitud formulada la ciudadana ROSA BARBARA ALTUVE QUINTERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-7.238.755, en su nombre y representación de los ciudadanos GLORIA THIBISAY ALTUVE QUINTERO, LIDIA ZORAYMA ALTUVE DE AGNELLO, MILAGRO DEL ROSARIO ALTUVE QUINTERO, DEYANIRA ALTUVE QUINTERO y GIOVANNI GREGORIO ALTUVE QUINTERO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nº V-6.274.050, V-7.225.108, V-7.258.544, V-7.258.545 y V-9.665.563 respectivamente, debidamente asistidos en este acto por el Abogado EDVIN ESCALONA, Inpreabogado Nº 257.647, y vista igualmente las declaraciones rendidas por las declaraciones de las ciudadanas: WILLY JOSE ROMERO FERNANDEZ y YETZUS ENRIQUE FIGUERA RUIZ venezolanas, mayores de edad, titulares de las cedulas de Identidad Nº V-17.247.627y V-14.961.138, respectivamente, de este domicilio; este Tribunal, DEJANDO A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS, de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA a los ciudadanos ROSA BARBARA ALTUVE QUINTERO, GLORIA THIBISAY ALTUVE QUINTERO, LIDIA ZORAYMA ALTUVE DE AGNELLO, MILAGRO DEL ROSARIO ALTUVE QUINTERO, DEYANIRA ALTUVE QUINTERO y GIOVANNI GREGORIO ALTUVE QUINTERO, antes identificados, en su carácter de hijos, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de los derechos dejados por la causante LUISA QUINTERO, venezolana, mayor de edad, quien en vida era el titular de la cédula de identidad Nº V-2.458.988. Devuélvanse originales de las presentes actuaciones.
LA JUEZA PROVISORIA

ABG. YESSIKA GABRIELA TREMON REBOLLEDO.
LA SECRETARIA
ABG. ARIADNA A. CHIONIS M.
En esta misma fecha, se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede y se devuelve constante de ____________ folios útiles.-
LA SECRETARIA
Solicitud Nº T5M-S-1529-25.-
YGTR/Achm/ag-