REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
215° y 165º
SOLICITUD Nª________________
SENTENCIA Nª ________________
SOLICITANTE: SHIRLEY ROSE ISABELA MISLE PIZARRO, mayor edad, soltera, venezolana, titular de la cédula de identidad Nro. V-28.354.087.
MOTIVO: TÍTULO SUPLETORIO
DECISIÓN: PROCEDENTE
TIPO DE SENTENCIA: DEFINITIVA.
Vista la solicitud presentada por la ciudadana: SHIRLEY ROSE ISABELA MISLE PIZARRO, venezolana, mayor edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nro. V-28.354.087, conjuntamente con los recaudos anexos, tales como: autorización emanada de la Sindicatura Municipal del Municipio Zamora del estado Aragua, certificado de empadronamiento N°CE001006, Levantamiento parcelario, emanados de la Dirección de Catastro y ejido, documentales estas que valora quien aquí decide conforme a lo establecido en el artículo 8 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, por tratarse de documentos emanados de la Administración Pública, y vista igualmente las justificación de los ciudadanos: DISNEY BALVINA CONTRERAS DE DIAZ y LUIS ALBERTO QUERO VAZQUEZ, titular de la cédula de identidad Nro.V-9.202.968 Y V-18.069.427,respectivamente, promovidas y evacuadas al efecto por ante este Juzgado, de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, éste Tribunal declara TITULO SUPLETORIO a favor de la ciudadana: SHIRLEY ROSE ISABELA MISLE PIZARRO, venezolana, mayor edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nro. V-28.354.087, sobre un Lote de terreno propiedad Privada, con una extensión de terrenos que mide CIENTO CINCUENTA Y UN METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y DOS CENTIMETROS, (151,52.Mtrs2), ubicado en: Sector 13 de Septiembre, Calle Rómulo Gallegos, casa Nº 63-1 Parroquia Villa De Cura, Municipio Zamora del Estado Aragua, identificado cuyos linderos son: NORTE: En 14,50 con casa que es o fue de Beatriz Fuentes; SUR: En 14,50 Mts. Con Casa que es o fue de María Tovar; ESTE: En 10,45 Mts. Con Casa que es o fue de Ali Pumero; OESTE: En 10,45 Mts. Con Calle Rómulo gallegos su Frente, cuyas características y demás determinaciones constan en la solicitud que encabeza estas actuaciones quedando a salvo en todo caso los derechos de terceros. Devuélvase original de lo actuado a la parte interesada. Cúmplase. En Villa de Cura, a los Doce (12) días del mes de agosto (08) de Dos Mil veinticinco (2025)
LA JUEZ,
ABG.GREIBYS CAROLINA GARCIA DE BARRERA.
LA SECRETARIA TEMPORAL
ABG. YEZENIA GONZALEZ
En la misma fecha, se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior, se devuelven los originales constantes de (14) folios útiles, a la parte interesada quien firmará el libro de Solicitudes correspondientes en prueba de haber recibido la misma.
LA SECRETARIA TEMPORAL
Solicitud N°9389
YCGG/YG/KARLA ABG. YEZENIA GONZALEZ
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