REPÙBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.
215° y 165°
SOLICITUD Nº1176-25
SENTENCIA N°¬¬¬¬¬__183-11082025
SOLICITANTE(S): JACQUELINE CORALIA DIAZ, venezolana, divorciada, titular de la cédula de identidad Nro. V-7.293.317.
MOTIVO: TÍTULO SUPLETORIO
DECISIÓN: PROCEDENTE
TIPO DE SENTENCIA: DEFINITIVA
Vista la solicitud presentada por la ciudadana: JACQUELINE CORALIA DIAZ, venezolana, Divorciada, titular de la cédula de identidad Nro. V-7.293.317, conjuntamente con los recaudos anexos tales como: certificado de empadronamiento N°CE:000800, Levantamiento parcelario, emanados de la Dirección de Catastro y Ejido, Autorización emanada por el Sindico Procurador Municipal del Municipio Zamora, documentales estas que valora quien aquí decide conforme a lo establecido en el artículo 8 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, por tratarse de documentos emanados de la Administración Pública, y vista igualmente las justificación de las ciudadanas: ANA GRICEDA YBARRA REAZA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cedula de identidad N° V-8.779.846 y DULCE MARIA IBARRA DE GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, Casada, titular de la cedula de identidad N° V-5.161.669, respectivamente, promovidas y evacuadas al efecto por ante este Juzgado, de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, éste Tribunal declara TITULO SUPLETORIO a favor de la ciudadana: JACQUELINE CORALIA DIAZ, venezolana, divorciada, titular de la cédula de identidad Nro. V-7.293.317, sobre unas bienhechurías, levantadas en un Lote de terreno de propiedad del Municipal con una extensión de terreno que mide: CIENTO TREINTA Y CINCO METROS CUADRADOS (135.00 mts2), ubicado en Urbanización Amanda Roye Calle Guayabal Nro.3 Parroquia Villa de Cura Municipio Zamora del Estado Aragua, identificado cuyos linderos son: NORTE: Con 9.00 Mts. Con vereda 2. SUR: En 9.00 Mts. con calle Guayabal que es su frente. ESTE: en 15.00 Mts. Con casa que es o fue de Marco Saturno. OESTE: 15.00 Mts con casa que es o fue de Mariangel Viscaino, cuyas características y demás determinaciones constan en la solicitud que encabeza estas actuaciones quedando a salvo en todo caso los derechos de terceros. Devuélvase original de lo actuado a la parte interesada. Cúmplase. En San Francisco de Asís, a los Trece (13) días del mes de Agosto (08) del Dos Mil veinticinco (2025).
La Jueza
Abg. Msc. Doralys Torres Tosta.
El Secretario
Abg. Pedro Cobos
En la misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior, se devuelven los originales constantes de (10) folios útiles a la parte interesada quien firmará el libro de Solicitudes correspondientes en prueba de haber recibido la misma.
El Secretario
Abg. Pedro Cobos
Exp. N° 1176 -2025
Dvtt/Pc/Am
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