REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y FRANCISCO LINARES ALCÁNTARA
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.
Palo Negro, 09 de diciembre de 2025
214º y 166°
Vista la anterior solicitud de TITULO SUPLETORIO, formulada por la ciudadana LILIAN MERCEDES PEREZ, venezolana, mayor de edad, hábil en derecho, titular de la cédula de identidad Nro. V-5.278.469, asistida por la abogada RUTH DECIREE CABRICES, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 85.992, sobre unas bienhechurías en una extensión de terreno, ubicado en CALLE MIRANDA N° 13 SECTOR CENTRO III, PALO NEGRO. Identificada con el código Catastral N° 0507-01-U01-004-010-022-000-000-000, con un área de terreno de OCHENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS CON VEINTITRES DECIMETROS (89,23 Mts2) y un área de construcción de OCHENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS CON VEINTITRES DECIMETROS (89,23 Mts2); y cuyos linderos y medidas son los siguientes: NORTE: con casa N° 13-1, SUR: con casa N° 63, ESTE: con casa que es o fue de Fernando Martínez y OESTE: con calle Miranda, su frente y vistas las declaraciones de los testigos presentados, se DECLARA en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, TITULO SUPLETORIO, a favor de la ciudadana LILIAN MERCEDES PEREZ, venezolana, mayor de edad, hábil en derecho, titular de la cédula de identidad Nro. V-5.278.469, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejándose a salvo los derechos de terceros. Entréguese los originales de la totalidad de las presentes actuaciones a la parte interesada conforme a lo solicitado. Cúmplase. -
LA JUEZ,
BERLIX COROMOTO ARIAS LOZADA
LA SECFRETARIA
STEPHANY ANDREINA QUERO BORGES
En esta misma fecha, se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede y se ordenó devolver los originales.
LA SECRETARIA
Solicitud N° TMP -7911-25.
BA/SQ/RM.
|