REPÙBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO ARAGUA.
SOLICITUD Nª9453
SENTENCIA N° __-5122025
SOLICITANTE:FRANCISCO ALBERTO CONOROPO BRETO, venezolano, titulare de las cédulas de identidad Nros. V-12.309.747.
MOTIVO: DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
DECISIÓN: DECRETO DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
TIPO DE SENTENCIA: DEFINITIVA

Vista la anterior solicitud presentada por el Ciudadano: FRANCISCO ALBERTO CONOROPO BRETO, venezolano, titular de la cédula de identidad N. V-12.309.747,debidamente asistido por el abogado en ejercicio GUILLERMO RAMON ACOSTA DUBRON inpreabogado 156.896, conjuntamente con los recaudos anexos, tales como los siguientes documentos originales: Acta de defunción expedida por el Registro Civil de Villa de Cura deMunicipio Zamora, del Estado Aragua. Acta Nª 49, folio 49,tomo I, Año 2018, dela Ciudadana:ROSA MATILDE BRETO DE CONOROPO. Acta de Nacimiento expedida por el Prefectura del Municipio Zamora, Acta Nº102, Año:1961, del ciudadano: `WILLIAM JOSE CONOROPO BRETO. Acta de Nacimiento expedida por el Registro civil del Municipio Zamora, Acta Nº46, folio vto 23, tomo I, Año:1975,del ciudadano: FRANCISCO ALBERTO CONOROPO BRETO,` documentales que valora quien aquí decide conforme a lo establecido en el artículo 1.357 del Código Civil,y que valora este Tribunal conforme a lo establecido en el artículo 429 del Código de Procedimiento Civil, y vista igualmente la justificación de los ciudadanos:ALIRIC GONZALEZ CABELLO, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cedula de identidad N° V-10.344.684 y JOSE MIGUEL GIRLANDO MONTEVIDEO, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cedula de identidad N° V-19.206.737,éste Tribunal considera suficiente las precedentes diligencias para declarar alos Ciudadano:FRANCISCO ALBERTO CONOROPO BRETO, venezolano, titular de la cédula de identidad Nros. V-12.309.747 y WILLIAM JOSE CONOROPO BRETO venezolano, titular de la cédula de identidad Nros. V-7.276.455, como UNICOS Y UNIVERSAL HEREDERO, dejandoa salvo todos los derechos de cualquier tercero que pudiera tener interés. Cúmplase.Dada, firmada y sellada en la Sala de este Despacho, a losCinco (05) días del mes de Diciembre del (2025). Años: 215º de la Independencia y 166º de la Federación.
LA JUEZA PROVISORIA

ABG.GREIBYS CAROLINA GARCIA DE BARRERA
LA SECRETARIA TEMPORAL
ABG. ADRIANA PIÑERO
En la misma fecha, se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior, se devuelven los originales constantes de ( )folios útiles, a la parte interesada quien firmará el libro de Solicitudes correspondientes en prueba de haber recibido la misma.
LA SECRETARIA TEMPORAL
ABG. ADRIANA PIÑERO

EXP N° 9453
GCGB/AP/ANA. -