REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO CUADRAGESIMO TERCERO (43º) DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, veintiuno (21) de enero de dos mil veinticinco (2025)

214º y 165º
ASUNTO ANTIGUO: AP21-L-2023-000642.
ASUNTO NUEVO: AH22-L-2023-000047.
PARTE DEMANDANTE: SUIGNI LUCILA CRESPO MORALES, titular de la Cédula de Identidad Nº V.- 16.681.825.
.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACCIONANTE: LEOPOLDO EMILIO OSORIO y ALEXIS AGUSTIN GARCIA CABRERA, JOSE FERMIN GIL VERA, abogados en ejercicio, inscritos en el Inpre-abogado bajo los Nº 199.449, 188.837, y 164.159, respectivamente.
PARTES DEMANDADA: entidad de trabajo VENESALUD UNIDAD DE ATENCION PRIMARIA, C.A, Inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital, y Estado Miranda, en fecha 31 de agosto de 2010, bajo el Nº 49, Tomo 175-A. Registro de Información Fiscal (RIF) J-29957198-9.
DEMANDADOS DE FORMA PERSONAL Y SOLIDARIA: CIUDADANOS: MARIA ALEJANDRA PEREZ ORTA, y JOSE MIGUEL PEREZ ORTA, titulares de las cedulas de identidad N° V.- 10.297.320, y V.- 11.901.674.

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: JOSE MIGUEL PEREZ ORTA, Abogado en ejercicio, e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 88.270.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.

En el día hábil de hoy, veintiuno (21) de enero del año dos mil veinticinco (2025), siendo las once de la mañana (11:00 a.m.), oportunidad fijada para que tenga lugar la Celebración de la Reunión Conciliatoria, en el presente asunto; Ahora bien, anunciado como ha sido el acto en la Sala de Espera de los Juzgados de Sustanciación, Mediación y Ejecución, se deja constancia que compareció la ciudadana SUIGNI LUCILA CRESPO MORALES, titular de la Cédula de Identidad Nº V.- 16.681.825, así como sus apoderados judiciales: LEOPOLDO EMILIO OSORIO y JOSE FERMIN GIL VERA, abogados en ejercicio, inscritos en el Inpre-abogado bajo los Nº 199.449 y 164.159, respectivamente, por una parte y por las partes codemandadas comparecieron: MARIA ALEJANDRA PEREZ ORTA, titular de las cedula de identidad Nº V.- 10.297.320, y JOSE MIGUEL PEREZ ORTA, Abogado en ejercicio, e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 88.270.



En este estado y luego de previas deliberaciones, las partes conjuntamente celebran un convenimiento de pago, con motivo de la sentencia emitida por el Tribunal Tercero (3°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en fecha de 14 de octubre de 2024, para lo cual la parte demandada se compromete a pagar la cantidad condenada la cual se señala a continuación de BOLIVARES CUATROCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y CUATRO CON CUARENTA Y SIETE CENTIMOS (468.894,47), se deja constancia que en este mismo acto cancela la cantidad de de BOLIVARES CINCUENTA MIL EXACTOS (50.000,00), a través de un PAGO MOVIL de la cuenta del Banco Banesco a favor de la parte actora numero de referencia 021623580989, y tres cuotas restantes la PRIMERA: de BOLIVARES CIENTO SEIS MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y OCHO CON QUINCE CENNTIMOS, (106.298,15), que será cancelada en fecha 10 de marzo de 2025, la SEGUNDA: de CIENTO CINCUENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y OCHO CON QUINCE CENTIMOS (156.298,15), que será cancelada en fecha 10 de junio de 2025, la TERCERA: de CIENTO CINCUENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y OCHO CON QUINCE CENTIMOS (156.298,15), que será cancelada en fecha 10 de septiembre de 2025, para lo cual presentará comprobantes de pago ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Judicial del Trabajo. En tal sentido, este Tribunal HOMOLOGA, el convenimiento de pago celebrado por las partes en el presente juicio. Se ordena al Secretario del Tribunal expedir copia certificada de la presente acta de conformidad con el artículo 21 numeral 3° de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Juzgado Cuadragésimo Tercero (43°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, En Caracas, a los veintiún (21) días del mes de enero del año dos mil veinticinco (2025). Años: 214° de la Independencia y 165° de la Federación. Así se Decide. Publíquese y Regístrese y Déjese Copia Certificada.
EL JUEZ

Abg. ELVIS OMAR FLORES BETANCOURT





LA PARTE ACTORA




APODERADOS JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA




CODEMANDADA COMPARECIENTE




APODERADO JUDICIAL DE LAS PARTES DEMANDADAS



LA SECRETARIA
Abg. NIVIA MENDOZA