REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA. –
Maracay, 30 de Enero de 2025
214° y 165°
Definitivamente firme como ha quedado la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 09 de Octubre del año 2024, y que da por terminado el presente juicio, este Juzgado, en consecuencia, ordena el levantamiento de la MEDIDA DE PROHIBICIÒN DE ENEJENAR Y GRAVAR, decretada por este Tribunal en fecha 26 de Septiembre de 2023, y que recayó sobre un bien inmueble constituido por una Parcela de Terreno distinguida con el numero F-7, que forma parte de la manzana F de la Urbanización “VISTA HERMOSA”, ubicada en el asentamiento campesino “La Concepción”, Sector La Julia, jurisdicción del Municipio Mariño del Estado Aragua, debidamente registrada por ante la Oficina de Registro Inmobiliario de los Municipios Santiago Mariño, Libertador y Francisco Linares Alcántara del Estado Aragua, en fecha 30 de diciembre de 1998, bajo el Nº 43, folios 302 al 308, Protocolo Primero, Tomo 13, con superficie de CIENTO OCHENTA METROS CUADRADOS (180.00 mts2) cuyos linderos son los siguientes: NORTE: vía de acceso a la manzana F; SUR: parcela 16; ESTE: parcela 15; y OESTE: parcela F-8. A la mencionada parcela le corresponde el porcentaje de 0.55930% sobre cargas y derechos del desarrollo habitacional a construirse, todo lo cual consta en el documento de parcelamiento que se encuentra protocolizado ante la Oficina Subalterna del Registro de los Municipios Santiago Mariño y Libertador del Estado Aragua, Turmero, en fecha 29 de julio de 1998, inserto bajo el Nº 8, Folio del 72 al 99, Tomo 5, Protocolo Primero. Propiedad de los ciudadanos RAFAEL GERALDO JESUS ANDREA AGREDA, LUIS MANUEL JESUS ANDREA AGREDA y TRINA GABRIELA ANDREA AGREDA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nº V-14.573.208, V-19.001.397 y V-14.573.207, respectivamente; y MILAGROS JOSEFINA RODRIGUEZ RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-7.236.564. En consecuencia, ofíciese lo conducente al Registro supra indicado, participándole del Levantamiento de dicha Medida y sea estampada la debida nota marginal. Líbrese oficio.
Asimismo, se ordena desincorporación del presente expediente y su respectiva remisión al Archivo Judicial. Cúmplase.-
EL JUEZ TITULAR
RAMON CAMACARO PARRA
EL SECRETARIO
ANTONIO HERNANDEZ,
RCP/AH/AT / EXP. N° 16.054
En esta misma fecha se libró oficio al Registrador respectivo conforme fue ordenado. -
El Secretario