REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y FRANCISCO LINARES ALCANTARA
DE LA CIRCUNSCRIPCIONJUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
Palo Negro, 17 de enero de 2025
210º y 162º
ACTUANDO EN SEDE: CIVIL.
SOLICITUD N°: 7588-24
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.-
SOLICITANTE: ELSA MARINA FIGUEROA DE VITRIAGO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 8.994.103.
ABOGADO ASISTENTE: ISMAEL O PEREZ V, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº255.727
En relación a la solicitud presentada por la ciudadana ELSA MARINA FIGUEROA DE VITRIAGO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 8.994.103, asistida por el abogado ISMAEL O PEREZ V, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº255.727, donde solicita que se declare a la ciudadana ELSA MARINA FIGUEROA DE VITRIAGO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 8.994.103, como “ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS” de la de-cujus, RAFAEL ANGUSTO VITRIAGO PINTO, quien falleció en fecha 24.05.2023, y en vida fue venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 7.064.784.
El Tribunal una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia promovidas por la mencionada ciudadana y evacuadas por ante este mismo Tribunal, y por cuanto no compareció persona alguna interesada, el Tribunal dejando a salvo los derechos de terceros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Únicos y Universales Herederos, y en consecuencia, declara conforme a los autos a la ciudadana ELSA MARINA FIGUEROA DE VITRIAGO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 8.994.103, como “ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS” de la de-cujus, RAFAEL ANGUSTO VITRIAGO PINTO, quien falleció en fecha 24.05.2023. Y así se decide. Expídanse copias certificadas de la solicitud, del auto de admisión y del presente decreto a los interesados. Devuélvanse las actuaciones a los solicitantes.
Publíquese, regístrese y déjese copia.-
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho de este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Francisco Linares Alcántara de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. En Palo Negro, a los 17 días del mes de enero de 2025. Años 210° de la Independencia y 162° de la Federación.
LA JUEZ,
BERLIX COROMOTO ARIAS LOZADA
LA SECRETARIA
STEPHANY QUERO
En la misma fecha siendo las 09:30 a.m., se publicó, se registró y se dejó copia de la anterior decisión.
LA SECRETARIA
Solicitud Nro. 7588-24
…BA/SQ/AG
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