REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y FRANCISCO LINARES ALCÁNTARA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
Palo negro, 22 de enero de 2025
Años 214° y 166°
EXPEDIENTE N°. TMP -7601-25
PARTES SOLICITANTES: MANUEL PEDRO MACEDO SARGO y MARIA DO ROSARIO DOS RAMOS DE MACEDO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad N° V-9.698.962 y V-12.138.619
ABOGADO ASISTENTE: AULICE GUARAMAL, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 177.582.-
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO
SENTENCIA INTERLOCUTORIA
Se recibió SOLICITUD DE TITULO SUPLETORIO, presentada por los ciudadanos MANUEL PEDRO MACEDO SARGO y MARIA DO ROSARIO DOS RAMOS DE MACEDO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad N° V-9.698.962 y V-12.138.619, asistidos por el profesional del derecho AULICE GUARAMAL, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 177.582. y tras una revisión detallada esta Juzgadora observa, que en el libelo de la solicitud presentada por los ciudadanos MANUEL PEDRO MACEDO SARGO y MARIA DO ROSARIO DOS RAMOS DE MACEDO, antes identificados, mencionan que son los propietarios de una bienhechuría, sin embargo según ficha catastral y plano de mesura, identifica al ciudadano MANUEL PEDRO MACEDO SARGO, como único propietario del inmueble, por otro lado en el área de terreno existe una discrepancia con la ficha catastral y plano de mesura, en consecuencia este Tribunal INSTA a la parte a subsanar los recaudos correspondientes para su solicitud de título supletorio, a los fines de su admisión y Pronunciamiento de Ley. Así se declara.
Publíquese, regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal de conformidad con el artículo 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Francisco Linares Alcántara de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. En Palo Negro a los veintidós (22) días del mes de ¬¬¬¬¬¬¬enero de 2025, Años 214° de la Independencia y 166° de la Federación.
LA JUEZ
BERLIX COROMOTO ARIAS LOZADA
LA SECRETARIA
STEPHANY QUERO
En esta misma fecha, se publicó la anterior sentencia previo anuncio de Ley a las puertas del Tribunal, siendo las 09: 00 a.m.
LA SECRETARIA
EXP. NºTMP-7601-24. -
BA/SQ/lp.-
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