REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y FRANCISCO LINARES ALCANTARA
DE LA CIRCUNSCRIPCIONJUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
Palo Negro, 30 de enero de 2025
214º y 165º
ACTUANDO EN SEDE: CIVIL.
SOLICITUD N°: 7623-22
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.-
SOLICITANTES: CESAR AUGUSTO DE BENEDETTI DEUS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N°9.676.753, JOSE RAFAEL BLANCO DE BENEDETTI, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N°14.318.196, actuando como carácter de apoderado judicial de ANA MAYERLIN DE BENEDETTI DEUS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N°7.250.592, y DARWIN AUGUSTO DUARTE DE BENEDETTI, ALI RAMON DUARTE DE BENEDETTI, FRANKLIN GREGORIO DUARTE DE BENEDETTI, MARIELLIS LUZBERLING DUARTE DE BENEDETTI y JENDERSON LEONEL DUARTE DE BENEDETTI, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros V-15.738.077, V-17.701.052, V-17.701.357,V-18.553.848 y V-25.477.970, debidamente asistidos por la abogada DIANNE NATHALY VERA MARIN, inscrita en el inpreabogado bajo el N°266.876 y como abogada asistente de SARA YRENE URRIBARRI RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N°5.726.668.-
En relación a la solicitud presentada por los ciudadanos CESAR AUGUSTO DE BENEDETTI DEUS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N°9.676.753, JOSE RAFAEL BLANCO DE BENEDETTI , venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N°14.318.196, actuando como carácter de apoderado judicial de ANA MAYERLIN DE BENEDETTI DEUS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N°7.250.592, y DARWIN AUGUSTO DUARTE DE BENEDETTI, ALI RAMON DUARTE DE BENEDETTI, FRANKLIN GREGORIO DUARTE DE BENEDETTI, MARIELLIS LUZBERLING DUARTE DE BENEDETTI y JENDERSON LEONEL DUARTE DE BENEDETTI, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros V-15.738.077, V-17.701.052, V-17.701.357,V-18.553.848 y V-25.477.970, debidamente asistidos por la abogada DIANNE NATHALY VERA MARIN, inscrita en el inpreabogado bajo el N°266.876, y como abogada asistente de SARA YRENE URRIBARRI RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N°5.726.668, donde solicita que se declare a los ciudadanos CESAR AUGUSTO DE BENEDETTI DEUS, JOSE RAFAEL BLANCO DE BENEDETTI DEUS, ANA MAYERLIN DE BENEDETTI DEUS, DARWIN AUGUSTO DUARTE DE BENEDETTI, ALI RAMON DUARTE DE BENEDETTI, FRANKLIN GREGORIO DUARTE DE BENEDETTI, MARIELLIS LUZBERLING DUARTE DE BENEDETTI, JENDERSON LEONEL DUARTE DE BENEDETTI y SARA YRENE URRIBARRI RODRIGUEZ, antes identificados, como “ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS” del de-cujus, MIGUEL CANDELARIO DE BENEDETTI DEUS, quien falleció en fecha 26.12.2018, y en vida fue venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 7.242.734, El Tribunal una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia promovidas por la mencionada ciudadana y evacuadas por ante este mismo Tribunal, y por cuanto no compareció persona alguna interesada, el Tribunal dejando a salvo los derechos de terceros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Únicos y Universales Herederos, y en consecuencia, declara conforme a los autos a los ciudadanos CESAR AUGUSTO DE BENEDETTI DEUS, JOSE RAFAEL BLANCO DE BENEDETTI DEUS, ANA MAYERLIN DE BENEDETTI DEUS, DARWIN AUGUSTO DUARTE DE BENEDETTI, ALI RAMON DUARTE DE BENEDETTI, FRANKLIN GREGORIO DUARTE DE BENEDETTI, MARIELLIS LUZBERLING DUARTE DE BENEDETTI, JENDERSON LEONEL DUARTE DE BENEDETTI y SARA YRENE URRIBARRI RODRIGUEZ, antes identificados, como “ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS” del de-cujus, MIGUEL CANDELARIO DE BENEDETTI DEUS, quien falleció en fecha 26.12.2018. Y así se decide. Expídanse copias certificadas de la solicitud, del auto de admisión y del presente decreto a los interesados. Devuélvanse las actuaciones a los solicitantes.
Publíquese, regístrese y déjese copia.-
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho de este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Francisco Linares Alcántara de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. En Palo Negro, a los 30 días del mes de enero de 2025. Años 210° de la Independencia y 162° de la Federación.
LA JUEZ,
BERLIX COROMOTO ARIAS LOZADA
LA SECRETARIA
STEPHANY QUERO
En la misma fecha siendo las 09:30 a.m., se publicó, se registró y se dejó copia de la anterior decisión.
LA SECRETARIA
Solicitud
Exp. Nº TMP-7623-25
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y FRANCISCO LINARES ALCANTARA
DE LA CIRCUNSCRIPCIONJUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
Palo Negro, 30 de enero de 2025
214º y 165º
ACTUANDO EN SEDE: CIVIL.
SOLICITUD N°: 7623-22
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.-
SOLICITANTES: CESAR AUGUSTO DE BENEDETTI DEUS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N°9.676.753, JOSE RAFAEL BLANCO DE BENEDETTI, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N°14.318.196, actuando como carácter de apoderado judicial de ANA MAYERLIN DE BENEDETTI DEUS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N°7.250.592, y DARWIN AUGUSTO DUARTE DE BENEDETTI, ALI RAMON DUARTE DE BENEDETTI, FRANKLIN GREGORIO DUARTE DE BENEDETTI, MARIELLIS LUZBERLING DUARTE DE BENEDETTI y JENDERSON LEONEL DUARTE DE BENEDETTI, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros V-15.738.077, V-17.701.052, V-17.701.357,V-18.553.848 y V-25.477.970, debidamente asistidos por la abogada DIANNE NATHALY VERA MARIN, inscrita en el inpreabogado bajo el N°266.876 y como abogada asistente de SARA YRENE URRIBARRI RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N°5.726.668.-
En relación a la solicitud presentada por los ciudadanos CESAR AUGUSTO DE BENEDETTI DEUS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N°9.676.753, JOSE RAFAEL BLANCO DE BENEDETTI , venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N°14.318.196, actuando como carácter de apoderado judicial de ANA MAYERLIN DE BENEDETTI DEUS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N°7.250.592, y DARWIN AUGUSTO DUARTE DE BENEDETTI, ALI RAMON DUARTE DE BENEDETTI, FRANKLIN GREGORIO DUARTE DE BENEDETTI, MARIELLIS LUZBERLING DUARTE DE BENEDETTI y JENDERSON LEONEL DUARTE DE BENEDETTI, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros V-15.738.077, V-17.701.052, V-17.701.357,V-18.553.848 y V-25.477.970, debidamente asistidos por la abogada DIANNE NATHALY VERA MARIN, inscrita en el inpreabogado bajo el N°266.876, y como abogada asistente de SARA YRENE URRIBARRI RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N°5.726.668, donde solicita que se declare a los ciudadanos CESAR AUGUSTO DE BENEDETTI DEUS, JOSE RAFAEL BLANCO DE BENEDETTI DEUS, ANA MAYERLIN DE BENEDETTI DEUS, DARWIN AUGUSTO DUARTE DE BENEDETTI, ALI RAMON DUARTE DE BENEDETTI, FRANKLIN GREGORIO DUARTE DE BENEDETTI, MARIELLIS LUZBERLING DUARTE DE BENEDETTI, JENDERSON LEONEL DUARTE DE BENEDETTI y SARA YRENE URRIBARRI RODRIGUEZ, antes identificados, como “ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS” del de-cujus, MIGUEL CANDELARIO DE BENEDETTI DEUS, quien falleció en fecha 26.12.2018, y en vida fue venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 7.242.734, El Tribunal una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia promovidas por la mencionada ciudadana y evacuadas por ante este mismo Tribunal, y por cuanto no compareció persona alguna interesada, el Tribunal dejando a salvo los derechos de terceros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Únicos y Universales Herederos, y en consecuencia, declara conforme a los autos a los ciudadanos CESAR AUGUSTO DE BENEDETTI DEUS, JOSE RAFAEL BLANCO DE BENEDETTI DEUS, ANA MAYERLIN DE BENEDETTI DEUS, DARWIN AUGUSTO DUARTE DE BENEDETTI, ALI RAMON DUARTE DE BENEDETTI, FRANKLIN GREGORIO DUARTE DE BENEDETTI, MARIELLIS LUZBERLING DUARTE DE BENEDETTI, JENDERSON LEONEL DUARTE DE BENEDETTI y SARA YRENE URRIBARRI RODRIGUEZ, antes identificados, como “ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS” del de-cujus, MIGUEL CANDELARIO DE BENEDETTI DEUS, quien falleció en fecha 26.12.2018. Y así se decide. Expídanse copias certificadas de la solicitud, del auto de admisión y del presente decreto a los interesados. Devuélvanse las actuaciones a los solicitantes.
Publíquese, regístrese y déjese copia.-
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho de este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Francisco Linares Alcántara de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. En Palo Negro, a los 30 días del mes de enero de 2025. Años 210° de la Independencia y 162° de la Federación.
LA JUEZ,
BERLIX COROMOTO ARIAS LOZADA
LA SECRETARIA
STEPHANY QUERO
En la misma fecha siendo las 09:30 a.m., se publicó, se registró y se dejó copia de la anterior decisión.
LA SECRETARIA
Solicitud
Exp. Nº TMP-7623-25
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