REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSÈ FÈLIX RIBAS, JOSÈ RAFAEL REVENGA DE LA CIRCUNSCRIPCIÒN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
SOLICITUD: T2M-V-925-24
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICO UNIVERSAL HEREDERO
SOLICITANTE: DEYANIRA QUINTANA ALMENAR Venezolana, soltera, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. V-6.879.808.
ABOGADO ASISTENTE: JOSE VICENTE RODRIGUEZ RANGEL Inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 240.524.
Se recibió la solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICOS UNIVERSALES HEREDEROS y sus recaudos, según Distribución Nº 022 de fecha 13 de Diciembre del año 2024, admitida en fecha 18 de diciembre del año 2024, formulada por la ciudadana DEYANIRA QUINTANA ALMENAR. Venezolana, soltera, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. V-6.879.808 actuando en nombre propio, debidamente asistida por el Abogado JOSE VICENTE RODRIGUEZ RANGEL Inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 240.524, solicitando se les declare como ÚNICA UNIVERSAL HEREDERA del fallecido JOSÉ MARTÍN QUINTERO BRITO, quien era Venezolano, mayor de edad, casado, titular de la Cédula de Identidad Nº V-2.076.894 quien falleciera ab intestato, en LA MORA II, RESIDENCIA VALLE VERDE N° DE CASA 32 LA VICTORIA MUNICIPIO JOSÉ FÉLIX RIBAS DEL ESTADO ARAGUA el día 22 de Septiembre del 2024, como se evidencia de Certificación del Acta de Defunción expedida por el Registro Civil y Electoral del Municipio José Félix Ribas del Estado Aragua, Acta Nro. 593, Folio 093, Tomo 03 del Año 2024. Ésta Sentenciadora una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia promovidas por los solicitantes y evacuada por ante éste mismo Tribunal, dejando a salvo los derechos de terceros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA conforme al artículo 937 del Código de Procedimiento Civil Venezolano, CON LUGAR la Solicitud de Únicos Universales Herederos, del fallecido: JOSÉ MARTIN QUINTERO BRITO, quien era Venezolano, mayor de edad, casado, titular de la Cédula de Identidad Nº V-2.076.894 a la ciudadana DEYANIRA QUINTANA ALMENAR. Venezolana, soltera, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. V-6.879.808 actuando en nombre propio. Y ASÍ SE DECIDE. Expídanse copias certificadas de la solicitud, del auto de admisión y del presente decreto, para el archivo en este Tribunal y las que soliciten los interesados. Devuélvanse las actuaciones a los solicitantes.
Publíquese, regístrese y déjese copia
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho de éste TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSÉ FÉLIX RIBAS y JOSÉ RAFAEL REVENGA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, en La Victoria 15 de Enero de Dos Mil Veinticinco (2025). Años 213º de la Independencia y 165º de la Federación.
LA JUEZ
ABG.: ROSANGELA DAYANA ROMERO MORGADO
EL SECRETARIO
ABG. EDWARD HERNANDEZ
En la misma fecha siendo las 11:30 am. Se publicó y se registró, se dejó copia de la anterior decisión, previo anuncio de Ley a las puertas del Tribunal.
EL SECRETARIO
ABG. EDWARD HERNANDEZ
RDRM/EH/AM
Sol T2M-V-925-24
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