Se recibió SOLICITUD DE TITUL0 SUPLETORIO, presentada por el ciudadano GUILLERMO ANTONIO GONZALEZ GARCIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-12.167.191, asistido por la profesional del derecho YOSELIN MARIA DIAZ ARRIETA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N°246.465. y tras una revisión detallada esta Juzgadora observa, que existe una discrepancia con respecto a la dirección del inmueble en el libelo de la solicitud y la ficha catastral, por otro lado existe una distinción en el lindero ESTE de la autorización y la ficha catastral, en consecuencia, este Tribunal INSTA a la parte a subsanar los recaudos correspondientes, a los fines de su admisión y Pronunciamiento de Ley. Así se declara.
Publíquese, regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal de conformidad con los artículos 247y 248 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase. Dada. firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Francisco Liares Alcántara de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. En Palo Negro a los (12) días d del mes de Febrero de 20225,
LA JUEZ
BERLIX CORÖMÓTO ARIAS L0ZADA
LA SECRETARIA
STEPHANY QUERO BORGES