REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y FRANCISCO LINARES ALCÁNTARA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
Palo negro, 24 de febrero de 2025
Años 213° y 164°
EXPEDIENTE N°. TMP -5614-25
PARTE SOLICITANTE: ANDREINA MILAGRO GIMENEZ SANDOVAL y EDUARDO JOSE REVETTI PEREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nº V- 25.049.691 y V-30.428.795, respectivamente.-
ABOGADA ASISTENTE: YAMILET ESCALONA VASQUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº194.827.-
MOTIVO: DIVORCIO POR MUTUO ACUERDO
SENTENCIA INTERLOCUTORIA
En fecha 03 de Febrero de 2025, fue recibida SOLICITUD DE DIVORCIO POR MUTUO ACUERDO, presentada por los ciudadanos ANDREINA MILAGRO GIMENEZ SANDOVAL y EDUARDO JOSE REVETTI PEREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nº V- 25.049.691 y V-30.428.795, asistidos por la profesional del derecho YAMILET ESCALONA VASQUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº194.827, y tras una revisión detallada, esta Juzgadora observa que deben indicar el ultimo domicilio conyugal, en consecuencia, este Tribunal INSTA a la parte a subsanar los recaudos correspondientes, a los fines de su admisión y Pronunciamiento de Ley. Así se declara.
Publíquese, regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal de conformidad con los artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Francisco Linares Alcántara de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. En Palo Negro a los (24) días del mes de febrero del (2025) Años 213° de la Independencia y 163° de la Federación.
LA JUEZ
BERLIX COROMOTO ARIAS LOZADA
LA SECRETARIA
STEPHANY QUERO
En esta misma fecha, se publicó la anterior sentencia previo anuncio de Ley a las puertas del Tribunal, siendo las 09: 00 a.m.
LA SECRETARIA
STEPHANY QUERO
EXP. Nº 5614-25
BA/SQ/ag.-
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