REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY

En el día de hoy, 25 de Febrero de 2025, se ha presentado ante este Tribunal una persona que legalmente juramentada dijo ser y llamarse IRIS ELOINA ALVARADO, quien es venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-16.765.367. Impuesta del motivo de su comparecencia de los generales de la Ley referente a testigos manifestó no tener impedimento para declarar acerca de los particulares contenidos en la solicitud y contestó al: PRIMERO: Si, lo conocí en vida por muchos años, SEGUNDO: Si, se y me consta que el ciudadano de cujus, falleció el 15 de diciembre de 2024, en su residencia. TERCERO: Si, puedo dar fe que el ciudadanoCARLOS OSCAR OSORIO, quien en vida fuera titular de la cédula de identidad N° V-8.008.788, deja como esposa e hijos a los ciudadanos ANA JUDITH LEON DE OSORIO, DOUGLAS OSCAR OSORIO LEON, LEORIANY MARIBEL OSORIO LEON, CANDY YERALDIN OSORIO LEON y YUBY ANDREINA OSORIO LEON, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros.V-7.237.365, V-15.533.632, V-17.470.448, V-18.851.749 y V-20.450.417 respectivamente, quienes son los únicos y universales herederos. Es todo, se leyó y conformes firman:
EL JUEZ,
DIEGO ARMANDO SEGOVIA ALVAREZ


LA TESTIGO,

LA SECRETARIA,
BRIGIDA TERAN MORENO




DASA/BTM/kf
SOL. N° T2M-M 24-25





En el día de hoy, 25 de Febrero de 2025, se ha presentado ante este Tribunal una persona que legalmente juramentada dijo ser y llamarse MARIA ISABEL CAMEJO MUJICA, quien es venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-6.877.077. Impuesto del motivo de su comparecencia de los generales de la Ley referente a testigos manifestó no tener impedimento para declarar acerca de los particulares contenidos en la solicitud y contestó al:PRIMERO: Si, lo conocí en vida por muchos años, SEGUNDO: Si, se y me consta que el ciudadano de cujus, falleció el 15 de diciembre de 2024, en su residencia. TERCERO: Si, puedo dar fe que el ciudadanoCARLOS OSCAR OSORIO, quien en vida fuera titular de la cédula de identidad N° V-8.008.788, deja como esposa e hijos a los ciudadanos ANA JUDITH LEON DE OSORIO, DOUGLAS OSCAR OSORIO LEON, LEORIANY MARIBEL OSORIO LEON, CANDY YERALDIN OSORIO LEON y YUBY ANDREINA OSORIO LEON, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros.V-7.237.365, V-15.533.632, V-17.470.448, V-18.851.749 y V-20.450.417 respectivamente, quienes son los únicos y universales herederos. Es todo, se leyó y conformes firman:
EL JUEZ,
DIEGO ARMANDO SEGOVIA ALVAREZ


LA TESTIGO,

LA SECRETARIA,
BRIGIDA TERAN MORENO



DASA/BTM/kf
SOL. N° T2M-M 24-25











EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA

Maracay, 25 de Febrero de 2025
214º y 165º

Vista la solicitud de únicos y universales herederos presentada, así como la justificación de los testigos promovida y evacuada, este Tribunal, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, Declara: ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos: ANA JUDITH LEON DE OSORIO, DOUGLAS OSCAR OSORIO LEON, LEORIANY MARIBEL OSORIO LEON, CANDY YERALDIN OSORIO LEON y YUBY ANDREINA OSORIO LEON, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros.V-7.237.365, V-15.533.632, V-17.470.448, V-18.851.749 y V-20.450.417 respectivamente, en su carácter de causahabientesdel ciudadano: CARLOS OSCAR OSORIO, quien en vida fuera titular de la cédula de identidad N° V-8.008.788,quien falleció en fecha 15 de Diciembre de 2024 tal como se desprende del Acta de Defunción expedida por el Registro Civil del Municipio Francisco Linares Alcántara, Parroquia Monseñor Feliciano González del Estado Aragua; todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho.
Devuélvase a los solicitantes en original todas las actuaciones que conforman la presente solicitud, dejándose copia certificada del presente Decreto y constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal. Cúmplase.
EL JUEZ,
DIEGO ARMANDO SEGOVIA ALVAREZ
LA SECRETARIA,
BRIGIDA TERAN MORENO


DASA/BTM/kf
SOL. N° T2M-M 24-25







EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA

Maracay, 25 de Febrero de 2025
214º y 165º

Por recibida en fecha 19 de Febrero de 2025, en el marco del operativo Tribunales Móviles del estado Aragua, y vista la anterior solicitud deUNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS constante de Un (01) folio útil y sus anexos presentado por la ciudadana ANA JUDITH LEON DE OSORIO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.237.365, en representación propia y de sus hijos, debidamente asistida por la profesional del derechoYNDIRA BALDUZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 74.203, désele entrada y evácuese la justificación promovida en ella y con sus resultas se proveerá.
EL JUEZ,

DIEGO ARMANDO SEGOVIA ALVAREZ


LA SECRETARIA,
BRIGIDA TERAN MORENO





DASA/BTM/kf
SOL. N° T2M-M 24-25