REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO ARAGUA
Maracay, 13 de febrero de 2025
Años: 214° y 165°
PARTE DEMANDANTE: LAURO ANIBAL PEPINOS DAVILA, identificado con la cédula de identidad N° V-12.335.036.
APODERADOS JUDICIALES: WILFREDO LÓPEZ, ROSMAR LOPEZ y FELIPE ROMERO, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 34.844, 78.647 y 239.672 respectivamente.
PARTE DEMANDADA: Sociedad Mercantil METALUM PLUS, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, en fecha 3 de julio de 2009, bajo el N° 13, Tomo 65-A, y sus modificaciones, según actas de asambleas registradas por ante la misma Oficina de Registro antes mencionada, en fechas 24 de mayo de 2012, bajo el N° 26, Tomo 54-A, y 25 de noviembre de 2015, bajo el N° 30, Tomo 199-A, respectivamente, identificada con el Registro de Información Fiscal R.I.F. N° J-29787240-0, representada legalmente por el ciudadano ENZO FRANCISCO RUSSO ANDUEZA y CONSUELO MARIA RUSSO ANDUEZA, identificados con las cédulas de identidad Nros. V-12.928.296 y V-12.928.297 respectivamente.
APODERADOS JUDICIALES: JEAM MARCOS GIL HERRERA y EDUARDO JOSE FONSECA GALUE, inscritos en el inpreabogado bajo los Nros. 204.171 y 315.717 respectivamente, según consta de poder otorgado en fecha 2 de junio de 2023, por ante la Notaria Pública Quinta de Maracay, estado Aragua, inserto bajo el N° 55, Tomo 43, de los libros respectivos llevados por ante esa notaria.
MOTIVO: DESALOJO DE GALPON
EXPEDIENTE Nº T4M-M-2777-2023
SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA.
I
Dio inicio a las presentes actuaciones por ante el tribunal en funciones de distribuidor en fecha 7 de julio de 2022, con motivo de la demanda que por Desalojo de Galpón, incoara el ciudadano LAURO ANIBAL PEPINOS DAVILA, identificado con la cédula de identidad N° V-12.335.036, asistido por el abogado ROSELIANO PERDOMO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 55.077, contra la Sociedad Mercantil METALUM PLUS, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, en fecha 3 de julio de 2009, bajo el N° 13, Tomo 65-A, y sus modificaciones, según actas de asambleas registradas por ante la misma Oficina de Registro antes mencionada, en fechas 24 de mayo de 2012, bajo el N° 26, Tomo 54-A, y 25 de noviembre de 2015, bajo el N° 30, Tomo 199-A, respectivamente, identificada con el Registro de Información Fiscal R.I.F. N° J-29787240-0, representada legalmente por el ciudadano ENZO FRANCISCO RUSSO ANDUEZA y CONSUELO MARIA RUSSO ANDUEZA, identificados con las cédulas de identidad Nros. V-12.928.296 y V-12.928.297 respectivamente, correspondiéndole previo sorteo de distribución al Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, el cual le dio entrada en fecha 7 de julio de 2022, bajo la nomenclatura N° T1M-M-16.031-22.
En fecha 13 de julio de 2022, el Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, admitió la presente causo y ordenó la citación de la parte demandada.
En fecha 1 de agosto de 2022, la alguacil accidental del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, consignó recibo de citación junto a su compulsa sin firmar por la parte demandada.
En fecha 29 de septiembre de 2022, el abogado BLAS MIRELES, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 83.769, solicitó por ante el Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, la citación de la parte demandada por el procedimiento de carteles, siendo acordado por el referido tribunal mediante auto de fecha 6 de octubre de 2022.
En fecha 26 de octubre de 2022, el abogado BLAS MIRELES, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 83.769, consignó por ante el Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, los ejemplares del cartel de citación publicado en los diarios El Siglo y El Aragüeño de fechas 20 y 24 de octubre de 2022.
En fecha 9 de noviembre de 2022, el secretario del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, dejó constancia de haber fijado el cartel de citación de conformidad con lo preceptuado en el artículo 223 del Código de Procedimiento Civil.
En fecha 28 de noviembre de 2022, el ciudadano LAURO ANIBAL PEPINOS DAVILA, identificado con la cédula de identidad N° V-12.335.036, asistido por la abogada ANA MARIA HERNANDEZ GARBOZA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 126.208, presentó por ante el Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, escrito de reforma de la demanda, la cual fue admitida por el referido tribunal en fecha 2 de diciembre de 2022, librando la boleta de citación respectiva.
En fecha 17 de enero de 2023, la alguacil accidental del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, consignó recibo de citación junto a su compulsa sin firmar por la parte demandada.
En fecha 30 de enero de 2023, la abogada ANA MARIA HERNANDEZ GARBOZA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 126.208, solicitó por ante el Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, la citación de la parte demandada por el procedimiento de carteles, siendo acordado por el referido tribunal mediante auto de fecha 3 de febrero de 2023.
En fecha 18 de marzo de 2023, la abogada ANA MARIA HERNANDEZ GARBOZA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 126.208, consignó por ante el Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, los ejemplares del cartel de citación publicado en los diarios El Siglo y El Periodiquito de fechas 21 y 15 de febrero de 2023.
En fecha 30 de marzo de 2023, el secretario del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, dejó constancia de haber fijado el cartel de citación de conformidad con lo preceptuado en el artículo 223 del Código de Procedimiento Civil.
En fecha 5 de junio de 2023, los abogados JEAM MARCOS GIL HERRERA y EDUARDO JOSE FONSECA GALUE, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 204.171 y 315.717 respectivamente, actuando en su carácter de apoderados judiciales de la parte demandada, consignaron por ante el Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, poder otorgado por la ciudadana CONSUELO MARIA RUSSO ANDUEZA, identificada con la cédula de identidad N° V-12.928.297, en fecha 2 de junio de 2023, por ante la Notaria Pública Quinta de Maracay, estado Aragua, inserto bajo el N° 55, Tomo 43, de los libros respectivos llevados por ante esa notaria.
En fecha 7 de junio de 2023, el abogado LEONEL ZABALA, en su carácter de Juez Provisorio del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, levantó acta mediante la cual se inhibió de seguir conociendo de la presente causa, librando el oficio respectivo en fecha 12 de junio de 2023, mediante el cual remitió el expediente al Tribunal Distribuidor de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, correspondiendo mediante sorteo conocer a este tribunal en fecha 29 de junio de 2023.
En fecha 30 de junio de 2023, se dictó auto mediante el cual la jueza de este tribunal se abocó al conocimiento de la presente causa, y se le dio entrada bajo el N° N° T4M-M-2777-2023, librándose las boletas de notificación respectiva.
En fecha 20 de septiembre de 2023, el alguacil de este tribunal consignó boleta de notificación recibida y firmada por la parte actora en el juicio.
En fecha 3 de octubre de 2023, el alguacil de este tribunal consignó boleta de notificación dirigida a la parte demandada, recibida y firmada por el ciudadano JUAN PEREZ, quien manifestó ser vigilante de la Sociedad Mercantil METALUM PLUS, C.A., parte demandada en el juicio.
En fecha 23 de noviembre de 2023, se recibió diligencia suscrita por el abogado FELIPE ROMERO, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 239.672, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, mediante la cual solicitó la notificación vía telemática de la parte demandada, siendo acordada mediante auto de fecha 27 de noviembre de 2023.
En fecha 29 de noviembre de 2023, se dejó constancia que no fue válida la llamada telefónica de la parte demandada de autos, y se instó al abogado FELIPE ROMERO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° para que consignara nuevos números telefónicos a los fines de la notificación vía telemática de la parte demandada.
En fecha 6 de diciembre de 2023, se recibió diligencia suscrita por el abogado FELIPE ROMERO, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 239.672, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, mediante la cual solicitó la notificación de la parte demandada por el procedimiento de carteles conforme a lo establecido en el artículo 223 del Código de Procedimiento Civil, siendo acordado mediante auto de fecha 7 de diciembre de 2023, y se libró el cartel respectivo.
En fecha 8 de diciembre de 2023, se recibió diligencia suscrita por el abogado FELIPE ROMERO, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 239.672, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, mediante la cual dejó constancia de retirar el cartel de notificación a los fines de su publicación.
ÚNICO
De la revisión de las actas que conforman el presente expediente, se observa que la parte actora no ha comparecido ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno que la represente, a los fines de impulsar el proceso; y ha transcurrido un lapso mayor de un (1) año desde la última actuación, la cual fue realizada en fecha 8 de diciembre de 2023, mediante la cual el abogado FELIPE ROMERO, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 239.672, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, dejó constancia de retirar el cartel de notificación a los fines de su publicación en los diarios correspondientes.
Así las cosas, el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, establece que toda causa se extingue por el transcurso de un año sin que se haya ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes, de allí que se han producido los efectos previstos en el mencionado artículo que por interpretación analógica es aplicable al caso que nos ocupa, por lo que tal circunstancia provoca la perención de la instancia, la cual deberá decretarse en el dispositivo del presente fallo. Y ASÍ SE DECLARA.
DISPOSITIVA
Este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara PERIMIDA LA INSTANCIA, en la presente causa que por Desalojo de Galpón, incoara el ciudadano LAURO ANIBAL PEPINOS DAVILA, identificado con la cédula de identidad N° V-12.335.036, representado judicialmente por los abogados WILFREDO LÓPEZ, ROSMAR LOPEZ y FELIPE ROMERO, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 34.844, 78.647 y 239.672 respectivamente, contra la Sociedad Mercantil METALUM PLUS, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, en fecha 3 de julio de 2009, bajo el N° 13, Tomo 65-A, y sus modificaciones, según actas de asambleas registradas por ante la misma Oficina de Registro antes mencionada, en fechas 24 de mayo de 2012, bajo el N° 26, Tomo 54-A, y 25 de noviembre de 2015, bajo el N° 30, Tomo 199-A, respectivamente, identificada con el Registro de Información Fiscal R.I.F. N° J-29787240-0, representada legalmente por los ciudadanos ENZO FRANCISCO RUSSO ANDUEZA y CONSUELO MARIA RUSSO ANDUEZA, identificados con las cédulas de identidad Nros. V-12.928.296 y V-12.928.297 respectivamente, y judicialmente representado por los abogados JEAM MARCOS GIL HERRERA y EDUARDO JOSE FONSECA GALUE, inscritos en el inpreabogado bajo los Nros. 204.171 y 315.717 respectivamente, de conformidad con lo establecido en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil. Se ordena la notificación de la presente decisión mediante listado, que será publicado en la cartelera de este tribunal, conforme a lo establecido en el artículo 174 y último aparte del artículo 233 del Código de Procedimiento Civil; una vez transcurrido el lapso establecido en el artículo 233 ut- supra indicado, se ordenará el archivo del expediente. Se da por terminada la presente causa y se ordena el archivo del expediente una vez quede firme la presente decisión.
Publíquese y Regístrese, déjese copia de la presente decisión, conforme a lo previsto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, Sellada y Firmada en la Sala de Despacho del Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, en Maracay, 13 de febrero de 2025. Años 214° de la Independencia y 165° de la Federación.
LA JUEZA;
ISABEL CRISTINA MOLINA
LA SECRETARIA
ANGELICA FERNANDEZ.
En esta misma fecha, siendo las (3:10 p.m.), se publicó y registró la anterior Sentencia; así como en la página web del Tribunal Supremo de Justicia, región Aragua.
LA SECRETARIA
ANGELICA FERNANDEZ.
Exp. Nº T4M-M-2777-2023
ICM/AF.
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