REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSÉ FÉLIX RIBAS, JOSÉ RAFAEL REVENGA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
La Victoria, Cinco (05) de Febrero de Dos Mil Veinticinco (2025)
213° y 164°
SOLICITUD: T2M-V-929-25
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO
SOLICITANTES: VANESSA DEL CARMEN SÁNCHEZ ARREAZA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nro. V-18.899.086.
ABOGADO ASISTENTE: YUMERY JOSEFINA SALAZAR PEDROZA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 179.040
Cumplidos todos los requisitos de Ley y admitida como fue la presente solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, interpuesta por la ciudadana VANESSA DEL CARMEN SÁNCHEZ ARREAZA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nro. V-18.899.086, debidamente asistida por la Abogado YUMERY JOSEFINA SALAZAR PEDROZA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 179.040, solicitando se le declare como ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA de la fallecida BEATRIZ JOSEFINA ARREAZA PALOMARES, quien fuera venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Nº V-6.966.922, fallecida Ab- intestato, el día 07 de noviembre del año 2024, en la ciudad de La Victoria, Municipio José Félix Ribas, como se evidencia de Certificación del Acta de Defunción expedida por el Registro Civil y Electoral del Municipio José Félix Ribas del Estado Aragua, Acta Nro.711, Folio 211, Tomo 03, Año 2024. Ésta Sentenciadora una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia promovidas por la solicitante y evacuada por ante éste mismo Tribunal, dejando a salvo los derechos de terceros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA conforme al artículo 937 del Código de Procedimiento Civil Venezolano, CON LUGAR la Solicitud de Único y Universal Heredero, de la fallecida BEATRIZ JOSEFINA ARREAZA PALOMARES, plenamente identificada, a la ciudadana VANESSA DEL CARMEN SANCHEZ ARREAZA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nro V-18.899.086, con el carácter de hija como se constata en copia simple del acta de nacimiento N° 1986, Folio 493 VTO, Año 1989 expedida por la Oficina Subalterna de Registro Civil Parroquia San José, Departamento Libertador del Distrito Capital, que corre inserta al folio nueve (09) de la presente solicitud. Y ASÍ SE DECIDE. Expídanse copias certificadas de toda la solicitud, para el archivo en este Tribunal y las que soliciten los interesados. Devuélvanse las actuaciones a los solicitantes.
Publíquese, regístrese y déjese copia
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho de este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSÉ FÉLIX RIBAS y JOSÉ RAFAEL REVENGA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, en La Victoria a los cinco (05) días del mes febrero de Dos Mil Veinticinco (2025). Años 213º de la Independencia y 164º de la Federación.
LA JUEZA
ABG. ROSANGELA DAYANA ROMERO MORGADO.
EL SECRETARIO
ABG. EDWARD HERNÁNDEZ
En la misma fecha siendo las 10:40 a.m. Se publicó, se registró y se dejó copia de la anterior decisión, previo anuncio de Ley a las puertas del Tribunal.
EL SECRETARIO
ABG. EDWARD HERNÁNDEZ
RDRM/EH/At
SOL. Nº T2M-V-929-25
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