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REPÙBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 EN SU NOMBRE
 
 
 
 
 PODER JUDICIAL
 TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA. SEDE SAN FRANCISCO DE ASIS.
 
 San Francisco de Asís, 11 de Febrero  de 2025.                                                                                                                                                                                                                                                                                                                           214° y 165°
 
 SOLICITUD Nº 1151
 SENTENCIA N°¬¬¬¬¬_51-  11022025
 SOLICITANTES: ANA MERCEDES HERRERA DE LEON venezolana, casada, titular de la  cédula de identidad Nro. V-2.514.627.
 MOTIVO: UNICO Y UNIVERSALES HEREDEROS
 DECISIÓN: PROCEDENTE
 TIPO DE  SENTENCIA: DEFINITIVA
 
 Vista la anterior solicitud presentada por  la  Ciudadana: ANA MERCEDES HERRERA DE LEON, venezolana, casada, titular de la  cédula de identidad Nro. V-2.514.627, conjuntamente con los recaudos anexos, tales como los siguientes documentos originales: Acta de defunción expedida por el Registro Civil  del Municipio Zamora, parroquia Villa de Cura, Estado Aragua, bajo el Nº31, folio Nº 031, Tomo I, De fecha 17 de Enero  del 2025. Acta de Matrimonio expedida Registro Civil del Municipio Zamora, parroquia Villa de Cura, del Estado Aragua, Nº 28,  de fecha 17 de Febrero de 1.971. Acta de nacimiento  expedida Registro Civil  del Municipio Zamora Parroquia Villa de Cura, del Estado Aragua, bajo el Nº1202 de fecha 23  de noviembre  de 1.965. Acta de nacimiento  expedida Registro Civil  del Municipio Zamora Parroquia Villa de Cura, del Estado Aragua bajo el Nº 74, de fecha  22 de Enero de 1.979. Acta de nacimiento  expedida Registro Civil  del Municipio Zamora Parroquia Villa de Cura, del Estado Aragua bajo el Nº 07 de fecha 09 de  Enero de 1.970. Acta de Nacimiento  expedida Registro Civil  del Municipio Zamora Parroquia Villa de Cura, del Estado Aragua bajo el Nº 260 de fecha 20 de Marzo  de 1.972. Acta de Nacimiento  expedida Registro Civil  del Municipio Zamora Parroquia Villa de Cura, del Estado Aragua Bajo el Nº 1.309  de fecha 18 de Diciembre de 1.973.  Acta de Nacimiento  expedida Registro Civil  del Municipio Zamora Parroquia Villa de Cura, del Estado Aragua bajo el Nº 1002 de fecha  03  de Septiembre de 1.975. Acta de nacimiento  expedida Registro Civil  del Municipio Zamora Parroquia Villa de Cura, del Estado Aragua bajo el Nº 536 de fecha 15 de abril de 1980. Acta de nacimiento  expedida Registro Civil  del Municipio Zamora Parroquia Villa de Cura, del Estado Aragua bajo el Nº 1141 de fecha  13  de  Agosto de 1.984.  Acta de nacimiento  expedida Registro Civil  del Municipio Zamora Parroquia Villa de Cura, del Estado Aragua bajo el N° 1142 de fecha  13  de  Agosto de 1.984. Acta de nacimiento  expedida Registro Civil  del Municipio Zamora Parroquia Villa de Cura, del Estado Aragua bajo el N° 664 de fecha 16 de Mayo de 1.978, tales  documentales  estas que valora quien aquí decide conforme a lo establecido en el artículo 1.357,  del Código Civil, y artículo 429 del Código de Procedimiento Civil, y vista igualmente la justificación de las ciudadanas: NANCY TOMASA NIEVES GONZALEZ venezolana , mayor de edad, soltera, titular de la cedula de identidad N° V-8.824.912 y RUDH SUPDELIA PEREZ COLMENARES, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cedula de identidad N° V-8.822.939. Éste Tribunal considera suficiente las precedentes diligencias para declarar a los ciudadanos: ANA MERCEDES HERRERA DE LEON, venezolana, casada, titular de la  cédula de identidad Nro. V-2.514.627, YUDITH JACQUELIN LEON HERRERA venezolana, soltera, titular de la  cédula de identidad Nro. V-8.779.627, YSLEY ELIZABETH LEON HERRERA  venezolana, soltera, titular de la  cédula de identidad Nro. V- 10.341.510,  YSMELDA JOSEFINA LEON HERRERA venezolana, soltera, titular de la  cédula de identidad Nro. V-10.341.509, YEYSYS JANETH LEON HERRERA venezolana, soltera, titular de la  cédula de identidad Nro. V-11.051.750, DANIELA JOSEFINA LEON HERRERA venezolana, soltera, titular de la  cédula de identidad Nro. V-16.536.182, DIANA  CAROLINA LEON HERRERA venezolana, soltera, titular de la  cédula de identidad Nro. V-16.536.183, FRANCISCO RAMON LEON HERRERA venezolano, soltero, titular de la  cédula de identidad Nro. V-11.687.617, LUIS EDUARDO LEON HERRERA venezolano, soltero, titular de la  cédula de identidad Nro. V-12.737.727, DAVID GUSTAVO LEON HERRERA venezolano, soltero, titular de la  cédula de identidad Nro. V-14.637.311 y ORLANDO JOSE LEON HERRERA venezolano, soltero, titular de la  cédula de identidad Nro. V-14.636.831 respectivamente, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS DEL DE CUJUS:    FRANCISCO DAVID LEON FRANCO quien en vida era de nacionalidad Venezolano; mayor de edad y titular de la cédula de identidad N°V- 1.339.916, dejando a salvo todos los derechos de cualquier tercero que pudiera tener interés. Cúmplase.  Dada, firmada y sellada en la Sala de este Despacho, a los  Once    (11) días del mes de  Febrero   del dos mil veinticinco (2025). Años: 214º de la Independencia y 165º de la Federación.
 La Jueza
 
 
 Abog: Doralys Virginia Torres Tosta
 
 El Secretario
 
 
 Abog.  Pedro Cobos
 
 En la misma fecha, se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede, se devuelven los originales constantes de (22) folios útiles, a la parte interesada quien firmará el libro de Solicitudes correspondientes en prueba de haber recibido la misma.
 
 El Secretario
 
 Abog.  Pedro Cobos
 Solicitud N° 1151
 Dvtt/Pc/Rb
 
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