REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO
En horas de despacho del día de hoy, trece (13) de febrero de 2025, siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.), oportunidad fijada para que tenga lugar el acto de designación de los Retasadores en el acatamiento a cabalidad del trámite procesal previsto en los artículos 22 y siguientes de la Ley de Abogados. Seguidamente, el Alguacil de este Tribunal ELIAS SAUL PAREDES, anuncio el acto en alta, clara e inteligible voz a las puertas del Tribunal. Posteriormente se deja constancia de la comparecencia de la abogada JOSERANNY DEL CARMEN ESPINOZA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 94.087, en su carácter de apoderada judicial del ciudadano DAVID ALBERTO PEREZ ESQUEDA, titular de la cedula de identidad N° V-13.639.235, parte demandante del presente juicio. Por otra parte, se deja constancia de la comparecencia de la Abogada en ejercicio MARIANGEL ANDUEZA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 308.271, en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana DAYSIRET ALVAREZ COBANO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-23.802.632, parte demandada en la presente causa. Ahora bien, de conformidad con lo establecido en el artículo 27 de la Ley de Abogados, en este estado, la parte actora expone: “en este acto dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 27 de la Ley de Abogado consigno en este acto constancia de aceptación de Juez retasador así como sus credenciales a los fines legales consiguientes, solicitando al Tribunal la designación del otro Juez Retasador, por cuanto no se presenta en este acto constancia de aceptación de Juez Retasador por la parte demandada, conforme lo estipula la mencionada norma, es todo”. En este acto se le concede el derecho de palabra a la Apoderada Judicial de la parte demandada Abogada en ejercicio MARIANGEL ANDUEZA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 308.271, quien manifiesta: “que el Abogado Retasador que ella propone es el Abogado DORIAN ELKAR GONZALEZ PERALES, inscrito bajo el Inpreabogado Nro 203.998, quien se encuentra presente a los fines de aceptar de manera presencial el cargo. Es todo”. Seguidamente, interviene la Juez de este Juzgado, y expone: “ de conformidad con lo establecido en artículo 27 de la Ley de Abogados que expresamente estipula las formalidades del acto de nombramiento de jueces retasadores, y señala “…la falta de presentación de la constancia de aceptación al cargo, autoriza al Tribunal para designar retasadores dejando a salvo el derecho de la parte que concurra.”, y en virtud que la apoderada judicial de la parte demandada, no se cumplió con esta formalidad en este acto, esta jurisdicente haciendo uso del mandato de la norma ejusdem, y s los fines de no relajar la norma ya que es de orden público, en este acto procede esta Jurisdicente a nombrar como Juez retasador por la parte demandada a la Abogada en ejercicio DAMARIEL JUDITH RIVERA BRAZAO, titular de la cédula de identidad Nº V-14.787.095, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 113.797, quedando de esta manera conformado la terna de jueces retasadores conformado por los abogados nombrados en este acto, conjuntamente con Juez Provisorio de este Juzgado, previa aceptación de la abogada DAMARIEL JUDITH RIVERA BRAZAO, titular de la cédula de identidad Nº V-14.787.095.
Ahora bien, en cuanto a la Juez Retasador DAMARIEL JUDITH RIVERA BRAZAO, titular de la cédula de identidad Nº V-14.787.095, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 113.797, designada por este Tribunal, se acuerda notificar mediante boleta, para que comparezca por ante éste Juzgado al tercer (3er) día de despacho siguiente a que conste en autos su notificación, a las diez de la mañana (10:00 a.m.), a los fines de presentar la constancia de aceptación al cargo como Juez retasador, en el primero de los casos prestar el juramento de Ley. Líbrese Boleta de Notificación.
Asimismo, se deja constancia que los jueces retasadores deben comparecer al tercer (3er) día de despacho siguiente a que conste en autos la notificación Juez Retasador DAMARIEL JUDITH RIVERA a las diez de la mañana (10:00 a.m.), a los fines de prestar juramento para desempeñar su cargo Es todo, se dio por terminado el acto siendo las 10:23 am.-
LA JUEZ PROVISORIO,
ABG. YANIXA MAIGUALIDA GARRIDO SILVA
LA APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDANTE
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LA APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA
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EL SECRETARIO ACCIDENTAL,
ABG. PEDRO MIGUEL VALERA
EXP. Nº 8780
YMGS/PMVC.-